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DECLARACION DE SUELDOS Y ASIMILADOS
- jakygv
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16 años 4 meses antes #60178
por jakygv
DECLARACION DE SUELDOS Y ASIMILADOS Publicado por jakygv
BUEN DIA
AGRADEZCO PUDIERAN AYUDAR
QUIENES ESTAN OBLIGADOS HACER DECLARACION DE SUELDOS Y ASIMILADOS? LAS PERSONAS MORALES O CADA UNA DE LAS PERSONAS FISICAS TENDRIA QUE DECLARAR SUS PERCEPCIONES?
SE QUE POR LO GENERAL LAS PERSONAS MORALES ELABORAN ESTA DECLARACION POR CADA UNO DE SUS TRABAJADORES, PERO TENGO ENTENDIO QUE EN REALIDAD LA PERSONA QUE ESTA OBLIGADO A REALIZAR SOMOS CADA UNA DE LAS QUE PERCIBIMOS ALGUN INGRESO CON ALGUNO DE ESTOS CONCEPTOS. PERO NO TENGO NI LA SEGURIDAD NI EL SUSTENTO.
PODRIAS APOYARME?
GRACIAS
AGRADEZCO PUDIERAN AYUDAR
QUIENES ESTAN OBLIGADOS HACER DECLARACION DE SUELDOS Y ASIMILADOS? LAS PERSONAS MORALES O CADA UNA DE LAS PERSONAS FISICAS TENDRIA QUE DECLARAR SUS PERCEPCIONES?
SE QUE POR LO GENERAL LAS PERSONAS MORALES ELABORAN ESTA DECLARACION POR CADA UNO DE SUS TRABAJADORES, PERO TENGO ENTENDIO QUE EN REALIDAD LA PERSONA QUE ESTA OBLIGADO A REALIZAR SOMOS CADA UNA DE LAS QUE PERCIBIMOS ALGUN INGRESO CON ALGUNO DE ESTOS CONCEPTOS. PERO NO TENGO NI LA SEGURIDAD NI EL SUSTENTO.
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- mass_16
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16 años 4 meses antes #60182
por mass_16
Respuesta de mass_16 sobre el tema Re: DECLARACION DE SUELDOS Y ASIMILADOS
Hola Buenos dias el fundamento legal lo encuentras en el Art. 177 LISR y en el Art. 116 LISR
Con estos dos articulos podras despejar tus dudas, ya que si el trabajador solo te presta sus servicios a ti como persona moral y ademas laboro todo el año contigo, tu deberas de realizar la declaración anual de este trabajado
Espero que si haya podido despejar tu duda.
Saludos.
Con estos dos articulos podras despejar tus dudas, ya que si el trabajador solo te presta sus servicios a ti como persona moral y ademas laboro todo el año contigo, tu deberas de realizar la declaración anual de este trabajado
Espero que si haya podido despejar tu duda.
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- joluc
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16 años 4 meses antes #60184
por joluc
“Nunca consideres el estudio como una obligación sino como una oportunidad para penetrar en el
bello y maravilloso mundo del saber”
Albert Einstein
Respuesta de joluc sobre el tema Re: DECLARACION DE SUELDOS Y ASIMILADOS
mmmm no especificas si es mensual o la declaracion anual!!!
si te refieres a la anual... las personas fisicas obligadas son las sig:LISR
Artículo 117. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Capítulo, además de efectuar los pagos de este impuesto, tendrán las siguientes obligaciones:
III. Presentar declaración anual en los siguientes casos:
a) Cuando además obtengan ingresos acumulables distintos de los señalados en este Capítulo.
b) Cuando se hubiera comunicado por escrito al retenedor que se presentará declaración anual.
c) Cuando dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate o cuando se hubiesen prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea.
d) Cuando obtengan ingresos, por los conceptos a que se refiere este Capítulo, de fuente de riqueza ubicada en el extranjero o provenientes de personas no obligadas a efectuar las retenciones del artículo 113 de esta Ley.
e) Cuando obtengan ingresos anuales por los conceptos a que se refiere este Capítulo que excedan de $400,000.00.
y si te refieres a las mensuales, tu como obtienes solo sueldos y salarios (asimilados), no estas obligado a las mensuales ya que tu patron las declara por ti...
Bye!!
si te refieres a la anual... las personas fisicas obligadas son las sig:LISR
Artículo 117. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Capítulo, además de efectuar los pagos de este impuesto, tendrán las siguientes obligaciones:
III. Presentar declaración anual en los siguientes casos:
a) Cuando además obtengan ingresos acumulables distintos de los señalados en este Capítulo.
b) Cuando se hubiera comunicado por escrito al retenedor que se presentará declaración anual.
c) Cuando dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate o cuando se hubiesen prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea.
d) Cuando obtengan ingresos, por los conceptos a que se refiere este Capítulo, de fuente de riqueza ubicada en el extranjero o provenientes de personas no obligadas a efectuar las retenciones del artículo 113 de esta Ley.
e) Cuando obtengan ingresos anuales por los conceptos a que se refiere este Capítulo que excedan de $400,000.00.
y si te refieres a las mensuales, tu como obtienes solo sueldos y salarios (asimilados), no estas obligado a las mensuales ya que tu patron las declara por ti...
Bye!!
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- Contadoranonimo
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16 años 4 meses antes #60193
por Contadoranonimo
Respuesta de Contadoranonimo sobre el tema Re: DECLARACION DE SUELDOS Y ASIMILADOS
Saludos
Tu duda es justificada, pues los obligados por ley son los que perciben el ingreso, pero también por ley, ante la enorme dificultad de lograr que los empleados declaren, la ley obliga al patrón a cumplir por sus empleados y asimilados con dichas obligaciones, salvo en los casos que ahí mismo se establece. Art 110 al 113 LISR
Es una "obligación" como patrón desde que nació en la ley y para ello no hay diferencia en si es persona física o moral. Si es patrón, declara por sus trabajadores y actualmente también por los asimilados, que no son pocos.
Hasta luego
Tu duda es justificada, pues los obligados por ley son los que perciben el ingreso, pero también por ley, ante la enorme dificultad de lograr que los empleados declaren, la ley obliga al patrón a cumplir por sus empleados y asimilados con dichas obligaciones, salvo en los casos que ahí mismo se establece. Art 110 al 113 LISR
Es una "obligación" como patrón desde que nació en la ley y para ello no hay diferencia en si es persona física o moral. Si es patrón, declara por sus trabajadores y actualmente también por los asimilados, que no son pocos.
Hasta luego
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