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ayuda en honorarios
- aidahersan
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19 años 6 meses antes #6140
por aidahersan
ayuda en honorarios Publicado por aidahersan
En el caso, de una persona, que tributa, como honorarios servicios profesionales, que puede deducir, y que tabla, le aplico,
y si es correcto mi procedimiento SUPONIENDO QUE GANO 5000 EN CADA MES
ENERO FEBRERO MARZO
INGRESOS 5000 10000 15000
DEDUCC 500 1000 1500
RESULTADO 4500 9000 13500
APLICO TABLA Y SUBDIDIO
Y POSTERIORMENTE RESTO RETENCIONES QUE ME HAYAN HECHO 10% ISR
y si es correcto mi procedimiento SUPONIENDO QUE GANO 5000 EN CADA MES
ENERO FEBRERO MARZO
INGRESOS 5000 10000 15000
DEDUCC 500 1000 1500
RESULTADO 4500 9000 13500
APLICO TABLA Y SUBDIDIO
Y POSTERIORMENTE RESTO RETENCIONES QUE ME HAYAN HECHO 10% ISR
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19 años 6 meses antes #6142
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: ayuda en honorarios
En efecto, los ingresos y deducciones deben ser acumulados desde el 01/01 al ultimo dia del mes al que corresponda el pago... a la utilidad base se le aplica la tarifa del 113 y la tabla del 114 elevada al periodo que corresponda el pago... para elevar la tarifa se supone solo hay que multiplicar las columnas de LI, LS y CF por el numero de meses correspondientes... en la seccion de uso frecuente de la pagina las ubicas... caso de tener retenciones de persona moral, efectivamente despues de determinar el ISR despues del subsidio lo disminuyes con las retenciones...
Me parece que todo hubiera sido mas breve, sencillo y claro si tan solo me concretara a decir;
Es correcto tal y como lo planteas... Pero, pues la gana de escribir algo me gano...
Me parece que todo hubiera sido mas breve, sencillo y claro si tan solo me concretara a decir;
Es correcto tal y como lo planteas... Pero, pues la gana de escribir algo me gano...
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- atperez
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19 años 6 meses antes #6144
por atperez
Saludos, aidahersan.
A este respecto, se sugiere consultar los articulos 123 a 126 de la Ley del ISR.
Respuesta de atperez sobre el tema Re: ayuda en honorarios
En el caso, de una persona, que tributa, como honorarios servicios profesionales, que puede deducir
Saludos, aidahersan.
A este respecto, se sugiere consultar los articulos 123 a 126 de la Ley del ISR.
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