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ACTUALIZACION DE PERDIDAS

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16 años 1 mes antes #62988 por ana1981
HOLA BUENOD DIAS
tengo una gran duda
tengo una perdida de 2006 x 385,000 y la voy a aplicar en la declaracion de 2009, yo la actualizo asi dic-2006/jul-2006 y la segunda actualizacion de jun-09/dic-06

pero el auditor la actaluiza asi DIC-06/DIC-05, la segunda actualizaion de JUN-07/DIC-06, la tercera acrtualizacion JUN-08/JUN-07 y la cuarta actualizacion JUN-09/JUN-08

Y NO SE SI POR SER AUDITOR ES CORRESTO

GRACIAS


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16 años 1 mes antes - 16 años 1 mes antes #63002 por jamendoz
Respuesta de jamendoz sobre el tema Re: ACTUALIZACION DE PERDIDAS
el art 61 parrafo 4 te da la razon a ti


pd bienvenida a esta tu casa

saludos


cp jose antonio mendoza p
Última Edición: 16 años 1 mes antes por jamendoz.

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16 años 1 mes antes #63107 por Miguel Mtz
Respuesta de Miguel Mtz sobre el tema Re: ACTUALIZACION DE PERDIDAS
yo le doy la razon al auditor como es posible que actualices de dic-06 a junio 09 sin haber hecho tus papeles de trabajo correspondientes a cada ejercicio fiscal.

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16 años 1 mes antes #63109 por martel
Respuesta de martel sobre el tema Re: ACTUALIZACION DE PERDIDAS
hola a todos

Las perdidas fiscales de isr llevan dos actualizaciones
La primera se lleva al cabo en el ejercicio en que esta ocurre, en tu caso,es el 2006, quiero suponer que en años posteriores tuviste utilidad o tambien pudiste tener perdidas, solo que la del año 2006 es la mas antigua y la quieres aplicar a la utilidad del ejercicio2009

La segunda actualizacion es desde la ultima actualizacion hasta el ultimo mes de la primera mitad del ejercicio
donde la aplicas

a mi parecer tu estas en lo correcto

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16 años 1 mes antes #63111 por joluc
Respuesta de joluc sobre el tema Re: ACTUALIZACION DE PERDIDAS
Como dijo jamendoz, tu tienes la razon solo un detalle, la perdida actualizada que usaras en Enero 2009 es la de Jun08/Dic06 y apartir de Jul09 PUEDES ya actualizarla y aplicarla.
Art61 LISR Parrafo 4
Para los efectos de este artículo, el monto de la pérdida fiscal ocurrida en un ejercicio (2006), se actualizará multiplicándolo por el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el primer mes de la segunda mitad del ejercicio en el que ocurrió
En que ejercicio ocurrio? 2006 , cual es el 1er mes de la segunda mitad? Julio 2006, (Si es que fue un Ejercicio COmpleto)
y hasta el último mes del mismo ejercicio el ultimo mes del MISMO ejercicio ? DIciembre 2006

La parte de la pérdida fiscal de ejercicios anteriores ya actualizada pendiente de aplicar contra utilidades fiscales se actualizará multiplicándola por el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes en el que se actualizó por última vez. el ultimo mes que se actualizo fue Diciembre 2009
y hasta el último mes de la primera mitad del ejercicio en el que se aplicará. Aqui que ejercicio se aplicara ? 2009 entonces el ultimo mes de la 1ra mitad= JUNIO 2009

pero en los pagos provisionales de enero 2009, como no tenemos el INPC de junio aplicaremos la de JUNIO 2008..

Suerte y saludos!!!
Y bienvenida aqui en tu casa...

“Nunca consideres el estudio como una obligación sino como una oportunidad para penetrar en el
bello y maravilloso mundo del saber”

Albert Einstein

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