- Mensajes: 6
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
ISPT A CARGO DEL TRAB
- Patycorral
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Fresh Boarder
-
Una pregunta si a un trabajador le salio en el calculo anual de sueldos y salarios saldo a cargo es correcto que en la siguiente nomina se haga el descuento correspondiente ??
En que articulo me puedo basar para ello y que tan cierto es que tambien debe retenersele aparte del ISPT ISR por salarios ?
Porque yo en los trab anteriores solo les hacia la retencion del ISPT pero jamas del ISR
Gracias por su ayuda
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- jamendoz
- Fuera de línea
- Administrator
-
- busca mas alla de lo evidente
- Mensajes: 1620
- Gracias recibidas: 0
ahora aun asi les sale a cargo el impuesto?
saludos
cp jose antonio mendoza p
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Patycorral
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Fresh Boarder
-
- Mensajes: 6
- Gracias recibidas: 0
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- atperez
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- Mensajes: 923
- Gracias recibidas: 0
Es recomendable revisar el Articulo 116 de la Ley del ISR.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- jcmartin
- Fuera de línea
- Senior Boarder
-
- Mensajes: 42
- Gracias recibidas: 0
Si, le sale a cargo que se tiene que retener forzozamente ?
PATY: TU OBLIGACION ES ENTERAR ESE IMPUESTO A CARGO Y OBVIAMENTE RETERNESELO AL TRABAJADOR. ME TEMO QUE TIENES HASTA EL 28 DE FEBRERO :shock: (OSEA HOY) PARA ENTERAR ESAS DIFERENCIA A HACIENDA.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Daniel_Gtz
- Fuera de línea
- Moderator
-
- No es lo mismo dame, que ayudame.
- Mensajes: 3500
- Gracias recibidas: 0
vamos a ver
Buenos dias.
Una pregunta si a un trabajador le salio en el calculo anual de sueldos y salarios saldo a cargo es correcto que en la siguiente nomina se haga el descuento correspondiente ??
Se lo debes de descontar en la siguiente nomina, o en las siguientes, dependiendo del importe y si no quieres afectartanto al trabajador en el neto de su nomina. Las respuesta es: mas que sea correcto el descontarselo es una obligacion del trabajador pagar el ISR que se le calculo.
En que articulo me puedo basar para ello y que tan cierto es que tambien debe retenersele aparte del ISPT ISR por salarios ?
Porque yo en los trab anteriores solo les hacia la retencion del ISPT pero jamas del ISR
ISPT = ISR de SyS , tal como lo menciona jamendoz
Espero y te sirvan los comentarios.Gracias por su ayuda
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.