Radio Aportaciones
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

Complementaria 2008

Más
16 años 5 meses antes #59389 por Aprendiendotodoslosdias
Buenas noches.

Mi duda es la siguiente: Durante el 2008 trabajé como asalariado para una empresa y no tuve ninguna otra actividad. Me dieron mi carta de intereses del Infonavit pero nunca presenté mi declaración anual. Ya se presentó la correspondiente a 2009 con su respectiva deducción de los intereses. El saldo a favor que pude haber solicitado correspondiente al ejercicio 2008 es caso perdido o puedo presentar aún la declaración anual 2008 con su correspondiente deducción personal por intereses y solicitar la devolución correspondiente?

Espero no haber cantinfleado

Gracias de antemano

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
16 años 5 meses antes #59390 por congresista
Respuesta de congresista sobre el tema Re: Complementaria 2008
puede presentar su declaracion anual del ejercicio fiscal 2008, si tuviese saldo a favor, claro que lo puede solitar la devolución.


congresita

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
16 años 5 meses antes #59394 por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: Complementaria 2008
idnmexico, como incumpliste con tu obligación de en diciembre de 2008 presentarle una carta a tu patrón avisándole que elegías presentar por tu cuenta la declaración anual de ese año, él ya presentó tu anual de 2008 en febrero de 2009, y el resultado obtenido ya te fue devuelto o compensado (si fue a favor) o te fue retenido (si saliste a cargo) por lo tanto tu con el SAT ya estás a mano y naturalmente ya dificílmente el SAT te devolvería el saldo a favor resultante de deducir los intereses pagados al INFONAVIT.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.264 segundos
Gracias a Foro Kunena