Radio Aportaciones
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

Suspencion de actividades

Más
16 años 9 meses antes #55293 por CPJMERJR
Buenos primeros minutos del domingo colegas, espero y la estén pasando bien, los molesto con lo siguiente:

Estoy queriendo mandar una suspensión de actividades de un cliente mío, en el portal del SAT el sistema me pregunta si pienso dejar el domicilio fiscal actual manifestado para la conservación de la contabilidad o en su lugar otro.

Ahora, haciendo un breve análisis, lo di de alta en marzo del presente, en régimen pf intermedio (actividad: café-internet), se declararon todas sus obligaciones federales y estatales (isr estatal, federal, iva, ietu y diot) hasta el mes de agosto.

Siendo agosto el último mes que se facturo y se solicito facturas de gastos, etc., en este mismo se cancelaron el resto del consecutivo de ingresos.

Por motivos de carga de trabajo no presente tal suspensión antes, hace unos momentos mande en ceros las obligaciones federales de isr, iva, ietu y su listado, y diot del mes de septiembre y octubre, para evitar requerim del SAT. Faltando solamente presentar las estadísticas ante finanzas de estos dos meses.

Sin embargo me surgieron las siguientes dudas:

Aun que falten de presentar las estadísticas mencionadas en finanzas, ya puedo manifestar la suspensión ante el SAT?

Y una vez mandando la suspensión, preparo las estadísticas ante finanzas y acudo a presentarlas junto con la suspensión del SAT

Si se puede manifestar otro domicilio para la conservación de la contabilidad (como por ejemplo la casa habitación del contribuyente) sin problema alguno ante el SAT?

La fecha de suspensión, se puede manifestar un mes atrás de la fecha actual en que se este mandando el aviso respectivo?

Gracias colegas

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
16 años 9 meses antes #55296 por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: Suspencion de actividades
CPJMERJ, como ya habrás consultado, el artículo 21 del Reglamento del CFF, en su fracción III y 4 incisos son los que debes considerar. Tu cliente ¿va a ser trabajador o de qué va a vivir?, según previene el primer párrafo de la fracción III. Inciso a) puedes presentar la suspensión y luego las declaraciones que te falten. Ya presentaste declaración de octubre y entiendo que el inciso d) te obliga a haber presentado el aviso de suspensión el 17 de noviembre, como ya se te pasó la fecha, tienes que declarar noviembre, con fecha de suspensión día 30 y presentar el aviso a más tardar el 17 de diciembre. En cuanto a la custodia y guarda de documentación no veo cuál otro domicilio el SAT te podría exigir, que no fuese su casa habitación, porque es el lugar donde, en teoría, debería ser fácilmente localizable.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
16 años 9 meses antes #55302 por CPJMERJR
Respuesta de CPJMERJR sobre el tema Re: Suspencion de actividades
De hecho olvide comentar en el topico que mi cliente ya percibia ingresos por sueldos desde antes que yo lo registrara por intermedio, bueno de hecho envie un aumento de honorarios por ISR PF INTERMEDIO, IVA, IETU, y en finanzas lleve la constancia fiscal que imprimi para que me activaran la obligacion de ISR ESTATAL y poder presentar los pagos del mismo.

Tiene usted mucha razon colega, lo que opera es una disminucion de obligaciones (federales), segun el reglamento del CFF, y no una suspencion de actividades,

Pero como seria en finanzas, llevo el acuse de tal disminucion, para que le den de baja la obligacion de ISR ESTATAL en el sistema?

Gracias

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.469 segundos
Gracias a Foro Kunena