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aviso de compensacion de ide
- SAMOTSAN
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16 años 11 meses antes #53498
por SAMOTSAN
aviso de compensacion de ide Publicado por SAMOTSAN
Buenas noches.
deseo plantearles unas dudas que tengo en el llenado del formato 41
Datos: en enero 2009 acredite IDE vs ISR propio y me queda un saldo a favor de IDE por 1,600.00 , para el mes de Febrero tengo ISR propio por 3,000.00 y deseo compensar el saldo a favor de IDE y pagar ISR por 1,400.00
En enero y febrero no tengo pago de IVA, IETU ni retenciones de ISR
Es persona fisica actividad empresarial
Nada mas que tengo unas dudas en el llenado del formato 41
Asi anote los datos en el formato 41 ¿NO SE SI ESTE BIEN? ALGUIEN ME PUEDE CORREGIR O CONFIRMAR MIS DATOS?
En el numeral 3 "informacion de la declaracion en que se compenso anoto los datos de la declaracion de febrero (ejercicio o perido 02 2009 al 02 2009)
En el numeral 6 cuadro 1 donde dice remanente no marco nada ( por que supongo que es, si tuviera un saldo a favor y este saldo me sirviera para compensar varios meses, o no?) y donde dice "ejercicio o periodo del importe que compensa" "tipo de declaracion" y "fecha de presentacion de la declaracion en la que se manifiesta el importe que compensa" se refiere en este caso al mes de "enero 2009"
alguien me puede ayudar, se lo agredece mucho
deseo plantearles unas dudas que tengo en el llenado del formato 41
Datos: en enero 2009 acredite IDE vs ISR propio y me queda un saldo a favor de IDE por 1,600.00 , para el mes de Febrero tengo ISR propio por 3,000.00 y deseo compensar el saldo a favor de IDE y pagar ISR por 1,400.00
En enero y febrero no tengo pago de IVA, IETU ni retenciones de ISR
Es persona fisica actividad empresarial
Nada mas que tengo unas dudas en el llenado del formato 41
Asi anote los datos en el formato 41 ¿NO SE SI ESTE BIEN? ALGUIEN ME PUEDE CORREGIR O CONFIRMAR MIS DATOS?
En el numeral 3 "informacion de la declaracion en que se compenso anoto los datos de la declaracion de febrero (ejercicio o perido 02 2009 al 02 2009)
En el numeral 6 cuadro 1 donde dice remanente no marco nada ( por que supongo que es, si tuviera un saldo a favor y este saldo me sirviera para compensar varios meses, o no?) y donde dice "ejercicio o periodo del importe que compensa" "tipo de declaracion" y "fecha de presentacion de la declaracion en la que se manifiesta el importe que compensa" se refiere en este caso al mes de "enero 2009"
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- legser86
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16 años 11 meses antes #53533
por legser86
Respuesta de legser86 sobre el tema Re: aviso de compensacion de ide
Buenas tardes:
para empezar, en enero debiste compensar el IDE y no acreditarlo contra el ISR.
en el numeral 3 info de la declaracion en que se compenso van los datos de la declaracion que tu presentas ante el sat.
en el numeral 6 datos de origen del importe compensado van los datos de donde surgio tu saldo a favor, en este caso es tu ide retenido por el banco, y solo anota el ultimo dia del mes que se trate la retencion ya que pues en la constancia del IDE no aparece tal informacion.
En el mes de febrero deberas marcar con X la letra A del numeral 6 (remanente) ya que este remanente es el de enero, pero primero presenta enero y el no. de control que te den lo debes anotar en febrero, enseguida de donde marcas el remanente.
espero que la informacion sea de ayuda !!
para empezar, en enero debiste compensar el IDE y no acreditarlo contra el ISR.
en el numeral 3 info de la declaracion en que se compenso van los datos de la declaracion que tu presentas ante el sat.
en el numeral 6 datos de origen del importe compensado van los datos de donde surgio tu saldo a favor, en este caso es tu ide retenido por el banco, y solo anota el ultimo dia del mes que se trate la retencion ya que pues en la constancia del IDE no aparece tal informacion.
En el mes de febrero deberas marcar con X la letra A del numeral 6 (remanente) ya que este remanente es el de enero, pero primero presenta enero y el no. de control que te den lo debes anotar en febrero, enseguida de donde marcas el remanente.
espero que la informacion sea de ayuda !!
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16 años 11 meses antes #53550
por KIKE_CORONA
Respuesta de KIKE_CORONA sobre el tema Re: aviso de compensacion de ide
Colegas, les recomiendo leer el Art.8 Ley del IDE y les transcribo una respuesta de un colega de otro foro...el famoso tiburon escarlata:
El ACREDITAMIENTO En forma lisa y llana resulta mas facil,el unico requisito es realizarlo,un saldo de IVA de ENERO aplicado contra un saldo de FEBRERO a cargo (hacia adelante)
La COMPENSACION requiere la presentacion de aviso,y la aplicacion de la regla de caracter general,es decir presentar el aviso acompañado del anexo 1 y de medios magneticos que contenga la relacion de.....................Total un pedo.
Espero que te resulte claro mi ejemplo,a tus ordenes.
sinceramente
el tiburon escarlata amigo de los amigos,adivinador de la verdad,y brujo de catemaco
P.D. Cuando se aplica un saldo a favor posterior contra un saldo a cargo anterior,la autoridad lo considera COMPENSACION.( hacia atras)
El ACREDITAMIENTO En forma lisa y llana resulta mas facil,el unico requisito es realizarlo,un saldo de IVA de ENERO aplicado contra un saldo de FEBRERO a cargo (hacia adelante)
La COMPENSACION requiere la presentacion de aviso,y la aplicacion de la regla de caracter general,es decir presentar el aviso acompañado del anexo 1 y de medios magneticos que contenga la relacion de.....................Total un pedo.
Espero que te resulte claro mi ejemplo,a tus ordenes.
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P.D. Cuando se aplica un saldo a favor posterior contra un saldo a cargo anterior,la autoridad lo considera COMPENSACION.( hacia atras)
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16 años 11 meses antes #53582
por SAMOTSAN
Respuesta de SAMOTSAN sobre el tema Re: aviso de compensacion de ide
MUCHAS GRACIAS POR SUS COMENTARIOS, ME FUERON DE MUCHA AYUDA Y YA RECOMENDEN A OTROS COLEGAS ESTA PAGINA DONDE EN VERDAD EXISTE EL COMPAÑERISMO ENTRE TODOS LOS QUE GOZAMOS Y SUFRIMOS ESTA HERMOSA PROFESION. SALUDOS
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16 años 10 meses antes #53628
por legser86
Respuesta de legser86 sobre el tema Re: aviso de compensacion de ide
Hola samotsan oye aclarando o mas bien corrigiendo, si el IDE es de enero esta correcto que lo hayas acreditado vs. el ISR de enero.
Si el IDE es del mismo mes que el ISR se acredita, si el IDE y el ISR son de diferente mes se compensa.
saludos!!
Si el IDE es del mismo mes que el ISR se acredita, si el IDE y el ISR son de diferente mes se compensa.
saludos!!
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