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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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DESCUENTO POR PRONTO PAGO EN COMPRAS
- BEATLE
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Senior Boarder
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El registro original fué éste:
"Compras"
COMPRAS 100
IVA ACRED PDTE PAGO 16
PROVEEDORES 116
El registro de pago seria:
"Pago con descuento de $25 más iva "
PROVEEDORES 116
BANCOS 87
PRODUCTOS FINANCIEROS 25
IVA ACRED PDTE DE PAGO 16
IVA ACREDITABLE PAGADO 12
O sería:
PROVEEDORES 116
BANCOS 87
DESCUENTOS SOBRE COMPRAS 25
IVA ACRED PDTE PAGO 16
IVA ACRED PAGADO 12
De antemano agradezco a quien me pudiera ayudar con estas dudas.
Gracias
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- BEATLE
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- BR1
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Respecto al ISR, al comprar no "deduces" sino hasta el momento de enajenar, esto mediante el Costo de Ventas, por lo tanto, aplicas el art. 45-B y en este art. te señala claramente lo que realizaras.
Conforme a CFF tienes el art. 28, fracc. IV que señala:
" Las personas que de acuerdo con las disposiciones fiscales estén obligadas a llevar contabilidad, deberán observar las siguientes reglas:
Llevarán un control de sus inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y productos terminados, según se trate, el cual consistirá en un registro que permita identificar por unidades, por productos, por concepto y por fecha, los aumentos y disminuciones en dichos inventarios, así como las existencias al inicio y al final de cada ejercicio, de tales inventarios. Dentro del concepto se deberá indicar si se trata de devoluciones, enajenaciones, donaciones, destrucciones, entre otros"
NOTA: efectivamente, afectas almacen disminuyendo el almacen/inventarui, con el fin de deducir el CV correctamente cuando enajenas (para nada es otro ingreso o producto financiero).
Un saludo!
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- BEATLE
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- Senior Boarder
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Te agradezco nuevamente tu ayuda.
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- BR1
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
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BR1, te agradezco tu respuesta, ya los chequé y efectivamente en Iva se tiene que afectar el Acreditable y para las compras como menciona el Art 45B éstas tendrán que ser netas , es decir una vez disminuidas las devoluciones, descuentos y bonificaciones que nos realicen ya que tal y como mencionas de otra manera estaríamos incurriendo en una deducción en exceso del costo de Ventas; esto lo tenía más o menos claro sin embargo me desconcertó que algunos compañeros de profesión dijeran que como el descuento se realiza en el momento del pago se consideraba un producto, de hecho la consulta la hice porque me están pidiendo que lleve una empresa de refacciones y al revisar sus operaciones me llamó la atención que el descuento lo consideraran un producto y además un ingreso acumulable y lo más raro es que afectaran Iva Trasladado y éste lo paguen como si fuera de ventas .
Te agradezco nuevamente tu ayuda.
Anteriormente a la entrada en vigor del CV, pues que te puedo decir, algunos manejaban como otros ingresos/productos los descuentos y bonificaciones recibidos...yo la verdad los consideraba como una disminución en mi deducción...jajajaa...de hecho, conozco personas que siguen manejando en contabilidad la cuenta de "compras" en su contabilidad (como cuenta de resultados)
A menos que estemos mal, llegamos a lo mismo...esperemos comentarios de los compañeros
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