Radio Aportaciones
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

una cooperativa puede contribuir en regimen genera

Más
16 años 1 mes antes #63050 por salomon gonzalez pachuca
buenas tardes



antes de hacer la pregunta. creo que no e slo lo correcto.pero a si esta la situacion.



una cooperativa podra tributar en el regimen generalcomo cualquier persona moral.

es una cooperativa de r.l. dedicada al transporte de carga.

y en el art. 79 dice deberan cumplir en conforme a este capitulo. y menciona las cooperativas de tranporte.

y me llama la atencion eso de debera.

y resulta que rebisando la alata de esta cooperativa esta dada de alta en el regimen general de ley.


y pos ya me sugio problemas, potque como le hago para el calculo y mas me genera la situacion legal, de que es aportacion de trabajo, como les pago a estos.

y en regimen general es resultado fiscal y en otro es calculo de actividad empresarial por cada uno de sus socios


ya me surgio la duda.


como ven, mi preguntar es puede una cooperativa de transporte tributar en el regimen general.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
16 años 1 mes antes #63051 por contadorg
El artículo 79 de Renta establece de manera imperativa que deberán contribuir en el Régimen Simplificado las sociedades cooperativas relacionadas con el transporte de carga federal (fracción V), y por lo tanto, esas no pueden hacerlo a través del Capítulo II de esa Ley ya que es una obligación y no una opción de hacerlo en el Capítulo VII de dicho Título.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
16 años 1 mes antes #63054 por salomon gonzalez pachuca
GRACIAS CONTADOR TE AGRADEZCO MUCHO TU COMENTARIO.

Y ASI ES SABES CUAL ES EL PROBLEMA QUE ASI ESTA DADO DE ALTA EN RFC.


Y LO PEOR DEL CASO ES QUE REALIZO ACTIVIDAD EMPESARIAL FACTURO INGRESO.

TIENE DEDUCIONES, COMO TODO REGIMEN GENERAL



Y LO PEOR DEL CASO TIENE ACTIVIDAD EMPESARIAL CON SUS COOPERATIVISTAS.


PERO ME QUEDO LA DUDA CONTADOR EN EL 79 DICE DEBERAN.

PERO EN EL 10 TAMBIEN DICE LAS PERSONAS MORALES DEBERAN.

Y EN EL 8 LAS COOPEATIVAS SON PESONAS MORALES.


AHI E SDONDE YA NO SUPE Y ME PERDI.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.319 segundos
Gracias a Foro Kunena