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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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IVA Retenido Acreditable en el mismo mes

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16 años 2 meses antes #62093 por pazo
Que tal buenas tardes soy nuevo en esto espero entiendan la pregunta, he estado leyendo sobre que el iva retenido es acreditable una vez que lo enteras y despues de tanto leer pues nadie esta de acuerdo unos dicen que si otros que no y mi pregunta es para los que toman el criterio de que se acredita al momento del entero como envio mi DIOT ya que esta no me va a cuadrar con IETU ejemplo:

Febrero
Honorarios: 1,000
IVA(15% suponiendo): 150
Subtotal 1,150
IVA Retenido 100
Neto 1,050

Segun este criterio en febrero solo acredito 50 y lo demas en marzo que es cuando lo entero, ahora al momento de hacer mi DIOT yo pague 1,000 pesos entonces si pongo mil la DIOT me pondria 150 de IVA y si lo ajusto no me cuadraria con lo presentado en IETU esa es la cuestion?

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16 años 2 meses antes #62094 por martinsanchez
el iva que estas acreditando por haber enterado la retencion es un dato que ya tiene hacienda y por el que no hay ningun renglon o lugar para asentarlo en el diot, por lo que al conciliar en hojas de trabajo el iva acreditable es el que declaras en el diot mas el iva retendio pagado menos el iva retenido del mes que vas a enterar en el mes siguiente, ese criterio majenan los dictaminadores de estados financieros con efectos fiscales, tengo 4 empresas que dictaminan y ese critero estan utilizando los auditores
saludos

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16 años 2 meses antes #62141 por pazo
Muchas Gracias por la respuesta

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