Hola,si, en la invitacion dice que la cantidad a pagar era por 5400 y que lo que se compenso fueron 3900 por lo que existe diferencia y la invitacion a aclarar o corregirse en un plazo de 5 dias, pero traspapelaron esta invitacion de tal forma paso el tiempo, la forma en que se compenso fue la siguiente: los 3900 con el iva que se tenia a favor y el resto con un remante de otro mes, y esto ultimo es lo que no estan reconociendo, pero en la determinacion del adeudo esta considerando el total del impuesto, o sea los 5400, entonces me estan diciendo que la compensacion es improcedente por el total y no solo por la diferencia?...
textualmente la invitacion termina diciendo: "esta autoridad le invita a aclarar y/o coregirse en un plazo no mayor de 5 dias habiles contados a partir del dia siguiente a aquel en que surta efectos la notificaci{on del presente oficio, y proceder a presentar escrito ante la administracion local de servicios al contribuyente... desistiendose de la compensacion en cuestion y/o cubrir la diferencia... en ambos casos presntando la declarcion complementaria con la que corrija su situacion fiscal y cubra la cantidad compensada indebidamente con su acutalizacion y recargos...
Asi mismo se le informa que esta carta invitacion no determina resolucion de caracter definitivo ni tampoco instancia juridica conforme a los articulos 2 y 13 de la ley federal de procedimiento contencioso administrativo...
Si hace falta mas informacion, con todo gusto, gracias Attencion, aun que no se ve el boardcode y los smileys lo puedes usar todavía
macpl
Fresh Boarder
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