- Mensajes: 288
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
Alta - Persona Moral
- Bumblebee
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Gold Boarder
-
Menos
Más
16 años 7 meses antes #57853
por Bumblebee
Alta - Persona Moral Publicado por Bumblebee
Se va a dar de alta a una persona moral.
Los pasos a seguir son:
Cita previa, llevar original y copia del acta constitutiva, comprobante de domicilio, poder notarial del representante legal e identificación oficial.
Me falta algún otro requisito?
Forzosamente se tiene que dar de alta en la ALR que le corresponde acuerdo al domicilio fiscal?
Gracias
Los pasos a seguir son:
Cita previa, llevar original y copia del acta constitutiva, comprobante de domicilio, poder notarial del representante legal e identificación oficial.
Me falta algún otro requisito?
Forzosamente se tiene que dar de alta en la ALR que le corresponde acuerdo al domicilio fiscal?
Gracias
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Alberto_2010
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
16 años 7 meses antes - 16 años 7 meses antes #57855
por Alberto_2010
Hola buen día,
A)Tienes dos opciones
1.-Por internet; realizas tu preinscripción via internet y la concluyes en la ALSC.
2.-Realizas una cita previa en la pagina del SAT y acudes con la documentación necesaria.
B)Recuerda que tienes como plazo un mes para la inscripción al RFC, contados a partir de la firma del Acta Constitutiva (Art. 27 del CFF)
C)La documentación a presentar es:
*Copia certificada del Acta Constitutiva obviamente protocolizada.
*Original y Copia de tu comprobante de domicilio fiscal
*Representante legal: Copia certificada del poder notarial con el que acredite su personalidad como tal.
*Identificación oficial del representante legal.
D)Puedes realizar el tramite en CUALQUIER ALSC
Saludos!!
MSN: ase_fiscal_contable@hotmail.com
Facebook: www.facebook.com/pages/AFISCA-Asesor%C3%...tiva/191741297534448
.::AFISCA.-Asesoria Fiscal Contable y Administrativa::.
Respuesta de Alberto_2010 sobre el tema Re: Alta - Persona Moral
Hola buen día,
A)Tienes dos opciones
1.-Por internet; realizas tu preinscripción via internet y la concluyes en la ALSC.
2.-Realizas una cita previa en la pagina del SAT y acudes con la documentación necesaria.
B)Recuerda que tienes como plazo un mes para la inscripción al RFC, contados a partir de la firma del Acta Constitutiva (Art. 27 del CFF)
C)La documentación a presentar es:
*Copia certificada del Acta Constitutiva obviamente protocolizada.
*Original y Copia de tu comprobante de domicilio fiscal
*Representante legal: Copia certificada del poder notarial con el que acredite su personalidad como tal.
*Identificación oficial del representante legal.
D)Puedes realizar el tramite en CUALQUIER ALSC
Saludos!!
MSN: ase_fiscal_contable@hotmail.com
Facebook: www.facebook.com/pages/AFISCA-Asesor%C3%...tiva/191741297534448
.::AFISCA.-Asesoria Fiscal Contable y Administrativa::.
Última Edición: 16 años 7 meses antes por Alberto_2010.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- editor20
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 1415
- Gracias recibidas: 0
16 años 7 meses antes #57863
por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: Alta - Persona Moral
bumlebee, pego la ficha del trámite de CFF que debes seguir y no olvides que es muy jugoso el pago que debe hacerse al notario de sus honorarios por la constitución de la sociedad por lo que es primordial el registro en el RFC de inmediato y poder abrir la cuenta de cheques para efectuar el pago de ese recibo que te generará deducción, iva acreditable y retenciones por pagar.
También es recomendable que ya que el representante legal visitará la oficina del SAT, se aproveche para obtener la FIEL (también la CIECF) tanto de él como de la sociedad.
35/CFF Inscripción en el RFC de personas morales en la ALSC del SAT
¿Quiénes lo presentan?
Personas morales de nueva creación a través de su(s) representante(s) legal(es), como son entre otras:
Asociaciones civiles, sociedades civiles, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, sindicatos, partidos políticos, asociaciones religiosas, sociedades cooperativas, sociedades de producción rural, etc.
¿Dónde se presenta?
Internet
Se puede iniciar el trámite a través de Internet y concluirlo en cualquier ALSC dentro de los diez días siguientes al envío de la solicitud. Esta no se tendrá por presentada si dentro del plazo señalado el contribuyente no cumple con la conclusión del trámite en la ALSC.
En forma personal
Iniciarlo y concluirlo, previa cita en cualquier ALSC.
¿Qué documentos se obtienen?
1. Fotocopia de la solicitud.
2. Cédula de identificación fiscal.
3. Guía de Obligaciones.
4. Acuse de Inscripción al RFC.
En caso de que la documentación necesaria para hacer el trámite se presente incompleta o no se reúnan los requisitos de este trámite se entregará al contribuyente el reporte de información pendiente.
¿Cuándo se presenta?
Dentro del mes siguiente a la firma del acta constitutiva de la persona moral.
Cuando la persona moral no se constituya ante notario público dentro del mes siguiente a aquél en que se realice la firma del contrato, o la publicación del decreto o del acto jurídico que les de origen.
Requisitos:
Por Internet:
• Presentarán la solicitud de inscripción proporcionando los datos que se contienen en el formato electrónico que se encuentra en la página de Internet del SAT.
