saludos,
una duda, cuando el notario solicita el RFC de los socios en el protocolo de la acta, y estos no los presente. sigue vigente en que el notario cumple con su obligacion cuando inserte este hecho en la acta e informe de esta situacion al sat? la regla es:
Formas en que los fedatarios públicos cumplen con la obligación de cerciorarse de que la clave del RFC de socios o accionistas corresponde a la cédula o constancia respectiva
II.2.3.1.4. Para los efectos del artículo 27, octavo párrafo del CFF, ...
También se tendrá por cumplida la citada obligación cuando dichos fedatarios asienten en la escritura de que se trate, la clave del RFC de la cédula de ...
Los fedatarios públicos podrán tener por cumplido lo dispuesto en esta regla cuando soliciten la clave del RFC, la cédula de identificación fiscal o la constancia de registro fiscal emitida por el SAT y no les sea proporcionada, siempre que den aviso al SAT de esta circunstancia y asienten en su protocolo tanto el hecho de haber solicitado la clave del RFC y la cédula de identificación fiscal o la constancia de registro fiscal emitida por el SAT sin que se les hubiera proporcionado, como la fecha de presentación de dicho aviso.
El aviso a que se refiere el párrafo anterior se presentará a través del programa electrónico “Declaranot”, que se encuentra contenido en la página de Internet del SAT, dentro del mes siguiente a la fecha de firma de la escritura, utilizando el apartado correspondiente a
espero sus comentarios amigos
atte
el congresista