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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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ESTARA MAL EL CRITERIOD E HACIENDA EN IVA DE Z. FR

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16 años 3 meses antes #61143 por ARTHURFORTUNA
Hola colegas, el motivo de este es para poner a su consideracion una duda que tengo

tengo una empresa que tiene su domicilio fiscal en el d.f., cobra el iva al 16%, pero dimos aviso apertura de sucursal en cancun (cona fronteriza), para prestar los servicios ahi mismo, cosa que siguiendo los siguientes articulos del LIVA dice:

el artículo 2, de la misma ley, indica que se aplicará la tasa del 11% a los mismos valores señalados por la ley cuando se de lo siguiente:
1.- Los actos o actividades objeto del impuesto se realicen por residentes en la región fronteriza
2.- La entrega material de los bienes o la prestación de servicio se lleva a cabo en la citada región fronteriza.
3.- No se trate de enajenación de bienes inmuebles en la mencionada región fronteriza.
4.- En caso de importación, se aplicará la tasa del 11% siempre que los bienes y servicios sean enajenados o prestados en la mencionada región fronteriza.



como veran aplicola fraccion 2, dado que alla se realiza todo, por lo que segun yo deberia de facturarse aqui en el d.f.al 16% y en cancun mi sucursal el 11%.

Hoy pregunte por el chat 1 a 1 y me dicen que debe ser al 16% dado que mi domicilio fiscal es aqui en el d.f.


que opinan ustedes?


saludos

ATENTAMENTE:
C.P. José A. Cruz R.
www.argconsultores.com.mx
Consultoria Integral para Negocios
MSN: argconsultores@hotmail.com

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16 años 3 meses antes #61165 por Contadoranonimo
Hola Buenas Noches

Mi opinión es que si cubres los requisitos que detallas en los puntos 1 y 2, la tasa de IVA sería al 11% y las operaciones del DF al 16%. Creo que en eso no hay duda.

La pregunta sería si tienes fiscalmente correcto el domicilio de la sucursal, pues si solo la abriste como local sin ingresos, puedes tener la interpretación de parte de la autoridad diciendo que todo grava al 16%.

De todos modos, si no hiciste registro de sucursal con ingresos, puedes hacerlo y aplicar la tasa menor. A final de cuentas, tanto si la cobras al 11 o al 16 por ciento, a tí no te afecta ya que lo estás aplicando y liquidando con el dinero del cliente. Desde luego que entendiendo que para el consumidor final si tiene significado y ahorro económico.

Hasta luego

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