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CONCURSO MERCANTIL

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16 años 11 meses antes #52956 por ASGARD
CONCURSO MERCANTIL Publicado por ASGARD
Hola de nuevo!! :P con otra molestiota!! Resulta ser que escuché o vi en algún documento, del que realmente no me acuerdo, de que se estaba obligado a entrar a concurso mercantil por cierto número de años de pérdidas fiscales ya que el objetivo de una empresa pues es el de originar utilidades y si la empresa se encuentra año tras año sufriendo pérdidas pues en ese instante entraba Hacienda como quien dice a "rescatarla",no soy experta en este tema y sinceramente no recuerdo en dónde lo vi o escuché, ya que lo he estado investigando por internet en las leyes pero no lo localizo, alguna persona me podría ayudar y despejar esta duda? y algún fundamento porfavor? B)

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16 años 11 meses antes #52960 por Alberto FC
Respuesta de Alberto FC sobre el tema Re: CONCURSO MERCANTIL
Pienso que te refieres a la Ley de Consursos Mercantiles, publicada en el DOFederación el 12 de mayo de 2000, misma que derogó a la Ley de Quiebras y de Suspensión de Pagos.

Transcribo, partes conducentes de la LCM, misma que pueder ver completa aquí.



* Será declarado en concurso mercantil, el Comerciante que incumpla generalizadamente en el pago de sus obligaciones.

Se entenderá que un Comerciante incumplió generalizadamente en el pago de sus obligaciones cuando:

I. El Comerciante solicite su declaración en concurso mercantil.

II. Cualquier acreedor o el Ministerio Público hubiesen demandado la declaración de concurso mercantil.


El incumplimiento generalizado en el pago de las obligaciones de un Comerciante a que se refiere el artículo anterior, consiste en el incumplimiento en sus obligaciones de pago a dos o más acreedores distintos y se presenten las siguientes condiciones:

I. Que de aquellas obligaciones vencidas a las que se refiere el párrafo anterior, las que tengan por lo menos treinta días de haber vencido representen el treinta y cinco por ciento o más de todas las obligaciones a cargo del Comerciante a la fecha en que se haya presentado la demanda o solicitud de concurso, y

II. El Comerciante no tenga activos enunciados en el párrafo siguiente, para hacer frente a por lo menos el ochenta por ciento de sus obligaciones vencidas a la fecha de presentación de la demanda o solicitud.

Si un juez, durante la tramitación de un juicio mercantil, advierte que un Comerciante se ubica en cualquiera de los supuestos de los artículos 10 u 11, procederá de oficio a hacerlo del conocimiento de las autoridades fiscales competentes

Al día siguiente de que el juez admita la demanda, deberá remitir copia de la misma al Instituto, ordenándole que designe un visitador dentro de los cinco días siguientes a que reciba dicha comunicación. De igual forma y en el mismo plazo deberá hacerlo del conocimiento de las autoridades fiscales competentes para los efectos que resulten procedentes.

Desde que se dicte la sentencia de concurso mercantil y hasta que termine la etapa de conciliación, no podrá ejecutarse ningún mandamiento de embargo o ejecución contra los bienes y derechos del Comerciante.

A partir de la sentencia de concurso mercantil, los créditos fiscales continuarán causando las actualizaciones, multas y accesorios que correspondan conforme a las disposiciones aplicables.

En caso de alcanzarse un convenio en términos del Título Quinto de esta Ley, se cancelarán las multas y accesorios que se hayan causado durante la etapa de conciliación.

La sentencia de concurso mercantil no será causa para interrumpir el pago de las contribuciones fiscales o de seguridad social ordinarias del Comerciante, por ser indispensables para la operación ordinaria de la empresa.

A partir de la sentencia de concurso mercantil y hasta la terminación del plazo para la etapa de conciliación, se suspenderán los procedimientos administrativos de ejecución de los créditos fiscales. Las autoridades fiscales competentes podrán continuar los actos necesarios para la determinación y aseguramiento de los créditos fiscales a cargo del Comerciante.

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16 años 11 meses antes #52961 por Alberto FC
Respuesta de Alberto FC sobre el tema Re: CONCURSO MERCANTIL
Texto completo de la LCM aqui .

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16 años 11 meses antes #52962 por mozart
Respuesta de mozart sobre el tema Re: CONCURSO MERCANTIL
ASGARD escribió:

Hola de nuevo!! :P con otra molestiota!! Resulta ser que escuché o vi en algún documento, del que realmente no me acuerdo, de que se estaba obligado a entrar a concurso mercantil por cierto número de años de pérdidas fiscales ya que el objetivo de una empresa pues es el de originar utilidades y si la empresa se encuentra año tras año sufriendo pérdidas pues en ese instante entraba Hacienda como quien dice a "rescatarla",no soy experta en este tema y sinceramente no recuerdo en dónde lo vi o escuché, ya que lo he estado investigando por internet en las leyes pero no lo localizo, alguna persona me podría ayudar y despejar esta duda? y algún fundamento porfavor? B)

lo agradecería muchisimo!!!

Saludos!!!



hola ...

al parecer existe confusion, ya que como dices LO ESCHUCHE...

el art 16BIS de LISR ( 2008 ) ... Menciona :

LOs contribuyentes sujetos a un PROCEDIMIENTO de concurso mercantil, PODRAN disminuir el monto de las deudas perdonadas CONFORME A CONVENIO SUSCRITO CON SUS ACREEDORES RECONOCIDOS....en los terminos establecidos en la ley de concurso mercantil...

Ahora bien, las perdidas fiscales se pueden amortizar o disminuir hasta 10 ejercicios posteriores o siguientes.... art 61 LISR..

Tambien mencionas, que hacienda rescatara a las empresas que tiene perdidas fiscales ... a chis... y eso como ?????? ya que UNA PERDIDA FISCAL, NO NECESARIAMENTE son PERDIDAS FINANCIERAS... de ahi viene tu confusion.. NO tiene nada que ver las partidas meramente fiscales que las que se originan en tu proceso financiero..

si te refieres a perdidas financieras... tu crees que hacienda te prestara dinero para " rescatarla " como tu dices ????... el sat NO es institucion financiera y menos son catalogadas como isntitucion de buena fe.. o si ???


saludos :laugh:

pdta.- debes de ser mas concreta en tu planteamineto... si son perdidas de billelle. analiza mejor tal situacion y considera otras opciones verdaderas...

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