Radio Aportaciones
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

LOS COLEGIOS PROFESIONALES ESTAN OBLIGADOS A PAGAR

Más
15 años 11 meses antes #65296 por ISIDORO
BUENSA TARDES FORO ALGUIEN ME PUEDE AYUDAR SI LOS COLEGIOS PROFESIONALES PAGAN IETU ES UN SC ME DE ACUERDO AL ART. 4 LITU NO PAGA PERO ME COMENTA UN COLEGA QUE SOLO LOS QUE TIENEN AUTORIZACION DE LA SEP, NO ENCUENTRO EL FUNADMENTO LEGAL

SALUDOS

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
15 años 10 meses antes #65301 por congresista
si no se encuentra en la lista de los que no pagan ietu en el articulo 4 de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Unica, debe de pagar el ietu.

esperemos otro comentario al respecto.


atte

congresista

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
15 años 10 meses antes #65308 por a_cano
Buena noche:

El artículo 4 de la LIETU, señala lo siguiente:

No se pagará el impuesto empresarial a tasa única por los siguientes ingresos:

[...]

d) Cámaras de comercio e industria, agrupaciones agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas,colegios de profesionales, así como los organismos que las agrupen, asociaciones patronales y las asociaciones civiles y sociedades de responsabilidad limitada de interés público que administren en forma descentralizada los distritos o unidades de riego, previa concesión o permiso respectivo, y los organismos que conforme a la ley agrupen a las sociedades cooperativas, ya sea de productores o de consumidores. Quedan incluidas en este inciso las asociaciones civiles que de conformidad con sus estatutos tengan el mismo objeto social que las cámaras y confederaciones empresariales.

Conclusión: El artículo 4 inciso d) de la LIETU, NO señala requisito o condición alguna...

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
15 años 10 meses antes #65315 por ISIDORO
GRACIAS CONGRESISTA GRACIAS CANO POR SUS RESPUESTA

EN LA PAGINA DEL SAT EXISTE INFORMACION AL RESPECTO QUE ACONTINUACION LO TRANSCRIBO

LAS ESCUELAS O INSTITUCIONES DE ENSEÑAÑNZAS ESTAN OBLIGADOS A PAGAR IETU

las escuelas o instituciones de enseñanzas constituidas como sociedades o asociaciones de caracter civil con autorizacion o reconocimiento de valides oficial de estudios, asi como las instituciones creadas por decreto presidencial o por ley, cuyo objeto sea la enseñanza, que no cuente con autorizacion para recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta, estan obligados al pago del IETU

ES POR ESO QUE ESTOY CONFUNDIDO ABRA ALGUNA REGLA O JURISPRUDENCIA ACERCA DE ESTE TEMA

ESPERO SUS OPINIONES

SALUDOS

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
15 años 10 meses antes - 15 años 10 meses antes #65319 por a_cano
Buen día:

Entonces, tienes que definir si se trata de un Colegio de Profesionistas o se trata de una Institución de enseñanza.

En virtud de que, los Colegios de Profesionistas están regulados por la Ley y Reglamento del artículo 5o. Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal. La Dirección General de Profesiones de la SEP es la dependencia que tiene a su cargo la función de vigilar el ejercicio profesional y de fungir como enlace entre el Estado, los colegios y organizaciones de profesionistas.

A su vez, las Instituciones de Enseñanza son las que imparten enseñanza con previo permiso de parte de la SEP.

El artículo 54 de la Ley General de Educación, señala:

[...]

La autorización y el reconocimiento serán específicos para cada plan de estudios. Para impartir nuevos estudios se requerirá, según el caso, la autorización o el reconocimiento respectivos.

[...]

Saludos
Última Edición: 15 años 10 meses antes por a_cano.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.274 segundos
Gracias a Foro Kunena