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Este orden de factores si altera el producto final
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16 años 4 meses antes #60144
por sosgtorreon
El titulo del mensaje esta medio extraño, igual pudo llamarse, El IETU me sigue sorprendiendo o Canijo Gordo
El punto es el siguiente, un cliente el año 2008 realizo adquisiciones de activo fijo por montos considerables, por cerrar numeros dire que fueron cerca de 1'500,000.00, lo que provoco que en IETU por 2008 tuviera Deducciones mayores a los Ingresos, lo que le genera el derecho a aplicar el correspondiente Credito Fiscal por Exceso de Deducciones, para el caso el monto actualizado de dicho credito es de 240,000.00.
Hasta ese punto todo bien, al momento de llegar a 2009 se determina un IETU a cargo de 197,000.00, y se tiene Credito por Salarios Gravados pagados de 130,000.00, Credito por Aportaciones de Seguridad Social de 50,000.00 y el ya referido Credito Fiscal por Exceso de Deducciones de 240,000.00.
Si la aplicacion de creditos, orden de prelacion o aplicacion, me parece que le llaman los abogados, fuera a eleccion del contribuyente el del ejemplo que cito diria, aplica los 130,000.00 por salarios pagados, los 50,000.00 de seguridad social y lo que falte agarralo de el exceso de deducciones, esto pensando en que los de salarios y seguridad social no se trasladan a años posteriores en caso de no aplicarse, situacion que no esta presente en el de Deducciones en exceso, ya que puede utilizarse hasta en 10 años.
La bronca es que la aplicacion no es a eleccion del cliente, digo, del contribuyente. Debe aplicarse conforme se contemple en la ley de la materia, en este caso el 8 de IETU en su primer parrafo es claro, aplica en primer termino el Credito Fiscal por deducciones mayores a los ingresos, el segundo parrafo permite en caso de persistir el impuesto a cargo aplicar lo de salarios y lo de seguridad social. Hacerlo de esta forma al contribuyente del ejemplo le va a pegar en 180,000.00 de NO aplicacion.
De no hacerlo en ese orden, perderia el derecho de aplicar Credito Fiscal por deducciones excedentes, conforme a la regla de "boba" contenida en el 11 de dicha ley.
Ese IETU a estas alturas me sigue presentando trampas.
Voy a lamentarme y lamentarsela al gordito, aunque ya no este, el sigue siendo la madre de este engendro que aun no se que grava.
El punto es el siguiente, un cliente el año 2008 realizo adquisiciones de activo fijo por montos considerables, por cerrar numeros dire que fueron cerca de 1'500,000.00, lo que provoco que en IETU por 2008 tuviera Deducciones mayores a los Ingresos, lo que le genera el derecho a aplicar el correspondiente Credito Fiscal por Exceso de Deducciones, para el caso el monto actualizado de dicho credito es de 240,000.00.
Hasta ese punto todo bien, al momento de llegar a 2009 se determina un IETU a cargo de 197,000.00, y se tiene Credito por Salarios Gravados pagados de 130,000.00, Credito por Aportaciones de Seguridad Social de 50,000.00 y el ya referido Credito Fiscal por Exceso de Deducciones de 240,000.00.
Si la aplicacion de creditos, orden de prelacion o aplicacion, me parece que le llaman los abogados, fuera a eleccion del contribuyente el del ejemplo que cito diria, aplica los 130,000.00 por salarios pagados, los 50,000.00 de seguridad social y lo que falte agarralo de el exceso de deducciones, esto pensando en que los de salarios y seguridad social no se trasladan a años posteriores en caso de no aplicarse, situacion que no esta presente en el de Deducciones en exceso, ya que puede utilizarse hasta en 10 años.
La bronca es que la aplicacion no es a eleccion del cliente, digo, del contribuyente. Debe aplicarse conforme se contemple en la ley de la materia, en este caso el 8 de IETU en su primer parrafo es claro, aplica en primer termino el Credito Fiscal por deducciones mayores a los ingresos, el segundo parrafo permite en caso de persistir el impuesto a cargo aplicar lo de salarios y lo de seguridad social. Hacerlo de esta forma al contribuyente del ejemplo le va a pegar en 180,000.00 de NO aplicacion.
