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duda en conveniencia de regimen

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16 años 6 meses antes #58434 por Alejo
Hola una persona desea abrir una negociaciòn con el giro de consultorìa en comercio internacional, tramitaciòn aduanera etc, bajo que regimen fiscal le conviene mas activarse en el sat de acuerdo a su giro, honorarios, sociedad anonima o sociedad civil?,,gracias.

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16 años 6 meses antes #58441 por CPCHARLY
Respuesta de CPCHARLY sobre el tema Re: duda en conveniencia de regimen
Sin duda la mejor opcion dependera de varios factores q solo usted podra conocer.
En lo personal y asi al tanteo me iria por el regimen de actividad empresarial y profesional, aunq tambien pareciera opcion la sociedad civil, dependera de un estudio del contribuyente.
Pero Asociacion civil???
a canijo!!
Creo q esta ni al caso eeeh!!

saludos!

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16 años 6 meses antes #58445 por Alejo
Respuesta de Alejo sobre el tema Re: duda en conveniencia de regimen
Hola contador charly gracias por la respuesta, pero no puse como opciòn Asociaciòn civil sino sociedad civil, le comento es una persona que empezara con poca actividad y no tendra trabajadores quiza le convenga mas darse de alta como pf con actividad empresarial y profesional no?
saludos

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16 años 6 meses antes #58453 por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: duda en conveniencia de regimen
alejo, te sirve recordar este artículo de la Ley de ISR, la cual también aplica para las personas físicas en su artículo 173, fracción XIII:

Artículo 32. Para los efectos de este Título, no serán deducibles:
XXI. Los pagos por servicios aduaneros, distintos de los honorarios de agentes aduanales y de los gastos en que incurran dichos agentes o la persona moral constituida por dichos agentes aduanales en los términos de la Ley Aduanera.

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16 años 6 meses antes #58463 por Alejo
Respuesta de Alejo sobre el tema Re: duda en conveniencia de regimen
Gracias editor 20, emtonces de acuerdo al giro que menciono descarto la alta como persona fisica, saludos.

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16 años 6 meses antes #58526 por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: duda en conveniencia de regimen
alejo, perdón por no responder más pronto pero he tenido problemas técnicos me rebotan todos mis envíos. Respondes que desechas la idea de PF, te adjunté la disposición para PM, la cual dice que ningún pago por servicios aduaneros será deducible para los clientes que contraten esos servicios con PF y PM; y dice que sí serán deducibles los pagos por servicios aduaneros que los clientes les efectúen a PM constituídas por el agente aduanal para el desempeño de sus servicios. La Confederación de Agentes Aduanales de la Rep. Mexicana (CAAREM) incluso ha publicado desplegados en diarios de gran circulación para paliar la plaga de comisionistas que incorporan con una acción al agente aduanal en sus empresas o de plano sólo ponen algún número de patente en su factura para engañar al importador/exportador y tratar de sacarle la vuelta a la prohibición para deducir esos pagos. Una PM constituída por el agente aduanal es aquélla donde él aparece con la mayor parte del capital social y naturalmente él se lleva prácticamente todo el rendimiento.

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