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duda iva prorrateo
- ernye
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16 años 9 meses antes #55240
por ernye
duda iva prorrateo Publicado por ernye
Tengo el sig.problema: (para prorratear el iva tiene que haber ingresos al 10% y exentos. ok)
el problema es que una persona que se dedica a la construccion tiene ingresos al 10% e ingresos al 0% por la construccion de casas habitacion.
1.- si tomo todo el iva y lo acredito,pues bien me va ha dar mucho iva a favor.y mucho pero mucho ISR a pagar.
2.- si prorrateo el iva (que talvez haya alguna exepcion para los que se dedican a la contruccion)me daria algo de iva a pagar, y el iva prorrateado lo podria mandar a gastos;entonces el ISR ya no me saldria tan alto.
pregunta: puedo hacer esto ultimo ya que es la unica manera que veo para bajar el isr y si se puede, con que lo fundamentaria.
gracias por sus aportaciones
el problema es que una persona que se dedica a la construccion tiene ingresos al 10% e ingresos al 0% por la construccion de casas habitacion.
1.- si tomo todo el iva y lo acredito,pues bien me va ha dar mucho iva a favor.y mucho pero mucho ISR a pagar.
2.- si prorrateo el iva (que talvez haya alguna exepcion para los que se dedican a la contruccion)me daria algo de iva a pagar, y el iva prorrateado lo podria mandar a gastos;entonces el ISR ya no me saldria tan alto.
pregunta: puedo hacer esto ultimo ya que es la unica manera que veo para bajar el isr y si se puede, con que lo fundamentaria.
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16 años 9 meses antes #55243
por CPCHARLY
Respuesta de CPCHARLY sobre el tema Re: duda iva prorrateo
ERNYE:
Creo q usted se refiere a la proporcion de IVA fundamentada en el articulo 5 inciso C) de la LIVA.
Sin embargo creo q esta es clara y dice q este sera cuando usted perciba ingresos gravados (15%, 10%, 0%) ademas de percibir ingresos Exentos. Solamente asi usted en caso de no poder identificar sus erogaciones gravadas del iva con sus ingresos correspondientes, acreditara de manera proporcional.
Si usted menciona q percibe ingresos a tasa 10% y al 0% porsupuesto q esto no le aplica.
Para ISR tambien quiere sacar proporciones en base al IVA???
SALU2!!
Creo q usted se refiere a la proporcion de IVA fundamentada en el articulo 5 inciso C) de la LIVA.
Sin embargo creo q esta es clara y dice q este sera cuando usted perciba ingresos gravados (15%, 10%, 0%) ademas de percibir ingresos Exentos. Solamente asi usted en caso de no poder identificar sus erogaciones gravadas del iva con sus ingresos correspondientes, acreditara de manera proporcional.
Si usted menciona q percibe ingresos a tasa 10% y al 0% porsupuesto q esto no le aplica.
Para ISR tambien quiere sacar proporciones en base al IVA???
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16 años 9 meses antes - 16 años 9 meses antes #55258
por ernye
Respuesta de ernye sobre el tema Re: duda iva prorrateo
muchas gracias pero creo que ya lo resolvi aver que opina.
el art 5 frac V inciso b) en la parte de abajo dice cunado se realicen actividades por las que no se deba pagar iva,dicho impuesto no sera acreditable.
el constructor encaja en el art 9.- no se pagara iva cuando se enejene... contucciones para casa habitacion.
por lo tanto pienso yo, que se tiene que hacer prorrateo si hay ingresos gravados al 10% e ingresos por los que no se paga impuesto.(casa habitacion); por lo tanto la otro parte del iva que me sale del prorrateo, pues lo puedo mandar al gasto como se hace con los medicos no es asi.
el art 5 frac V inciso b) en la parte de abajo dice cunado se realicen actividades por las que no se deba pagar iva,dicho impuesto no sera acreditable.
el constructor encaja en el art 9.- no se pagara iva cuando se enejene... contucciones para casa habitacion.
por lo tanto pienso yo, que se tiene que hacer prorrateo si hay ingresos gravados al 10% e ingresos por los que no se paga impuesto.(casa habitacion); por lo tanto la otro parte del iva que me sale del prorrateo, pues lo puedo mandar al gasto como se hace con los medicos no es asi.
