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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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Art. 218 de LISR estimulos fiscales

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16 años 5 meses antes #59046 por Bumblebee
agradesco de antemano su tiempo y sus respuestas.

El art. 218 de la Ley de isr, habla sobre los depósitos que se hagan a las cuentas personales de los contribuyentes, especiales para el AHORRO.

Y la fracción i dice que esos montos no pueden excer de 152000 en el ejercicio de calendario, aunque por ahí escuche que este monto de puede ampliar a traves del "retiro" ¿esto es cierto?

alguien tiene un ejemplo de esto o que me amplie el tema.

gracias

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