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Tratamiento ISR Retenido por bancos
- humberto87
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16 años 6 meses antes #58246
por humberto87
Tratamiento ISR Retenido por bancos Publicado por humberto87
muy buenas tardes compañeros mi duda es la siguiente
¿como se registra el ISR Retenido por los bancos y los Intereses ganados que aparecen en el estado de cta? los intereses se considerarian como otros ingresos y el ISR como ISR efectivamente pagado el caso es de una persona fisca con actividad empresarial
de antemano gracias
¿como se registra el ISR Retenido por los bancos y los Intereses ganados que aparecen en el estado de cta? los intereses se considerarian como otros ingresos y el ISR como ISR efectivamente pagado el caso es de una persona fisca con actividad empresarial
de antemano gracias
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- CPCHARLY
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16 años 6 meses antes #58247
por CPCHARLY
Respuesta de CPCHARLY sobre el tema Re: Tratamiento ISR Retenido por bancos
HI
Los intereses serian un producto financiero. Y el ISR puede abrir otra cuenta q se llame "isr por inversiones" dentro de su activo diferido donde envia sus imptos pagados.
saludos!
Los intereses serian un producto financiero. Y el ISR puede abrir otra cuenta q se llame "isr por inversiones" dentro de su activo diferido donde envia sus imptos pagados.
saludos!
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- a_cano
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16 años 6 meses antes - 16 años 6 meses antes #58258
por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: Tratamiento ISR Retenido por bancos
Buena noche:
En relación con el tema cabe agregar el Artículo 160 de la LISR:
Quienes paguen los intereses a que se refiere el artículo 158 de esta Ley, están obligados a retener y enterar el impuesto aplicando la tasa que al efecto establezca el Congreso de la Unión para el ejercicio de que se trate en la Ley de Ingresos de la Federación sobre el monto del capital que dé lugar al pago de los intereses, como pago provisional. Tratándose de los intereses señalados en el segundo párrafo del artículo 159 de la misma, la retención se efectuará a la tasa del 20% sobre los intereses nominales.
Las personas físicas que únicamente obtengan ingresos acumulables de los señalados en este Capítulo, considerarán la retención que se efectúe en los términos de este artículo como pago definitivo, siempre que dichos ingresos correspondan al ejercicio de que se trate y no excedan de $100,000.00. En este caso, no estarán obligados a presentar la declaración a que se refiere el artículo 175 de esta Ley.
En relación con el tema cabe agregar el Artículo 160 de la LISR:
Quienes paguen los intereses a que se refiere el artículo 158 de esta Ley, están obligados a retener y enterar el impuesto aplicando la tasa que al efecto establezca el Congreso de la Unión para el ejercicio de que se trate en la Ley de Ingresos de la Federación sobre el monto del capital que dé lugar al pago de los intereses, como pago provisional. Tratándose de los intereses señalados en el segundo párrafo del artículo 159 de la misma, la retención se efectuará a la tasa del 20% sobre los intereses nominales.
Las personas físicas que únicamente obtengan ingresos acumulables de los señalados en este Capítulo, considerarán la retención que se efectúe en los términos de este artículo como pago definitivo, siempre que dichos ingresos correspondan al ejercicio de que se trate y no excedan de $100,000.00. En este caso, no estarán obligados a presentar la declaración a que se refiere el artículo 175 de esta Ley.
Última Edición: 16 años 6 meses antes por a_cano.
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16 años 6 meses antes #58273
por Alberto FC
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Respuesta de Alberto FC sobre el tema Re: Tratamiento ISR Retenido por bancos
humberto87 escribió:
El asiento contable sería el siguiente:
CARGO "Bancos" $ 1,720.00
CARGO "ISR retenido" 180.00
ABONO "Productos Financieros" $ 1,900.00
Sumas iguales $ 1,900.00
Ese ISR que te retuvo el banco, se considera a cuanta del ISR que tu causes como contribuyente, por ende, al momento de realizar tu pago debes acreditarlo.
Es decir, pensando en que en enero hayas determinado un ISR de $ 760.00
El asiento de tu pago, sería así:
CARGO "ISR por pagar" $ 760.00
ABONO "ISR Retenido" 180.00
ABONO "Bancos" 580.00
Sumas iguales $ 760.00
Es decir, pagas la diferencia entre tu ISR determinado menos el ISR que te retuvo en el banco.
En este momento pagas 580, pero en realidad estas pagando los 760, 580 ahorita y los 180 que te retuvo el banco él ya los entero por cuenta tuya, por eso es que se considera un pago a cuenta de.
... ¿como se registra el ISR Retenido por los bancos y los Intereses ganados que aparecen en el estado de cta? los
El asiento contable sería el siguiente:
CARGO "Bancos" $ 1,720.00
CARGO "ISR retenido" 180.00
ABONO "Productos Financieros" $ 1,900.00
Sumas iguales $ 1,900.00
Ese ISR que te retuvo el banco, se considera a cuanta del ISR que tu causes como contribuyente, por ende, al momento de realizar tu pago debes acreditarlo.
Es decir, pensando en que en enero hayas determinado un ISR de $ 760.00
El asiento de tu pago, sería así:
CARGO "ISR por pagar" $ 760.00
ABONO "ISR Retenido" 180.00
ABONO "Bancos" 580.00
Sumas iguales $ 760.00
Es decir, pagas la diferencia entre tu ISR determinado menos el ISR que te retuvo en el banco.
En este momento pagas 580, pero en realidad estas pagando los 760, 580 ahorita y los 180 que te retuvo el banco él ya los entero por cuenta tuya, por eso es que se considera un pago a cuenta de.
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- Ángeles43
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7 años 5 meses antes #109053
por Ángeles43
Respuesta de Ángeles43 sobre el tema Tratamiento ISR Retenido por bancos
Buenas noches
Tengo una duda sobre mi asiento contable nosé si lo registre bien.
Si el banco me abonas a mi cuenta $900 por interés y una retención de $115 por ISR, como queda el registro?
De antemano gracias
Tengo una duda sobre mi asiento contable nosé si lo registre bien.
Si el banco me abonas a mi cuenta $900 por interés y una retención de $115 por ISR, como queda el registro?
De antemano gracias
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