Última Edición: 16 años 9 meses antes por ernye.
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16 años 9 meses antes - 16 años 9 meses antes #55263
por CPCHARLY
Respuesta de CPCHARLY sobre el tema Re: duda iva prorrateo
OK, OK!!
En su pregunta inicial usted menciona q es un contribuyente con ingresos tasa de iva al 10% y al 0%. Ahora ya menciona q sus ingresos son al 10% y exentos!!
Veamos q nos dice el articulo 5 fraccion V de LIVA, el cual trata sobre el acreditamiento del IVA en proporcion.
inciso a) Este nos habla sobre todos los contribuyentes q SOLAMENTE realizen actividades gravadas a cualquier tasa (15% 10% 0%) podran acreditar toda la totalidad de su IVA acreditable.
inciso b) Este inciso nos habla de contribuyentes q obtengan SOLAMENTE ingresos por actividades EXENTAS, en este caso su IVA acreditable q pago no podra acreditarlo, pero este IVA se hara un IVA DEDUCIBLE, es decir, es parte de su gasto y lo deduce de ISR. Asi como usted menciona q lo hace el Doctor house.!!
inciso c) Este inciso (q a mi parecer es al q usted le corresponde) nos habla de los contribuyentes q obtengan ingresos por actividades tanto gravadas para IVA (15% 10% 0%) como actividades exentas. Los cuales AL NO PODER IDENTIFICAR DE MANERA EXPECIFICA la erogacion para q actividad se destinaria, su IVA acreditable sera solo en una proporcion, para determinar dicha proporcion la formula es:
VALOR DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES GRABADAS DEL MES
(/)ENTRE
VALOR TOTAL DE LAS ACTIVIDADES O ACTOS, TANTO GRAVADOS COMO EXENTOS.
El resultado sera el factor de proporcion q solamente usted podra tomar como IVA ACREDITABLE, la diferencia de su iva no se podra acreditar, pero sera un IVA DEDUCIBLE.
SALUDOS!!
En su pregunta inicial usted menciona q es un contribuyente con ingresos tasa de iva al 10% y al 0%. Ahora ya menciona q sus ingresos son al 10% y exentos!!
Veamos q nos dice el articulo 5 fraccion V de LIVA, el cual trata sobre el acreditamiento del IVA en proporcion.
inciso a) Este nos habla sobre todos los contribuyentes q SOLAMENTE realizen actividades gravadas a cualquier tasa (15% 10% 0%) podran acreditar toda la totalidad de su IVA acreditable.
inciso b) Este inciso nos habla de contribuyentes q obtengan SOLAMENTE ingresos por actividades EXENTAS, en este caso su IVA acreditable q pago no podra acreditarlo, pero este IVA se hara un IVA DEDUCIBLE, es decir, es parte de su gasto y lo deduce de ISR. Asi como usted menciona q lo hace el Doctor house.!!
inciso c) Este inciso (q a mi parecer es al q usted le corresponde) nos habla de los contribuyentes q obtengan ingresos por actividades tanto gravadas para IVA (15% 10% 0%) como actividades exentas. Los cuales AL NO PODER IDENTIFICAR DE MANERA EXPECIFICA la erogacion para q actividad se destinaria, su IVA acreditable sera solo en una proporcion, para determinar dicha proporcion la formula es:
VALOR DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES GRABADAS DEL MES
(/)ENTRE
VALOR TOTAL DE LAS ACTIVIDADES O ACTOS, TANTO GRAVADOS COMO EXENTOS.
El resultado sera el factor de proporcion q solamente usted podra tomar como IVA ACREDITABLE, la diferencia de su iva no se podra acreditar, pero sera un IVA DEDUCIBLE.
SALUDOS!!
Última Edición: 16 años 9 meses antes por CPCHARLY.
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