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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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RETENCIONES P/2010 DEL I.V.A.

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16 años 8 meses antes #56148 por caperuso
Saludos

para la retenciones que en el 2009 eran para los contribuyentes persona fisica que se dedican al autotransporte de carga que se retenia el 4% del iva seguira para el 2010 retenerles el mismo 4%

Tambien para los los contribuyentes de personas fisicas comiisonistas que para el 2009 se retiene del IV.A. LAS 2 TERCERAS PARTES (10% DEL IVA) SEGUIRA PARA 2010 IGUAL

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16 años 8 meses antes #56149 por Mike Bucanero
Saludos

La retencion de IVA de PF con honorarios, arrendamientos o comisiones subira la retencion de IVA en 2010 a 10.67% dado que la ley de IVA en el articulo 3 fraccion I menciona que la retencion se hará por las dos terceras partes del impuesto que se les traslade y que haya sido efectivamente pagado

IVA 2010 16 %
Retencion IVA (2/3) 10.67%

Espero que esto halla servido de ayuda

Saludos Cordiales

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16 años 8 meses antes #56150 por CPMARTIN
Respuesta de CPMARTIN sobre el tema Re: RETENCIONES P/2010 DEL I.V.A.
Artículo 3. Para los efectos del artículo 1o.-A, último párrafo de la Ley, las personas morales obligadas a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, lo harán en una cantidad menor, en los casos siguientes:
I. La retención se hará por las dos terceras partes del impuesto que se les traslade y que haya sido efectivamente pagado, cuando el impuesto le sea trasladado por personas físicas por las operaciones siguientes:
a) Prestación de servicios personales independientes;
b) Prestación de servicios de comisión, y
c) Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
II. La retención se hará por el 4% del valor de la contraprestación pagada efectivamente, cuando reciban los servicios de autotransporte terrestre de bienes que sean considerados como tales en los términos de las leyes de la materia.
Las personas físicas o morales que presten los servicios de autotransporte de bienes a que se refiere el párrafo anterior, deberán poner a disposición del Servicio de Administración Tributaria la documentación comprobatoria, de conformidad con las disposiciones fiscales, de las cantidades adicionales al valor de la contraprestación pactada por los citados servicios, que efectivamente se cobren a quien los reciba, por contribuciones distintas al impuesto al valor agregado, viáticos, gastos de toda clase, reembolsos, intereses normales o moratorios, penas convencionales y por cualquier otro concepto, identificando dicha documentación con tales erogaciones.
Artículo 4. Para los efectos del artículo 1o.-A, último párrafo de la Ley, la Federación y sus organismos descentralizados, cuando reciban los servicios a que se refiere el artículo 1o.-A, fracción II, inciso c) de la Ley, efectuarán la retención del impuesto en los términos del artículo 3, fracción II de este Reglamento.

aplica sobre las dos terceras partes sobre la tasa del 16% igual a 10.66666667 segun resolucion miscelanea

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16 años 8 meses antes #56151 por Alberto FC
Respuesta de Alberto FC sobre el tema Re: RETENCIONES P/2010 DEL I.V.A.
caperuso escribió:

Saludos

para ... el 2009 ... al autotransporte de carga ... se retenia el 4% del iva seguira para el 2010 retenerles el mismo 4%

...para ... personas fisicas ... el 2009 se retiene del IV.A. LAS 2 TERCERAS PARTES (10% DEL IVA) SEGUIRA PARA 2010 IGUAL


Tratándose de las porciones a retener quedan igual, pues ello no se modificó, es decir a quien en 2009 le retienes 4$ en 2010 le seguirás reteniendo el mismo porcentaje asimismo a quien en 2009 le retenías las 2/3 parte sde IVA en 2010 lo seguirás haciendo igual, esto ya que los supuestos de retención y porciones para efectuarla no fue modificado.

Lo que sí sufrió modificación fueron las tasas de causación de IVA, pues pasaron del 15 al 16 por ciento la tasa general y del 10 al 11% la aplicable en la región fronteriza.

Por otro lado, en el DOF del 28/12/2009, se reformó la regla I.2.4.10. en donde quedó expresado:

Para los efectos de lo establecido en el artículo 3, fracción I del Reglamento de la Ley del IVA, las personas morales a que se refiere este Capítulo, considerarán que las dos terceras partes del IVA que se les traslade equivale a 0.666666667, con independencia de que la tasa del IVA sea del 16% u 11%.

Para los efectos de lo establecido en el artículo 3, fracción II del Reglamento de la Ley del IVA, las personas morales a que se refiere este Capítulo, considerarán que la retención del 4% del IVA del valor de la contraprestación pagada efectivamente, equivale a 0.25 del IVA trasladado cuando la tasa sea del 16%, cuando la tasa del IVA sea del 11% equivale a 0.363636363 del IVA trasladado.

Ejemplo:

a) Por lo que se refiere a las 2/3 partes: A una contraprestación de $ 1,000.00 le corresponde un IVA (16%) de $ 160.00

* Regla de 3 = ((16/3)x2)= 10.666666667

* RMF = 0.666666667

1000 x 10.6666 % = 106.67
160 x 0.666666667 = 106.67

b) Por lo que se refiere al 4%: A una contraprestación de $ 1,000.00 le corresponde un IVA (16%) de $ 160.00.

1000 x 4 % = 40.00
160 x 0.25 = 40.00

Las equivalencias señaladas en la regla I.2.4.10. derivan en los mismos resultados que si aplicaramos la regla de 3 (cuando la retencion sea de las 2/3 partes) o del 4% (por lo que se refiere al servicio de autotransporte).

Igual saludos, felices fiestas y un gran año 2010.

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16 años 8 meses antes #56152 por GUSTAVOARAUJO
SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

TERCERA Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009 y sus anexos 5, 8, 15, y 19.

Para efectos del artículo 3, fracción I y II del Reglamento de la Ley del IVA, las Personas Morales obligadas a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, considerarán lo siguiente:

a) Fracción I: cuando sea trasladado por Personas Físicas por la prestación de servicios personales independientes, por comisión y por arrendamiento, las 2/3 partes del IVA que se les traslade equivale a 0.666666667 independientemente de que la tasa de IVA sea del 16% u 11%.

b) Fracción II: cuando se realice por el 4% del valor de la contraprestación por servicios de autotransporte terrestre de bienes, equivale a 0.25 del IVA trasladado cuando la tasa sea del 16% y cuando la tasa del IVA sea del 11% equivale a 0.363636363 del IVA trasladado.

· Se deroga la regla que permitía para 2009 el pago en parcialidades de los impuestos retenidos y trasladados, siempre que presentaran aviso.

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16 años 8 meses antes #56155 por evelyn
Respuesta de evelyn sobre el tema Deduccion inversion
Hola me salgo del tema del IVA por q los encuentro en el foro. Por favor me pueden ayudar.

Tengo una duda con la deduccion de la inversion en un automovil.
el caso es q se está pagando al banco a 36 meses con todo e intereses.

Cuando debo deducirlo hasta q se liquide o en cada vez q le pago al banco.

Gracias

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