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terminal bancaria en un repeco

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16 años 9 meses antes #55047 por adn
Buenas tardes estimados aportadores de sus conocimientos experiencias y tiempo, tengo un caso en el cual un repeco quisiera implementar una terminal bancaria, mi duda nace porque el 137 de lisr establece o habla de enajenación o servicios al público en general y al recibir la tarjeta del cliente en dicha terminal viene el nombre es posible contratar esta terminal o no sería conveniente por que se tendría que aumentar de obligaciones, de antemano gracias por su aportación saludos :blush:

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16 años 9 meses antes #55050 por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: terminal bancaria en un repeco
Si mal no recuerdo el tema se trato con amplitud en el pasado, deja busco -en realidad la invitacion es a que busquemos juntos- el tema en cuestion en el acervo historico de los foros, regreso y pongo el link.

Igual me tardo porque debo atender unos asuntos en este momento, pero mañana sin falta queda.

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16 años 9 meses antes #55058 por CPCHARLY
Respuesta de CPCHARLY sobre el tema Re: terminal bancaria en un repeco
ADN:

Adelante con la terminal!!
Claro q un REPECO puede poner terminal, el unico inconveniente q pudiera causar es el estipulado en el 139 fraccion IV de Lisr pero esto mas bien en transferencias, ya q el cliente podria usar el estado de cuenta como comprobante fiscal y en base a esto poder deducir el gasto.
Pero con una tarjeta de credito no es el caso de poder utilizar el articulo 29-C del CFF por lo tanto en mi opinion ADELANTE NO PROBLEM!!

saludos!! :)

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16 años 9 meses antes - 16 años 9 meses antes #55062 por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: terminal bancaria en un repeco
Buena noche:

No cofundamos un comprobante bancario con un comprobante fiscal........ Por una parte al ser autorizado el cargo a la tarjeta de Crédito/débito por la compra realizada, el banco adquiriente emite el pagaré o voucher en original (para ser firmado por el cliente) y copia (la cual se entrega al cliente), dicho comprobante contiene entre otros datos el nombre del cliente.

Por otra, el pequeño contribuyente tiene la obligación de entregar a sus clientes copias de las notas de venta y conservar originales de las mismas, es decir, un comprobante fiscal simplificado los cuales deberán reunir los requisitos a que se refieren las fracciones I, II y III del artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación y el importe total de la operación en número o letra, de conformidad con el artículo 139 fracción V de la LISR.

Por lo que respecta a la operación a que hace referencia el tercer párrafo de la fracción IV, del artículo 139 de la LISR, básicamente se trata de una Transferencia electrónica, la cual es un instrumento de pago mediante el movimiento de fondos que se realiza en forma electrónica mediante el movimiento de fondos consistente en el cargo que recibe la cuenta del ordenante y el abono que se produce en la cuenta del beneficiario desde la computadora del contribuyente, quien se enlaza con el sistema del banco, quedando en ambos sistemas registradas las operaciones tanto de envío de la instrucción como de la recepción de la misma, donde el cuantahabiente ordenante obtiene un comprobante de la operación.

Conclusión: Un REPECO, NO deja de ser sujeto de la Sección III, Del régimen de pequeños contribuyentes, para pasar a la Sección I o II, Capítulo II, Título IV de las Personas Físicas, por el hecho de que haya contratado Terminal punto de venta (TPV), dispositivo que será utilizado para solicitar autorización para efectuar el cargo de las compras realizadas a través de una tarjeta de crédito/débito. La TPV, es un medio de pago alterno al efectivo, permitiendo a los clientes usar sus tarjetas de crédito y débito sin importar el banco emisor de las tarjetas.

Espero haberte ayudado
Última Edición: 16 años 9 meses antes por a_cano.

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16 años 9 meses antes #55096 por adn
Respuesta de adn sobre el tema Re: terminal bancaria en un repeco
Estimados aportadores, agradezco sus opiniones conocimientos tiempo y fundamentos para así tomar el mas conveniente para dicho contribuyente, un millón de gracias saludos

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