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Los gastos aduanales son deducibles para IETU

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16 años 2 meses antes #62101 por carlos esteban
Hola compañeros tengo la siguiente problematica y deseo saber su opinion o punto de vista, deseo saber si los gastos aduanales que le pago al agente (el que esta en la parte del terrietorio extranjero no el ajente aduanal en territorio mexiano) son deducibles. osea todo los gastos que se incurren antes de llegar a la aduana mexicana, por que estos me los cobra el ajente aduanal, en su presupuesto viene como gastos cuenta americana, mi duda es si puedo deducir estos gastos tanto para ISR como para IETU. Ya que yo los pago a el. (si me pueden dar su base juridica o en aque articulo viene se los agradeseria.)

de antemano muchas gracias.....

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16 años 2 meses antes #62106 por contadorg
Sí son deducibles siempre y cuando:

Tengan la naturaleza de estricta indispensabilidad para el contribuyente. Artículo 6, fracción II del IETU.

Se cumplan los requisitos generales de deduciblidad para efectos de Renta. Artículo 6, fracción IV de la LIETU.

Al tratarse de erogaciones realizadas en el extranjero, estén relacionadas con actividades que, de pagarse en México, se consideren deducibles para el IETU. Ultima oración de la fracción I del artículo 6 de la LIETU.

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16 años 2 meses antes #62119 por COMERCIO EXTERIOR
Ademas de lo mencionado por contadorg dale una leida a:

RISR Art.56

Saludos

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