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orientacion
- j.ynes
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16 años 8 meses antes #55838
por j.ynes
orientacion Publicado por j.ynes
Buen dia!
Deseo saber que es lo mas conveniente para un organismo que,
omitio enterar a la autoridad, lo correspondiente a retenciones del 10% sobre arrendamientos, durante el 2008 y al parecer tambien durante 2009; omitio en el sentido de que las reteneciones sobre honorararios y arrendamientos, las declaró en lo pagos provisionales; el total en el concepto de honorarios; y le han enviado una invitacion a efecto de que revise y aclare por qué no entero lo de arrendamientos.
Al revisar los papeles de trabajo, solo tienen un listado de retenciones del 10%, sin separar los concepatos de honorarios y arrendamientos; en princiio desde ahi se genera el error u omision del entero separando los conceptos. Qué es lo procedente: pago? compénsación? devolución?
El organismo no tiene recursos economicos. Se extinguio el 3 de Octubre el presente.
Saludos.
Buen dia!
Deseo saber que es lo mas conveniente para un organismo que,
omitio enterar a la autoridad, lo correspondiente a retenciones del 10% sobre arrendamientos, durante el 2008 y al parecer tambien durante 2009; omitio en el sentido de que las reteneciones sobre honorararios y arrendamientos, las declaró en lo pagos provisionales; el total en el concepto de honorarios; y le han enviado una invitacion a efecto de que revise y aclare por qué no entero lo de arrendamientos.
Al revisar los papeles de trabajo, solo tienen un listado de retenciones del 10%, sin separar los concepatos de honorarios y arrendamientos; en princiio desde ahi se genera el error u omision del entero separando los conceptos. Qué es lo procedente: pago? compénsación? devolución?
El organismo no tiene recursos economicos. Se extinguio el 3 de Octubre el presente.
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16 años 8 meses antes #55842
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: orientacion
En funcion de la mecanica para la presentacion de declaraciones, complementarias y correcciones a mi ver no queda de otra que presentar complementarias de las declaraciones donde se realizo el pago en forma incorrecta, por citar un ejemplo;
Periodo declarado, Marzo 2008, contribucion pagada, Retencion de ISR por servicios profesionales, monto pagado 1,000.00
Vamos a suponer que asi se pago, debiendo ser lo correcto lo siguiente;
Periodo; Marzo 2008
Contribuciones y Monto; Retencion de ISR por servicios profesionales 800.00, Retencion de ISR por Arrendamiento de Inmuebles 200.00
Conclusion, procede la presentacion de una declaracion complementaria por el periodo de marzo de 2008, en la que se plasme como monto y contribucion a pagar los 800.00 de Retenciones de ISR por servicios profesionales, al plasmar en la complementaria el pago realizado con anterioridad se genera en automatico un saldo a favor por pago indebido.
Ahora bien, con ese saldo a favor por pago indebido debe procederse a pagar los 200.00 de Retenciones de ISR por Arrendamiento de Inmebles.
La situacion que planteas es lamentablemente mas comun de lo que uno quisiera, cuando inicio el esquema de pagos por internet tenia facil solucion mediante una aplicacion que la autoridad denomina "reasignacion de conceptos", esa posibilidad consistia precisamente en decir, "pague asi, pero era asa", no entiendo porque la autoridad ya no tiene habilitada dica opcion.
Debes atender el oficio que se les envio, adjuntar copia de las declaraciones, normales, complementarias y compensaciones. Por cierto, la declaracion en que se va a realizar el pago de las retenciones de arrendamiento va en declaracion normal. Realizar escrito libre para la atencion del oficio en el que se exponga la situacion.
Considero que la declaracion normal para el pago de las retenciones de arrendamiento deben contener accesorios, ya que el saldo a favor por pago indebido se va a generar en esta fecha.
Esperemos mejores comentarios.
Periodo declarado, Marzo 2008, contribucion pagada, Retencion de ISR por servicios profesionales, monto pagado 1,000.00
Vamos a suponer que asi se pago, debiendo ser lo correcto lo siguiente;
Periodo; Marzo 2008
Contribuciones y Monto; Retencion de ISR por servicios profesionales 800.00, Retencion de ISR por Arrendamiento de Inmuebles 200.00
Conclusion, procede la presentacion de una declaracion complementaria por el periodo de marzo de 2008, en la que se plasme como monto y contribucion a pagar los 800.00 de Retenciones de ISR por servicios profesionales, al plasmar en la complementaria el pago realizado con anterioridad se genera en automatico un saldo a favor por pago indebido.
Ahora bien, con ese saldo a favor por pago indebido debe procederse a pagar los 200.00 de Retenciones de ISR por Arrendamiento de Inmebles.
La situacion que planteas es lamentablemente mas comun de lo que uno quisiera, cuando inicio el esquema de pagos por internet tenia facil solucion mediante una aplicacion que la autoridad denomina "reasignacion de conceptos", esa posibilidad consistia precisamente en decir, "pague asi, pero era asa", no entiendo porque la autoridad ya no tiene habilitada dica opcion.
Debes atender el oficio que se les envio, adjuntar copia de las declaraciones, normales, complementarias y compensaciones. Por cierto, la declaracion en que se va a realizar el pago de las retenciones de arrendamiento va en declaracion normal. Realizar escrito libre para la atencion del oficio en el que se exponga la situacion.
Considero que la declaracion normal para el pago de las retenciones de arrendamiento deben contener accesorios, ya que el saldo a favor por pago indebido se va a generar en esta fecha.
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