• Concluida la captura, se enviará la solicitud de inscripción a través de la página de Internet del SAT. El citado órgano desconcentrado enviará a los contribuyentes por la misma vía, el acuse con el número de folio asignado.
En la ALSC:
• Acuse con número de folio asignado
• Copia certificada del documento constitutivo debidamente protocolizado.
• Original comprobante de domicilio fiscal
• En su caso, copia certificada del poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante notario o fedatario público.
• En su caso, original de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal del representante legal, sin que sea necesariamente alguna de las señaladas en el apartado Definiciones de este anexo.
• Si inició el trámite a través de Internet, adicionalmente se presentará la solicitud de inscripción al RFC.
Tratándose de las solicitudes y avisos de Inscripción y cancelación por fusión, de Inscripción y cancelación por escisión y de Inscripción por escisión, se deberá presentar la forma oficial RX (Forma oficial de Avisos de Liquidación, Fusión, Escisión y Cancelación al RFC), acompañado de los demás requisitos que establezca para cada caso este anexo.
De forma especial, si usted se encuentra en algunos de los siguientes casos adicionalmente deberá presentar:
Personas distintas de sociedades mercantiles
Deben presentar original o copia certificada del documento constitutivo de la agrupación, o en su caso fotocopia de la publicación en el órgano oficial -periódico o gaceta oficial.
Misiones Diplomáticas
Con los requisitos anteriormente señalados, las misiones diplomáticas de estados extranjeros debidamente acreditadas, deberán solicitar su RFC en el Centro Nacional de Consulta ubicado en Av. Hidalgo No. 77, planta baja, Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P 06300, México DF.
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 27 CFF, Art. 19, 20, 21, 22 y 24 Reglamento del CFF, Regla II.2.4.1. RMF.
También es recomendable que ya que el representante legal visitará la oficina del SAT, se aproveche para obtener la FIEL (también la CIECF) tanto de él como de la sociedad.
35/CFF Inscripción en el RFC de personas morales en la ALSC del SAT
¿Quiénes lo presentan?
Personas morales de nueva creación a través de su(s) representante(s) legal(es), como son entre otras:
Asociaciones civiles, sociedades civiles, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, sindicatos, partidos políticos, asociaciones religiosas, sociedades cooperativas, sociedades de producción rural, etc.
¿Dónde se presenta?
Internet
Se puede iniciar el trámite a través de Internet y concluirlo en cualquier ALSC dentro de los diez días siguientes al envío de la solicitud. Esta no se tendrá por presentada si dentro del plazo señalado el contribuyente no cumple con la conclusión del trámite en la ALSC.
En forma personal
Iniciarlo y concluirlo, previa cita en cualquier ALSC.
¿Qué documentos se obtienen?
1. Fotocopia de la solicitud.
2. Cédula de identificación fiscal.
3. Guía de Obligaciones.
4. Acuse de Inscripción al RFC.
En caso de que la documentación necesaria para hacer el trámite se presente incompleta o no se reúnan los requisitos de este trámite se entregará al contribuyente el reporte de información pendiente.
¿Cuándo se presenta?
Dentro del mes siguiente a la firma del acta constitutiva de la persona moral.
Cuando la persona moral no se constituya ante notario público dentro del mes siguiente a aquél en que se realice la firma del contrato, o la publicación del decreto o del acto jurídico que les de origen.
Requisitos:
Por Internet:
• Presentarán la solicitud de inscripción proporcionando los datos que se contienen en el formato electrónico que se encuentra en la página de Internet del SAT.
• Concluida la captura, se enviará la solicitud de inscripción a través de la página de Internet del SAT. El citado órgano desconcentrado enviará a los contribuyentes por la misma vía, el acuse con el número de folio asignado.
En la ALSC:
• Acuse con número de folio asignado
• Copia certificada del documento constitutivo debidamente protocolizado.
• Original comprobante de domicilio fiscal
• En su caso, copia certificada del poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante notario o fedatario público.
• En su caso, original de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal del representante legal, sin que sea necesariamente alguna de las señaladas en el apartado Definiciones de este anexo.
• Si inició el trámite a través de Internet, adicionalmente se presentará la solicitud de inscripción al RFC.
Tratándose de las solicitudes y avisos de Inscripción y cancelación por fusión, de Inscripción y cancelación por escisión y de Inscripción por escisión, se deberá presentar la forma oficial RX (Forma oficial de Avisos de Liquidación, Fusión, Escisión y Cancelación al RFC), acompañado de los demás requisitos que establezca para cada caso este anexo.
De forma especial, si usted se encuentra en algunos de los siguientes casos adicionalmente deberá presentar:
Personas distintas de sociedades mercantiles
Deben presentar original o copia certificada del documento constitutivo de la agrupación, o en su caso fotocopia de la publicación en el órgano oficial -periódico o gaceta oficial.
Misiones Diplomáticas
Con los requisitos anteriormente señalados, las misiones diplomáticas de estados extranjeros debidamente acreditadas, deberán solicitar su RFC en el Centro Nacional de Consulta ubicado en Av. Hidalgo No. 77, planta baja, Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P 06300, México DF.
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 27 CFF, Art. 19, 20, 21, 22 y 24 Reglamento del CFF, Regla II.2.4.1. RMF.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
Tiempo de carga de la página: 0.273 segundos