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Saldo a favor de IVA
- Joel
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16 años 5 meses antes #58892
por Joel
Saldo a favor de IVA Publicado por Joel
Buenos dias a todos, espero me puedan apoyar.
Hablamos del régimen de honorarios.
Declare con impuesto a cargo el mes de enero por $300 de IVA. Resulta que el cliente me pasa en estas fechas una transferencia con fecha de enero por $70,000 por concepto de enganche por la compra de un automovil cuyo valor es de $190,000.
Para declarar febrero tengo tambien la transferencia del pago de la primera letra.
De los $70,000 solo tengo recibo de caja del concesionario.
En el contrato especifica cuanto corresponde de los $70,000 de IVA asi como por cada letra que vaya cubriendo cuanto corresponde de IVA.
Mis dudas son:
En el caso de los $70,000 que tengo que hacer pues ya hice una primera declaración con impuesto a cargo de $300 y quiero solicitar la parte que corresponde al IVA de los $70,000 en devolución.
Tengo el recibo de caja del consecionario, reflejada la transferencia electronica el estado de cuenta bancario y el contrato. ¿Será esto suficiente para solicitar el IVA en devolución de $9,655.17 correspondientes al enganche?
Gracias de antemano y espero ansioso sus respuestas.
Hablamos del régimen de honorarios.
Declare con impuesto a cargo el mes de enero por $300 de IVA. Resulta que el cliente me pasa en estas fechas una transferencia con fecha de enero por $70,000 por concepto de enganche por la compra de un automovil cuyo valor es de $190,000.
Para declarar febrero tengo tambien la transferencia del pago de la primera letra.
De los $70,000 solo tengo recibo de caja del concesionario.
En el contrato especifica cuanto corresponde de los $70,000 de IVA asi como por cada letra que vaya cubriendo cuanto corresponde de IVA.
Mis dudas son:
En el caso de los $70,000 que tengo que hacer pues ya hice una primera declaración con impuesto a cargo de $300 y quiero solicitar la parte que corresponde al IVA de los $70,000 en devolución.
Tengo el recibo de caja del consecionario, reflejada la transferencia electronica el estado de cuenta bancario y el contrato. ¿Será esto suficiente para solicitar el IVA en devolución de $9,655.17 correspondientes al enganche?
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- a_cano
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16 años 5 meses antes - 16 años 5 meses antes #58893
por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: Saldo a favor de IVA
Buena noche:
Primero que todo tienes que dajar claro la fuente de dicho financiamiento, procediendo analizar la documentación relacionada con la operación (contrato, pagaré y comprobantes de pago), ya que normalmente dicho financiamiento es comercializado por el Distribuidor, pero es otorgado a través del brazo financiero de las armadoras, como pudiera ser: Afasa, Credi Nissan, GMAC, Ford Credit, Chrysler Financial, etc. y sin tener esta certeza, se da por hecho que el financiamiento fue otorgado por la distribuidora de autos, y por este supuesto se lleva el acreditamiento del IVA en partes.
Ahora bien, en caso de que el financiamieto haya sido otorgado por un tercero (Sofom o Banco) el IVA sería acreditable en su totalidad, en virtud de que la Agencia estaría considerando efectivamente cobrada su contraprestación en los términos del artículo 1-B de la LIVA. Antes de llevar a cabo cualquier acción aclarar con la Agencia los términos y condiciones del financiamiento otorgado.
Definitivamente el efecto fiscal sería muy diferente tanto para IVA como para IETU, entre una operación financiada directamente por la agencia y una operación financiada por una institución financiera.
Primero que todo tienes que dajar claro la fuente de dicho financiamiento, procediendo analizar la documentación relacionada con la operación (contrato, pagaré y comprobantes de pago), ya que normalmente dicho financiamiento es comercializado por el Distribuidor, pero es otorgado a través del brazo financiero de las armadoras, como pudiera ser: Afasa, Credi Nissan, GMAC, Ford Credit, Chrysler Financial, etc. y sin tener esta certeza, se da por hecho que el financiamiento fue otorgado por la distribuidora de autos, y por este supuesto se lleva el acreditamiento del IVA en partes.
Ahora bien, en caso de que el financiamieto haya sido otorgado por un tercero (Sofom o Banco) el IVA sería acreditable en su totalidad, en virtud de que la Agencia estaría considerando efectivamente cobrada su contraprestación en los términos del artículo 1-B de la LIVA. Antes de llevar a cabo cualquier acción aclarar con la Agencia los términos y condiciones del financiamiento otorgado.
Definitivamente el efecto fiscal sería muy diferente tanto para IVA como para IETU, entre una operación financiada directamente por la agencia y una operación financiada por una institución financiera.
