- Mensajes: 12
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
IVA EN ACTOS ACCIDENTALES
- KOOL
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Fresh Boarder
-
Un tecnologico de estudios superiores recibio por parte de pemex una propuesta de avalar ciertos estudios técnicos mediante personal de la institución, obviamente el tecnologio facturaría con IVA una cantidad que no rebasaría el 3% de los ingresos que percibe anualmente el tecnológico. Se procedio a hacer el contrato y se recibieron los pagos mensualmente (servicios mas iva), se presentaron los pagos provisionales como IVA actos accidentales por el iva cobrado mensualmente, ya que el tecnologio esta dado de alta como no contribuyente y con obligacion de retencion de ISR ünicamente.
En la auditoria que le realizaron por parte del la contraloría al tecnologico, hacen la recomendacion de dar de alta la oblicación de IVA como obligado normal, con las obligaciones y consecuiencias que ello trae.
Alguien me podria decir si esta recomendación es válida, ya que al ser institucion de indole no lucrativa y educativa, puede correr el riesgo de perder esta categoria y hasta perder el registro ante la sep.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Lalo_
- Fuera de línea
- Gold Boarder
-
- Mensajes: 178
- Gracias recibidas: 0
Salu2
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- CPHugoocejo
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- Ganar no lo es todo, es lo unico..Vince Lombardi.
- Mensajes: 5612
- Gracias recibidas: 0
MAS bien denla de baja pues el SAT tiene la costumbre de que que una vez que pagas un contribucion (digamos ISR Asimilados) te la da de alta en su sistema, consulta el expediente integral a ver si esta dada de alta. y si ya terminaro de hacer estos trabajos y cobrar ... denla de baja...POrque seguro ya se las dieron de alta.
Salu2
No siempre el SAT da de alta nuevas obligaciones, a veces si, otras no, por eso lo más prudente es verificar en mi portal las obligaciones que de a lugar
saludos
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.