Radio Aportaciones
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

no deducibles en la DIOT de PM

Más
16 años 2 meses antes #62200 por bandido
Declaración informativa de operaciones con terceros a cargo de personas morales, formato, periodo y medio de presentación
II.5.5.2. La información a que se refiere la regla I.5.5.3., se deberá presentar a través de la página de Internet del SAT mediante el formato electrónico A-29 “Declaración Informativa de Operaciones con Terceros”, contenido en el Anexo 1.
Los contribuyentes que hagan capturas de más de 500 registros, deberán presentar la información ante la ALSC que corresponda a su domicilio fiscal, en disco compacto (CD), o unidad de memoria extraíble (USB), los que serán devueltos al contribuyente después de realizar las validaciones respectivas.
En el campo denominado “Monto del IVA pagado no acreditable incluyendo importación (correspondiente en la proporción de las deducciones autorizadas)” del formato electrónico A-29 “Declaración Informativa de Operaciones con Terceros” se deberán anotar las cantidades que fueron trasladadas al contribuyente, pero que no reúnen los requisitos para ser considerado IVA acreditable, por no ser estrictamente indispensables, o bien, por no reunir los requisitos para ser deducibles para el ISR, de conformidad con el artículo 5, fracción I de la Ley del IVA.
En el campo denominado “proveedor global”, se señalará la información de los proveedores que no fueron relacionados en forma individual en los términos de la regla I.5.5.5.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
16 años 2 meses antes #62212 por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: no deducibles en la DIOT de PM
Lo que no logro entender es el por que y el para que de la medida...

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
16 años 2 meses antes #62229 por bandido
Respuesta de bandido sobre el tema Re: no deducibles en la DIOT de PM
supongo que es para en caso de que tengas "no deducibles" y no los hayas informado se puedan considerar como retiro de dividendos................

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
16 años 2 meses antes #62252 por Lalo_
Respuesta de Lalo_ sobre el tema Re: no deducibles en la DIOT de PM
Pues, para el SAT podria servir para que logicamente tambien fiscalise los ingresos de digamos quien vende yates que los hayan pagado por la empresa,(quien declara la DIOT), o sea es en general para qeu todos nos fiscalecemos independientemente de que lo hayas acrditado o no.

Por otro lado sirve en el caso de un automivil de $200 mil que pongas los $175 mil en la base del IVA acreditado y los $25 en la del IVA no acreditado.


Salu2

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
16 años 2 meses antes #62266 por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: no deducibles en la DIOT de PM
Me permito transcribir lo expuesto por bandido...


Declaración informativa de operaciones con terceros a cargo de personas morales, formato, periodo y medio de presentación
II.5.5.2. La información a que se refiere la regla I.5.5.3., se deberá presentar a través de la página de Internet del SAT mediante el formato electrónico A-29 “Declaración Informativa de Operaciones con Terceros”, contenido en el Anexo 1.
Los contribuyentes que hagan capturas de más de 500 registros, deberán presentar la información ante la ALSC que corresponda a su domicilio fiscal, en disco compacto (CD), o unidad de memoria extraíble (USB), los que serán devueltos al contribuyente después de realizar las validaciones respectivas.
En el campo denominado “Monto del IVA pagado no acreditable incluyendo importación (correspondiente en la proporción de las deducciones autorizadas)” del formato electrónico A-29 “Declaración Informativa de Operaciones con Terceros” se deberán anotar las cantidades que fueron trasladadas al contribuyente, pero que no reúnen los requisitos para ser considerado IVA acreditable , por no ser estrictamente indispensables, o bien, por no reunir los requisitos para ser deducibles para el ISR , de conformidad con el artículo 5, fracción I de la Ley del IVA.
En el campo denominado “proveedor global”, se señalará la información de los proveedores que no fueron relacionados en forma individual en los términos de la regla I.5.5.5.





Me parece que énfasis añadido está mas que claro.


saludos

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
16 años 2 meses antes #62290 por bandido
Respuesta de bandido sobre el tema Re: no deducibles en la DIOT de PM
cphuogcejo, te refieres a que los que tengan mas de 500 registros están obligados a presentar los no deducibles?

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.205 segundos
Gracias a Foro Kunena