De no hacerlo en ese orden, perderia el derecho de aplicar Credito Fiscal por deducciones excedentes, conforme a la regla de "boba" contenida en el 11 de dicha ley.
Ese IETU a estas alturas me sigue presentando trampas.
Voy a lamentarme y lamentarsela al gordito, aunque ya no este, el sigue siendo la madre de este engendro que aun no se que grava.
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16 años 4 meses antes #60160
por Contadoranonimo
Respuesta de Contadoranonimo sobre el tema Re: Este orden de factores si altera el producto final
El consuelo del que les platiqué, es que yo también me lamento y se la... a quien creó este impuesto, pues quizá si lo hubieran dejado "solito" y no acompañado de su herman mayor el ISR, ya se hubiera "adecuado" de mejor manera contemplando TODO lo que ahora no contempla.
Usando un mal ejemplo, con el ISR hacíamosla comida completa al gusto mexicano, es decir con salsa, sin ella, con poca, con mucha, con guacamole... pepro finalmente todo "comible"
El caso del IETU es que no es ni postre, ni salsa, ni una.... nada. Con uns disposiciones choca, con otras se interpone, con otras se sobrepone y acaba por "partir" en pedazos a los contribuyentes, y de paso..... a nosotros.
Alguna vez propuse en algún foro que ya no se dejara legislar al SAT, pues con sus modificaciones y reglas anuales, le cambia o aumenta a las leyes que nuestros sabios del congreso ya tenían publicado, dejando además en una total inseguridad a los contribuyentes. ¿Un ejemplo? La miscelánea fiscal que nos hace que parte de un año se pueda aplicar unas disposiciones y otra parte del año.. pues una diferente que consideran mejor.
Son como las lamentaciones que los gatos le lanzan a la luna, pero si no nos desahogamos al menos en esta forma, nuestra salud mental corre peligro.
Estas son las disertaciones de un loco, así que mejor no me hagan caso.
Usando un mal ejemplo, con el ISR hacíamosla comida completa al gusto mexicano, es decir con salsa, sin ella, con poca, con mucha, con guacamole... pepro finalmente todo "comible"
El caso del IETU es que no es ni postre, ni salsa, ni una.... nada. Con uns disposiciones choca, con otras se interpone, con otras se sobrepone y acaba por "partir" en pedazos a los contribuyentes, y de paso..... a nosotros.
Alguna vez propuse en algún foro que ya no se dejara legislar al SAT, pues con sus modificaciones y reglas anuales, le cambia o aumenta a las leyes que nuestros sabios del congreso ya tenían publicado, dejando además en una total inseguridad a los contribuyentes. ¿Un ejemplo? La miscelánea fiscal que nos hace que parte de un año se pueda aplicar unas disposiciones y otra parte del año.. pues una diferente que consideran mejor.
Son como las lamentaciones que los gatos le lanzan a la luna, pero si no nos desahogamos al menos en esta forma, nuestra salud mental corre peligro.
Estas son las disertaciones de un loco, así que mejor no me hagan caso.
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16 años 4 meses antes #60167
por CPJMERJR
Respuesta de CPJMERJR sobre el tema Re: Este orden de factores si altera el producto final
Asi es estimados colegas, quien sabe en que estaban pensando los SATanicos al imponer esta nueva obligacion que nos ha dado algunos dolores de cabeza y trabajo extra que al final de cuentas el cliente nada mas nos llora al no querer pagar mas.
Lo injusto es de todo es que le pega mas al de menor ingreso, y al que percibe mas que, pero que chingones (perdon por la palabra) invierten en nueva flotilla de activos y deducen y no pagan impuesto, a de ver andado borracho o mariguano el fulano que se le ocurrio hacerlo por que termino haciendo puras endejadas.
Yo no lo llamaria Impuesto Empresarial a Tasa Unica ,por que ni es a tasa unica, es variable la tasa del 16.5% gradual al 17.%, a modo de broma yo lo llamaria Imposible Entender Tanta Umillacion (sin h para que cuadre), jejeje
Necesita de su hermanito mayor para apoyarse en el.
