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duda en aumento de obligaciones
- Alejo
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16 años 5 meses antes #59610
por Alejo
duda en aumento de obligaciones Publicado por Alejo
Hola, una persona fisica percibe ingresos por actividad empresarial y profesional,aparte laboro para una empresa hasta mayo del 2009 asi que tambien percibio ingresos por sueldos y salarios, en julio del 2009 entra en una s.c. como socio y percibe ingresos por anticipos a cuenta de utilidades por dicha sociedad civil, mi duda es si debio hacer un aumento de obligaciones al momento de entrar a la s.c. bajo el rubro de asimilados a salarios?, y si fuese asi, lo puedo hacer retroactivo a la fecha actual?, gracias.
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- editor20
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16 años 5 meses antes #59633
por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: duda en aumento de obligaciones
Alejo, pego párrafos segundo y tercero del artículo 27 del Código Fiscal de la Federación:
Asimismo, deberán solicitar su inscripción en el registro federal de contribuyentes y su certificado de
firma electrónica avanzada, así como presentar los avisos que señale el Reglamento de este Código, los
socios y accionistas de las personas morales a que se refiere el párrafo anterior, salvo los miembros de las personas morales con fines no lucrativos a que se refiere el Título III de la Ley del Impuesto sobre la
Renta, así como las personas que hubiesen adquirido sus acciones a través de mercados reconocidos o de amplia bursatilidad y dichas acciones se consideren colocadas entre el gran público inversionista, siempre que, en este último supuesto, el socio o accionista no hubiere solicitado su registro en el libro de socios y accionistas.
Las personas morales cuyos socios o accionistas deban inscribirse conforme al párrafo anterior, anotarán en el libro de socios y accionistas la clave del registro federal de contribuyentes de cada socio y accionista y, en cada acta de asamblea, la clave de los socios o accionistas que concurran a la misma.
Para ello, la persona moral se cerciorará de que el registro proporcionado por el socio o accionista
concuerde con el que aparece en la cédula respectiva.
Alejo, el penúltimo párrafo del artículo 27 del CFF dice:
La solicitud o los avisos a que se refiere el primer párrafo de este artículo que se presenten en forma
extemporánea, surtirán sus efectos a partir de la fecha en que sean presentados. Las autoridades fiscales
podrán verificar la existencia y localización del domicilio fiscal manifestado por el contribuyente en el aviso respectivo.
No obstante, la SC al presentar la informativa de DEM de 2009 ya informo al SAT a quien le hizo pagos a cuenta de remanente, puedes ingresar al DECLARASAT en Línea y verificar que a tu cliente ya le aparezcan todos los ingresos por honorarios, por sueldos y por asimilados de la SC. El SAT acostumbra que cuando un contribuyente declara una obligación por error, sin presentar aviso el SAT se la dá de alta, verifica también en el Portal Tributario cómo está su lista de obligaciones.
Asimismo, deberán solicitar su inscripción en el registro federal de contribuyentes y su certificado de
firma electrónica avanzada, así como presentar los avisos que señale el Reglamento de este Código, los
socios y accionistas de las personas morales a que se refiere el párrafo anterior, salvo los miembros de las personas morales con fines no lucrativos a que se refiere el Título III de la Ley del Impuesto sobre la
Renta, así como las personas que hubiesen adquirido sus acciones a través de mercados reconocidos o de amplia bursatilidad y dichas acciones se consideren colocadas entre el gran público inversionista, siempre que, en este último supuesto, el socio o accionista no hubiere solicitado su registro en el libro de socios y accionistas.
Las personas morales cuyos socios o accionistas deban inscribirse conforme al párrafo anterior, anotarán en el libro de socios y accionistas la clave del registro federal de contribuyentes de cada socio y accionista y, en cada acta de asamblea, la clave de los socios o accionistas que concurran a la misma.
Para ello, la persona moral se cerciorará de que el registro proporcionado por el socio o accionista
concuerde con el que aparece en la cédula respectiva.
Alejo, el penúltimo párrafo del artículo 27 del CFF dice:
La solicitud o los avisos a que se refiere el primer párrafo de este artículo que se presenten en forma
extemporánea, surtirán sus efectos a partir de la fecha en que sean presentados. Las autoridades fiscales
podrán verificar la existencia y localización del domicilio fiscal manifestado por el contribuyente en el aviso respectivo.
No obstante, la SC al presentar la informativa de DEM de 2009 ya informo al SAT a quien le hizo pagos a cuenta de remanente, puedes ingresar al DECLARASAT en Línea y verificar que a tu cliente ya le aparezcan todos los ingresos por honorarios, por sueldos y por asimilados de la SC. El SAT acostumbra que cuando un contribuyente declara una obligación por error, sin presentar aviso el SAT se la dá de alta, verifica también en el Portal Tributario cómo está su lista de obligaciones.
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16 años 5 meses antes #59652
por Alejo
Respuesta de Alejo sobre el tema Re: duda en aumento de obligaciones
Muchas gracias por tu respuesta editor20 saludos.
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