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Cambio de representante legal

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16 años 10 meses antes #54082 por Miriam17
Hola buenos dias!!

Pues no se si en este foro este bién, esta pregunta, si no pues moverla, la cuestión es la siguiente hay una persona moral de regimen simplificado, que el representate legal y de mayoria de acciones lamentablemente fallecio, quedan de socios los hijos con el mismo número de acciones, lo que urge es nombrar un nuevo representante legal, no tengo la experiencia en ese tipo de situación, pèro me parece que se debe agendar una asamblea de socios, donde entre todos designen un nuevo representante legal, pero no se como protocalizar esta junta de socios, yo me imagino el redactar el acuerdo , y que se firme, este y se lleve al notario, para que haga los cambio en el acta constitutiva, pero ojalá me pudierán orientar quienes tengan experiencia en este tipo de situaciones, gracias, y les deseo un buen inicio de semana


Miriam

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16 años 10 meses antes #54094 por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: Cambio de representante legal
El notario mismo puede apoyarte en la convocatoria de asamblea, el desarrollo y protocolo de la asamblea misma.

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16 años 10 meses antes #54123 por Alberto FC
Respuesta de Alberto FC sobre el tema Re: Cambio de representante legal
Mirita escribió:


...hay una persona moral de regimen simplificado, que el representate legal y de mayoria de acciones lamentablemente fallecio, quedan de socios los hijos con el mismo número de acciones, lo que urge es nombrar un nuevo representante legal...




Conforme al 2595 del CCF: El mandato termina, entre otras causas; por la muerte del mandatario.

Si el mandato termina por muerte del mandatario, deben sus herederos dar aviso al mandante y practicar, mientras éste resuelva, solamente las diligencias que sean indispensables para evitar cualquier perjuicio. (2602)


Conforme al 149 de la LGSM: El Administrador o el Consejo de Administración podrán, dentro de sus respectivas facultades, conferir poderes en nombre de la sociedad, los cuales serán revocables en cualquier tiempo.

La Asamblea General de Accionistas es el Organo Supremo de la Sociedad; podrá acordar y ratificar todos los actos y operaciones de ésta y sus resoluciones serán cumplidas por la persona que ella misma designe (178).

Las actas de las asambleas extraordinarias serán protocolizadas ante fedatario público. (194)

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