Les comento que el IMCP promovio hace poco una solicitud de abrogacion de la misma ley del IETU y con esta su obligacion, por ser malisimo para la economia de la nacion, entre otros motivos voy a buscar el documento y lo subo a la pagina
Lo injusto es de todo es que le pega mas al de menor ingreso, y al que percibe mas que, pero que chingones (perdon por la palabra) invierten en nueva flotilla de activos y deducen y no pagan impuesto, a de ver andado borracho o mariguano el fulano que se le ocurrio hacerlo por que termino haciendo puras endejadas.
Yo no lo llamaria Impuesto Empresarial a Tasa Unica ,por que ni es a tasa unica, es variable la tasa del 16.5% gradual al 17.%, a modo de broma yo lo llamaria Imposible Entender Tanta Umillacion (sin h para que cuadre), jejeje
Necesita de su hermanito mayor para apoyarse en el.
Les comento que el IMCP promovio hace poco una solicitud de abrogacion de la misma ley del IETU y con esta su obligacion, por ser malisimo para la economia de la nacion, entre otros motivos voy a buscar el documento y lo subo a la pagina
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16 años 4 meses antes #60204
por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: Este orden de factores si altera el producto final
Don Gilberto y eso que no lo impusieron como venía originalemnte el CETU, donde al no permitir la deducción de las nóminas se debería pagar hasta el 66% de impuesto sobre la utilidad en algunos casos. Con el IETU le agrgaron la deducción de las nóminas pero como crédito temporal, pero como opinan los colegas sigue siendo el mítico bicéfalo que mata todo y esquilma a más no poder a los pequeños y medianos. Este fue el inicio de un editorial que me publicaron en enero de 2008:
"El pasado 10 de diciembre conocimos por fin cual es el sentir de las autoridades fiscales estadounidenses respecto al nuevo impuesto mexicano que iniciará vigencia a partir del 1º de enero de 2008, el tan vilipendiado y nunca bien ponderado impuesto empresarial a tasa única, IETU, una suerte de flat tax que finalmente resultó en un clon que tiene la mitad del rostro parecido a un impuesto al consumo y la otra mitad semejante a un impuesto a las actividades operativas de las entidades económicas, es decir, ni es IVA ni es ISR.. Recapitulemos: la iniciativa del Ejecutivo ingresada al Congreso fue radicalmente modificada en Cámaras y además con el Decreto que otorga ciertos beneficios sólo a algunos sectores de contribuyentes y que en forma mínima atenúa solo algunos de los muchos efectos nocivos hacia el contribuyente, no previstos en la Ley, todo esto aunado a la permanencia en forma paralela de la ley del Impuesto sobre la renta, ha resultado en un galimatías por lo menos para los primeros meses del próximo año, para los cuales también se esperan reglas misceláneas."
"El pasado 10 de diciembre conocimos por fin cual es el sentir de las autoridades fiscales estadounidenses respecto al nuevo impuesto mexicano que iniciará vigencia a partir del 1º de enero de 2008, el tan vilipendiado y nunca bien ponderado impuesto empresarial a tasa única, IETU, una suerte de flat tax que finalmente resultó en un clon que tiene la mitad del rostro parecido a un impuesto al consumo y la otra mitad semejante a un impuesto a las actividades operativas de las entidades económicas, es decir, ni es IVA ni es ISR.. Recapitulemos: la iniciativa del Ejecutivo ingresada al Congreso fue radicalmente modificada en Cámaras y además con el Decreto que otorga ciertos beneficios sólo a algunos sectores de contribuyentes y que en forma mínima atenúa solo algunos de los muchos efectos nocivos hacia el contribuyente, no previstos en la Ley, todo esto aunado a la permanencia en forma paralela de la ley del Impuesto sobre la renta, ha resultado en un galimatías por lo menos para los primeros meses del próximo año, para los cuales también se esperan reglas misceláneas."
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16 años 4 meses antes #60218
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: Este orden de factores si altera el producto final
Tienen razon, a pesar de lo mal -que a juicio de muchos- esta esto del IETU, la realidad es que pudo ser peor... !canijo gordito!