Última Edición: 16 años 5 meses antes por a_cano.
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- Joel
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16 años 5 meses antes #58913
por Joel
Respuesta de Joel sobre el tema Re: Saldo a favor de IVA
En este caso el financiamiento ha sido otorgado por la distribuidora de autos: Automotriz R&R S.A. de C.V.
Una vez identificado la fuente de financiamiento, ¿cuál es el siguiente paso?
Ayuda...
Una vez identificado la fuente de financiamiento, ¿cuál es el siguiente paso?
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- Joel
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16 años 5 meses antes #58978
por Joel
Respuesta de Joel sobre el tema Re: Saldo a favor de IVA
En verdad agradeceria mucho que alguien me da una una luz, pues estoy metido en un circulo vicioso que no encuentro por donde...
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- a_cano
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16 años 5 meses antes - 16 años 5 meses antes #58981
por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: Saldo a favor de IVA
Buena noche:
Disculpa la insistencia (por lo que comentas en otro foro), considero que no ha quedado claro quien otorgó el financiamiento, para cual se tendrá que analizar la documentación relacionada con la operación, como te lo habia sugerido en el comentario anterior, especialmente el contrato de apertura de crédito simple con garantía prendaria celebrado en dicha operación (entre otras especialmente las clausulas de destino del crédito y diposición del crédito).
Por otra parte, también se debe tener certeza de que, ¿El comprobante (factura) reúne todos los requisitos fiscales, es decir, la clave del Registro Federal de Contribuyentes del adquirente, así como el Impuesto al Valor Agregado, fue trasladado expresamente y consta por separado?
Te adelanto, el automóvil en cuestión sería parcialmente deducible y la diferencia que exceda será considerada No deducible, en virtud que el artículo 42 fracción II, de la LISR, establece que la deducción de inversiones en automóviles sólo serán deducibles hasta por un monto de $175.000.00.
Disculpa la insistencia (por lo que comentas en otro foro), considero que no ha quedado claro quien otorgó el financiamiento, para cual se tendrá que analizar la documentación relacionada con la operación, como te lo habia sugerido en el comentario anterior, especialmente el contrato de apertura de crédito simple con garantía prendaria celebrado en dicha operación (entre otras especialmente las clausulas de destino del crédito y diposición del crédito).
Por otra parte, también se debe tener certeza de que, ¿El comprobante (factura) reúne todos los requisitos fiscales, es decir, la clave del Registro Federal de Contribuyentes del adquirente, así como el Impuesto al Valor Agregado, fue trasladado expresamente y consta por separado?
Te adelanto, el automóvil en cuestión sería parcialmente deducible y la diferencia que exceda será considerada No deducible, en virtud que el artículo 42 fracción II, de la LISR, establece que la deducción de inversiones en automóviles sólo serán deducibles hasta por un monto de $175.000.00.
Última Edición: 16 años 5 meses antes por a_cano.
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16 años 5 meses antes #58982
por Joel
Respuesta de Joel sobre el tema Re: Saldo a favor de IVA
Perdoneme usted a mi tanta insistencia (a_cano) y le agradezco de antemano tanta paciencia y ayuda.
Segun la documentación que tengo y lo que he obtenido de leer en otro foro entiendo que:
De los $190,000 que cuesta el automovil el cliente pago directamente $70,000 (respaldada con su estado de cuenta la erogación) y el banco Volkswagen Bank financio los $120,000 (respaldado por contrato, y es a este banco al que le estoy pagando las letras. Al banco le debe el financiamiento, ya no le debo el contribuyente el coche a la concesionaria) y fue asi como Automotriz R&R S.A. de C.V. expidio la factura a nombre del contribuyente.
Me comenta usted que verifique la factura, la cual solo el cliente tiene una copia con la leyenda COPIA SIN VALOR sin embargo un apellido del contribuyente esta mal escrito.
Si esta bien mi razonamiento, puedo pedir devolución del IVA?
Segun la documentación que tengo y lo que he obtenido de leer en otro foro entiendo que:
De los $190,000 que cuesta el automovil el cliente pago directamente $70,000 (respaldada con su estado de cuenta la erogación) y el banco Volkswagen Bank financio los $120,000 (respaldado por contrato, y es a este banco al que le estoy pagando las letras. Al banco le debe el financiamiento, ya no le debo el contribuyente el coche a la concesionaria) y fue asi como Automotriz R&R S.A. de C.V. expidio la factura a nombre del contribuyente.
Me comenta usted que verifique la factura, la cual solo el cliente tiene una copia con la leyenda COPIA SIN VALOR sin embargo un apellido del contribuyente esta mal escrito.
Si esta bien mi razonamiento, puedo pedir devolución del IVA?
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