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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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LISTADO IETU
- VAZQUEZ09
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16 años 1 mes antes #62657
por VAZQUEZ09
LISTADO IETU Publicado por VAZQUEZ09
BUEN DIA :
SEGUN EL DECRETO , YA NO ES OBLIGATORIO PRESENTAR MES A MES LOS LISTADOS DE IETU, SOLO AL FINAL DEL EJERCICIO MI DUDA ES A PARTIR DE QUE MES ???
ME SURGE OTRA DUDA , ES OBLIGATORIO NO PRESENTARLOS MES A MES O ES OPCIONAL ?? ES DECIR SI YO DECIDO PRESENTEARLOS MEJOR MES A MES , Y NO PRESENTAR EL DEL FINAL DEL EJERCICIO, PUEDO TENER LA OPCION DE ELEGIR ???
OJALA ME PUEDAS ORIENTAR MIL, GRACIAS
SALUDOS A TODOS Y BUEN FIN DE SEMANA
SEGUN EL DECRETO , YA NO ES OBLIGATORIO PRESENTAR MES A MES LOS LISTADOS DE IETU, SOLO AL FINAL DEL EJERCICIO MI DUDA ES A PARTIR DE QUE MES ???
ME SURGE OTRA DUDA , ES OBLIGATORIO NO PRESENTARLOS MES A MES O ES OPCIONAL ?? ES DECIR SI YO DECIDO PRESENTEARLOS MEJOR MES A MES , Y NO PRESENTAR EL DEL FINAL DEL EJERCICIO, PUEDO TENER LA OPCION DE ELEGIR ???
OJALA ME PUEDAS ORIENTAR MIL, GRACIAS
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- contadorg
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16 años 1 mes antes #62659
por contadorg
Respuesta de contadorg sobre el tema Re: LISTADO IETU
DECRETO por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria.
ARTÍCULO PRIMERO.- Los contribuyentes que de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 22 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2010, se encuentren obligados a presentar la información correspondiente a los conceptos que sirvieron de base para determinar el impuesto empresarial a tasa única de los pagos provisionales y de la declaración del ejercicio, podrán optar por no presentar la información que debe entregarse en el mismo plazo que los pagos provisionales y presentar únicamente la información correspondiente al ejercicio fiscal, siempre que dicha información se presente dentro del mes inmediato siguiente al del término del ejercicio.
El Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general dará a conocer los medios y formatos en que deberá presentarse la información a que se refiere el presente artículo.
Traducción a lo destacado:
Si optas por no presentar la información mensual, deberás presentarla en forma anual.
Si no ejerces esa opción y presentas la información mensual, no tienes por que presentarla anual.
ARTÍCULO PRIMERO.- Los contribuyentes que de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 22 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2010, se encuentren obligados a presentar la información correspondiente a los conceptos que sirvieron de base para determinar el impuesto empresarial a tasa única de los pagos provisionales y de la declaración del ejercicio, podrán optar por no presentar la información que debe entregarse en el mismo plazo que los pagos provisionales y presentar únicamente la información correspondiente al ejercicio fiscal, siempre que dicha información se presente dentro del mes inmediato siguiente al del término del ejercicio.
El Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general dará a conocer los medios y formatos en que deberá presentarse la información a que se refiere el presente artículo.
Traducción a lo destacado:
Si optas por no presentar la información mensual, deberás presentarla en forma anual.
Si no ejerces esa opción y presentas la información mensual, no tienes por que presentarla anual.
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- joluc
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16 años 1 mes antes #62662
por joluc
“Nunca consideres el estudio como una obligación sino como una oportunidad para penetrar en el
bello y maravilloso mundo del saber”
Albert Einstein
Respuesta de joluc sobre el tema Re: LISTADO IETU
Complementando al contadorg
el listado del IETU del mes de JUNIO , podras NO presentarla, ya que el decreto entro en vigencia el 1 de julio y en julio es el mes en que debes presentar el listado de junio.
Saludos!!!!
el listado del IETU del mes de JUNIO , podras NO presentarla, ya que el decreto entro en vigencia el 1 de julio y en julio es el mes en que debes presentar el listado de junio.
Saludos!!!!
“Nunca consideres el estudio como una obligación sino como una oportunidad para penetrar en el
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- cassal
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16 años 1 mes antes - 16 años 1 mes antes #62663
por cassal
Respuesta de cassal sobre el tema Re: LISTADO IETU
Buenas tardes!!!!
Una pregunta...
Ya salieron publicadas las REGLAS DE CARACTER GENERAL? referente a este tema
Saludos
Una pregunta...
Ya salieron publicadas las REGLAS DE CARACTER GENERAL? referente a este tema
Saludos
Última Edición: 16 años 1 mes antes por cassal.
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- jpedro967
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16 años 1 mes antes #62667
por jpedro967
Respuesta de jpedro967 sobre el tema Re: LISTADO IETU
Buenas noches:
Companeros tal vez les sea de utilidad el boletin del sat de preguntas y respuestas,
acerca del decreto de facilidades administrativas, me permito adjuntar el link
de tal informacion:
www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacio...lacion/52_18910.html
SALUDOS
Companeros tal vez les sea de utilidad el boletin del sat de preguntas y respuestas,
acerca del decreto de facilidades administrativas, me permito adjuntar el link
de tal informacion:
www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacio...lacion/52_18910.html
SALUDOS
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- editor20
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16 años 1 mes antes #62671
por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: LISTADO IETU
Absolutamente ninguna utilidad encuentro en la barrabasada número 2:
" 2.- La facilidad de no presentar la información correspondiente a los conceptos que sirvieron de base para determinar el impuesto empresarial a tasa única mensual, ¿es aplicable a la de junio de 2010 y posteriores?
NO, ésta facilidad es aplicable respecto de la información que deba presentarse a partir del 1 de julio 2010, es decir, la información correspondiente a los conceptos que sirvieron de base para determinar el impuesto empresarial a tasa única mensual del mes de junio, que se debía presentar en julio, ya no es necesario presentarla.
Fundamento:
Artículo PRIMERO del Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria"
El funcionario que redactó tremendamente mal la pregunta 2 ni siquiera se enteró que alguien ya había elaborado la número 1.
" 2.- La facilidad de no presentar la información correspondiente a los conceptos que sirvieron de base para determinar el impuesto empresarial a tasa única mensual, ¿es aplicable a la de junio de 2010 y posteriores?
NO, ésta facilidad es aplicable respecto de la información que deba presentarse a partir del 1 de julio 2010, es decir, la información correspondiente a los conceptos que sirvieron de base para determinar el impuesto empresarial a tasa única mensual del mes de junio, que se debía presentar en julio, ya no es necesario presentarla.
Fundamento:
Artículo PRIMERO del Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria"
El funcionario que redactó tremendamente mal la pregunta 2 ni siquiera se enteró que alguien ya había elaborado la número 1.
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