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DECLARACION ANUAL PM

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16 años 5 meses antes #59361 por boxgl
DECLARACION ANUAL PM Publicado por boxgl
Buenas tardes mi pregunta es la siguiente me facturo en diciembre 2009 500,000.00 pero se cobra en febrero 2010 en la declaracion anual como lo meto ya que si lo considero lo facturado sale como 1,000,000.00 y los gastos son como 400,000.0 para la anual alguien me puede ayudar como lo presento en la anual o como se hace... gracias

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16 años 5 meses antes #59363 por Alberto FC
Respuesta de Alberto FC sobre el tema Re: DECLARACION ANUAL PM
Depende del contribuyente de que se trate y el impuesto al que te refieras.

Ejemplo I, si es PM, acumula aunque no haya cobrado.

Pero si es PF, acumula hasta que efectivamente lo cobre.

Lo antes mencionado es para efectos del ISR.

Ejemplo II, si es para efectos de IVA, no importa si se es PM o PF, ambas lo considerarn trasladado hasta que efectivamente lo cobre.

Ejemplo III, lo mismo del ejemplo II sucede para IETU.

Conforme al ejemplo I en el caso de PM, si facutraste y no has cobrado, debe aparecer como saldo de clientes.

Conforme al ejemplo II, mientras no lo cobres el saldo de IVA se mantiene el "IVA p o r trasladad" y cuando te paguen lo sacas de aquí (vía cargo) y lo mandas al IVA efectivamente trasladado (mediante un abono).

En materia de IETU, los ingresos los acumulas en el mismo momento que el IVA se conviente en efectivamente trasladado.

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16 años 5 meses antes #59364 por boxgl
Respuesta de boxgl sobre el tema Re: DECLARACION ANUAL PM
es para ISR PM entonces si me afecta, me sale apagar muchisimo sera que pueda provisionar los gastos... solo es para ISR

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16 años 5 meses antes #59366 por PALOS
Respuesta de PALOS sobre el tema Re: DECLARACION ANUAL PM
DALE UNA LEIDA AL RT 18 DE LA LISR MOMENTO EN QUE SE CONCIDERA QUE SE OBTIENEN LOS INGRESOS, POR QUE NO ES SOLO CUANDO FACTURAN, HAY MAS MOMENTOS, PARA QUE NO TE VUELVA A PASAR.

AHORA SI NO TRAES MUCHAS DEUDAS ESE SALDO EN CLIENTES TE JUEGA A FAVOR VIA AJUSTE ANUAL POR INFLACION ART 46 DE LA LISR, CLARO NO EN LA MISMA PROPORCION QUE SI NO CONCIDERARAS ESE INGRESO.

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