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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Sociedad de Produccián Rural
- congresista
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solicito su opinion con respecto a lo siguiente:
una figura de persona moral SPR ya constituida con 10 socios,falta incribirlos en el RFC tanto la persona moral y a los socios; a esta persona moral pretende anexar en los proximos días mas de 400 socios, por lo que se hará instrumento notarial de este hecho. hay que inscribir ahora a 410 socios y la persona moral, podría inscribir solamente a los primeros 10 socios y la sociedad; y de la insercion de socios que son 400 no los inscribo.
espero sus comentarios al respecto.
atte
congresista
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- a_cano
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buenos días contadores.
solicito su opinion con respecto a lo siguiente:
una figura de persona moral SPR ya constituida con 10 socios,falta incribirlos en el RFC tanto la persona moral y a los socios; a esta persona moral pretende anexar en los proximos días mas de 400 socios, por lo que se hará instrumento notarial de este hecho. hay que inscribir ahora a 410 socios y la persona moral, podría inscribir solamente a los primeros 10 socios y la sociedad; y de la insercion de socios que son 400 no los inscribo.
espero sus comentarios al respecto.
atte
congresista
Buena tarde:
El artículo 27 del Código Fiscal de la Federación, en su segundo párrafo, establece la obligación para los socios y accionistas de las Personas Morales, de:
............solicitar su inscripción en el registro federal de contribuyentes y su certificado de firma electrónica avanzada, así como presentar los avisos que señale el Reglamento de este Código, los socios y accionistas de las personas morales a que se refiere el párrafo anterior, salvo los miembros de las personas morales con fines no lucrativos a que se refiere el Título III de la Ley del Impuesto sobre la Renta………
Por otra parte el tercer párrafo señala que:
Las personas morales cuyos socios o accionistas deban inscribirse conforme al párrafo anterior, anotarán en el libro de socios y accionistas la clave del registro federal de contribuyentes de cada socio y accionista y, en cada acta de asamblea, la clave de los socios o accionistas que concurran a la misma. Para ello, la persona moral se cerciorará de que el registro proporcionado por el socio o accionista concuerde con el que aparece en la cédula respectiva.
Así mismo el octavo párrafo menciona:
.........los fedatarios públicos deberán asentar en las escrituras públicas en que hagan constar actas constitutivas y demás actas de asamblea de personas morales cuyos socios o accionistas deban solicitar su inscripción en el registro federal de contribuyentes, la clave correspondiente a cada socio o accionista o, en su caso, verificar que dicha clave aparezca en los documentos señalados. Para ello, se cerciorarán de que dicha clave concuerde con la cédula respectiva.
De de lo anterior se concluye que todos los socios deberán inscribirse en el RFC.
Espero haberte ayudado.
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- congresista
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gracias por el comentario, sin duda alguna lo mejor será inscribir a todos los socios en el RFC a efecto de cumplir cabalmente con las disposiciones comentada.
atte.
el congresista
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