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Capitalizacion de pasivos
- cepeda
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16 años 11 meses antes #53265
por cepeda
Capitalizacion de pasivos Publicado por cepeda
Buenas tardes señores, mi pregunta es la siguiente: uno de los socios de la empresa metio dinero propio y no se le pudo pagar, asi que se tomo la decisión de capitalizarlo, actualmente lo tengo en aportaciones para futuros aumentos de capital; cuanto tiempo tengo para realizar la protocolización de dicho aumento de capital?
De antemano gracias por su respuesta.
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16 años 11 meses antes #53267
por Salinas
Respuesta de Salinas sobre el tema Re: Capitalizacion de pasivos
Buenas tardes,
La capitalizacion sera con fecha en la que los accionistas hayan tomado la decision de llevarla a cabo. Es decir estar en aportaciones para futuros aumentos de capital hasta la fecha en que se tomo la decision meduiante acuerdo de accionistas de incorporarlo al capital.
La capitalizacion sera con fecha en la que los accionistas hayan tomado la decision de llevarla a cabo. Es decir estar en aportaciones para futuros aumentos de capital hasta la fecha en que se tomo la decision meduiante acuerdo de accionistas de incorporarlo al capital.
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- cepeda
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16 años 11 meses antes #53270
por cepeda
Respuesta de cepeda sobre el tema Re: Capitalizacion de pasivos
gracias por su respuesta, lo que sucede en este caso es que se metio a futuros aumentos de capital en el año 2006 y por algun motivo no se protocolizo, ahora me doy cuenta de que no se hizo y me comentaron (sin fundamento de ley) que tengo 5 años para hacerlo, es correcto el dato?
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16 años 11 meses antes #53274
por Alberto FC
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Respuesta de Alberto FC sobre el tema Re: Capitalizacion de pasivos
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- cepeda
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16 años 11 meses antes #53275
por cepeda
Respuesta de cepeda sobre el tema Re: Capitalizacion de pasivos
gracias por su respuesta!
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- Tula de Allende, Hidalgo
16 años 11 meses antes #53278
por Alberto FC
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Respuesta de Alberto FC sobre el tema Re: Capitalizacion de pasivos
116: Liberación de acciones que se entreguen a los accionistas según acuerdo de la asamblea general extraordinaria, como resultado de aportaciones previas de los accionistas.
124: Los títulos representativos de las acciones deberán estar expedidos dentro de un plazo que no exceda de un año, contado a partir de la fecha en que se formalice el aumento de capital.
182 F III.- Son asambleas extraordinarias, las que se reúnan para tratar cualquiera de los siguientes asuntos: Aumento o reducción del capital social;
213: En las sociedades de capital variable el capital social será susceptible de aumento por aportaciones posteriores de los socios..., sin más formalidades que las establecidas por este capítulo.
216: El contrato constitutivo... deberá contener, además..., las condiciones que se fijen para el aumento y la disminución del capital social.
219: Todo aumento del capital social deberá inscribirse en un libro de registro que al efecto llevará la sociedad.
Conforme a lo anterior:
1o.- Efectuar la aportación (116). Esto ya está hecho.
2o.- Formalizar el aumento de capital, mediante Asamblea Extraordinaria (182f III).
3o.- Expedir los títulos representativos de las acciones dentro de un plazo que no exceda de un año, contado a partir de la fecha en que se formalice el aumento de capital (124).
Entre lo 1º y lo 2º, no se prvé tiempo que deba o no transcurrir entre uno y otro; por ello no hay un peperiodo mínimo o máximo entre ellos. Lo que si habría que ver es si el Acta Constitutiva contiene alguna disposición relativa al aumento de capital, en cuyo caso, deberás atender dicha disposición, toda vez que los estatutos sociales, regulan a la sociedad, esto aunado a que el 216, nos lo marca expresamente.
Entre el 2o y 3o, la LGSM si te fija un periodo de tiempo.
Por último, no olvides cumplir tambien lo señalado en el 219 LGSM
124: Los títulos representativos de las acciones deberán estar expedidos dentro de un plazo que no exceda de un año, contado a partir de la fecha en que se formalice el aumento de capital.
182 F III.- Son asambleas extraordinarias, las que se reúnan para tratar cualquiera de los siguientes asuntos: Aumento o reducción del capital social;
213: En las sociedades de capital variable el capital social será susceptible de aumento por aportaciones posteriores de los socios..., sin más formalidades que las establecidas por este capítulo.
216: El contrato constitutivo... deberá contener, además..., las condiciones que se fijen para el aumento y la disminución del capital social.
219: Todo aumento del capital social deberá inscribirse en un libro de registro que al efecto llevará la sociedad.
Conforme a lo anterior:
1o.- Efectuar la aportación (116). Esto ya está hecho.
2o.- Formalizar el aumento de capital, mediante Asamblea Extraordinaria (182f III).
3o.- Expedir los títulos representativos de las acciones dentro de un plazo que no exceda de un año, contado a partir de la fecha en que se formalice el aumento de capital (124).
Entre lo 1º y lo 2º, no se prvé tiempo que deba o no transcurrir entre uno y otro; por ello no hay un peperiodo mínimo o máximo entre ellos. Lo que si habría que ver es si el Acta Constitutiva contiene alguna disposición relativa al aumento de capital, en cuyo caso, deberás atender dicha disposición, toda vez que los estatutos sociales, regulan a la sociedad, esto aunado a que el 216, nos lo marca expresamente.
Entre el 2o y 3o, la LGSM si te fija un periodo de tiempo.
Por último, no olvides cumplir tambien lo señalado en el 219 LGSM
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