Tal parece que el razonamiento para la amolada que se ejemplifica es; "mira, ciertamente el credito por salarios pagados y la seguridad social no lo vas a poder llevar a ejercicios posteriores, por lo que lo pierdes, pero recuerda, ese credito es ya en si una consecion que te hago, dado que de entrada yo ni siquiera te lo iba a permitir como deduccion"
En fin, ya vere que mala nueva me presenta el IETU en 2010.
Tal parece que el razonamiento para la amolada que se ejemplifica es; "mira, ciertamente el credito por salarios pagados y la seguridad social no lo vas a poder llevar a ejercicios posteriores, por lo que lo pierdes, pero recuerda, ese credito es ya en si una consecion que te hago, dado que de entrada yo ni siquiera te lo iba a permitir como deduccion"
En fin, ya vere que mala nueva me presenta el IETU en 2010.
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16 años 4 meses antes #60357
por CPJMERJR
Respuesta de CPJMERJR sobre el tema Re: Este orden de factores si altera el producto final
Aqui les puse la siguiente publicacion.
El Economista, P5-En Primer Plano
Leonor Flores
Para el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), que preside Luis Raúl Michel Domínguez, la reforma fiscal debe cumplir con el mandato constitucional de que todos los mexicanos contribuyan a financiar el gasto público.
De ahí la necesidad de aprobar modificaciones fiscales que incorporen a quienes encuentran operando de manera informal (60% de la PEA).
Por eso, su propuesta se basa en recargar la recaudación más en los impuestos indirectos como el IVA y en los especiales a la producción y servicios, así como en los ecológicos.
Y por otro lado, reducir los impuestos directos como el ISR con una tasa más competitiva.
De esta forma, se pronuncian en favor de que el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) sea eliminado del sistema tributario mexicano.
Asimismo, están de acuerdo en que se quiten los regímenes especiales que no tengan justificación social o económica.
Consideran importante que exista una permanencia en las disposiciones fiscales y que se federalicen más impuestos.
Están en favor de los estímulos fiscales que reciben algunos contribuyentes, pero siempre y cuando sean verdaderos y promuevan la inversión.
Simplificación
Otra prioridad que se debe resolver es la simplificación de las disposiciones fiscales y fortalecer la seguridad jurídica de los contribuyentes.
Su propuesta incluye también que se dote de autonomía e independencia al Servicio de Administración Tributaria (SAT) dada la experiencia que se tiene con otras instituciones.
Finalmente, advierten que todo lo anterior no funcionará si no existe la defensa de los contribuyentes, para lo cual insistieron en que ya debe iniciar operaciones la nueva Procuraduría de Defensa al Contribuyente.
El Economista, P5-En Primer Plano
Leonor Flores
Para el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), que preside Luis Raúl Michel Domínguez, la reforma fiscal debe cumplir con el mandato constitucional de que todos los mexicanos contribuyan a financiar el gasto público.
De ahí la necesidad de aprobar modificaciones fiscales que incorporen a quienes encuentran operando de manera informal (60% de la PEA).
Por eso, su propuesta se basa en recargar la recaudación más en los impuestos indirectos como el IVA y en los especiales a la producción y servicios, así como en los ecológicos.
Y por otro lado, reducir los impuestos directos como el ISR con una tasa más competitiva.
De esta forma, se pronuncian en favor de que el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) sea eliminado del sistema tributario mexicano.
Asimismo, están de acuerdo en que se quiten los regímenes especiales que no tengan justificación social o económica.
Consideran importante que exista una permanencia en las disposiciones fiscales y que se federalicen más impuestos.
Están en favor de los estímulos fiscales que reciben algunos contribuyentes, pero siempre y cuando sean verdaderos y promuevan la inversión.
Simplificación
Otra prioridad que se debe resolver es la simplificación de las disposiciones fiscales y fortalecer la seguridad jurídica de los contribuyentes.
Su propuesta incluye también que se dote de autonomía e independencia al Servicio de Administración Tributaria (SAT) dada la experiencia que se tiene con otras instituciones.
Finalmente, advierten que todo lo anterior no funcionará si no existe la defensa de los contribuyentes, para lo cual insistieron en que ya debe iniciar operaciones la nueva Procuraduría de Defensa al Contribuyente.
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