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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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Prestamo de socios extranjeros Como registro.

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15 años 11 meses antes #65038 por jamendoz
si el fin del dinero, es capitalizar a la empresa y no va a ser pagado, no es un prestamo, capitalizalo de una vez, para que juegue fiscalmente. y te evitas problemas de partes relacionadas o cualquier otra contingencia

saludos


cp jose antonio mendoza p

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15 años 11 meses antes #65047 por Cpedgarivan
gracias mi estimado, como k contingencias?
y juega en cualquier rubro en el ajuste,
Muchas gracias por su tienpo y atención.

\"Si el hombre no ha descubierto algo por lo k cree k vale la pena morir no esta hecho para vivir\"

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15 años 11 meses antes #65057 por editor20
Cpedgarivan, cualquier relación de negocios con el país Colombia está sujeta a cualquier tipo de inesperada contingencia. Durante 25 años en una agencia aduanal no faltaba ocasión que embarques hacia, o procedentes del hermano país (ahora más hermano que nunca) sufrieran algún tipo de fiscalización extra por las varias dependencias gubernamentales asignadas en los recintos aduanales. Tu caso es SOLAMENTE transferencia de fondos, no en efectivo, por lo tanto al ser en cheques o con transferencias electrónicas estás menos propenso a sufrir investigaciones por lavado de dinero, pero considero debes tomar en cuenta todas y cada una de las sugerencias de los colegas, dadas en base solamente a lo que hasta ahora diste a conocer, y además:
a) préstamo gratuito para financiamiento, entras en el artículo 215 de LISR, ya que son entre partes relacionadas.
b) para capitalizar el importe recibido y los que se reciban posteriormente, hay que checar el límite de inversión extranjera, que si ya se ocupó en la constitución de la empresa te va a ser imposible agregar más capital a menos que también los socios mexicanos aporten para mantener la misma proporción.
c) revisar cuáles otras operaciones se han realizado que tengan alguna relación con el socio extranjero aparte del dinero recibido. Saludos.

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
CAPÍTULO II
DE LAS EMPRESAS MULTINACIONALES
Artículo 215. Los contribuyentes del Título II de esta Ley, que celebren operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero están obligados, para efectos de esta Ley, a determinar sus ingresos acumulables y deducciones autorizadas, considerando para esas operaciones los precios y montos de contraprestaciones que hubieran utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables.
En el caso contrario, las autoridades fiscales podrán determinar los ingresos acumulables y deducciones autorizadas de los contribuyentes, mediante la determinación del precio o monto de la contraprestación en operaciones celebradas entre partes relacionadas, considerando para esas operaciones los precios y montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables, ya sea que éstas sean con personas morales, residentes en el país o en el extranjero, personas físicas y establecimientos permanentes en el país de residentes en el extranjero, así como en el caso de las actividades realizadas a través de fideicomisos.
Para los efectos de esta Ley, se entiende que las operaciones o las empresas son comparables, cuando no existan diferencias entre éstas que afecten significativamente el precio o monto de la contraprestación o el margen de utilidad a que hacen referencia los métodos establecidos en el artículo
216 de esta Ley, y cuando existan dichas diferencias, éstas se eliminen mediante ajustes razonables.
Para determinar dichas diferencias, se tomarán en cuenta los elementos pertinentes que se requieran, según el método utilizado, considerando, entre otros, los siguientes elementos:
I. Las características de las operaciones, incluyendo:
a) En el caso de operaciones de financiamiento, elementos tales como el monto del principal, plazo, garantías, solvencia del deudor y tasa de interés;
b) En …..
II. Las funciones o actividades, incluyendo los activos utilizados y riesgos asumidos en las operaciones, de cada una de las partes involucradas en la operación;
III. Los términos contractuales;
IV. Las circunstancias económicas; y
V. Las estrategias de negocios, incluyendo las relacionadas con la penetración, permanencia y ampliación del mercado.
Cuando …..
Se considera que dos o más personas son partes relacionadas, cuando una participa de manera directa o indirecta en la administración, control o capital de la otra, o cuando una persona o grupo de personas participe directa o indirectamente en la administración, control o capital de dichas personas.
Tratándose ……

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15 años 11 meses antes #65070 por Cpedgarivan
muchas gracias mi estimado, te lo agradezco infinitamente ampliaste el panorama, ahora intentare checarlo en inversiones extranjeras que su pagina no sirve ya

\"Si el hombre no ha descubierto algo por lo k cree k vale la pena morir no esta hecho para vivir\"

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