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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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FACTURA DE MOSTRADOR

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15 años 10 meses antes #65799 por pipis_sc
hola ojala me puedan ayudar, es sobre el llenado de una factura de venta de mostrador

tengo una empresa persona moral, expide solo facturas, llego un cliente a realizar una compra y solicita comprobante el no tiene R.F.C no es contribuyente, le voy expedir una factura como sigue:

nombre cliente: venta de mostrador

comcepto: XXXXXX....

importe: 1600.00
IVA : 0.00
total: 1600.00

el importe de los 1,600.00 ya tiene incluido el iva,...mi duda es el renglon del iva.
1.- se le pone 0(cero)
2.- o se escribe IVA INCLUIDO
3.- o se dezgloza el iva


ojala me pudieran ayudar y proporcionarme los fundamentos..

de ante mano gracias

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15 años 10 meses antes #65800 por mozart
Respuesta de mozart sobre el tema Re: FACTURA DE MOSTRADOR
hola.

Por el mero hecho de no tener rfc completo ( homo clave ) ¿ deseas un fundamento para no desglozar el iva ?.

pues asi como lo deseas.. al parecer no hay.

¿ La persona moral unicamente se dedica a facturar ?. no entiendo, esa parte..¿ su actividad cual es ?

saludos :laugh:

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15 años 10 meses antes #65807 por pipis_sc
Respuesta de pipis_sc sobre el tema Re: FACTURA DE MOSTRADOR
hola mozart

mira la empresa se dedica a la compra venta de refacciones maq de coser..PM, me refiero a que solo expide factura es porq no da notas de venta. solo facturas en este caso seria una venta al publico en general ( en el concepto en el lugar del nombre yo le anoto factura de mostrador) .mi duda es la anotacion en el concepto de iva

a ver si es asi:
el de separar iva no lo debo de hacer de acuerdo al 29 29A CFF. lo dice art. 32 fracc.III LIVA primer parrafo

ahora art. 32 fracc.III LIVA se incluira el iva en el precio cuando se trate con ventas al publico en general

como seria el llenado en donde esta mi duda a ver si me explique un poco mas :blush:

importe 1,600.00
iva : incluye iva
total: 1,60000

o

importe 1,600.00
iva 0.00
total 1,600.00 :blush:

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15 años 10 meses antes #65809 por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: FACTURA DE MOSTRADOR
pipis_sc, transcribo lo siguiente de LIVA:
Mientras buscaba esto aportaste más datos, mi opinión es que debes poner como tu primer ejemplo: IVA INCLUÍDO. Saludos.

LEY DE IVA
CAPITULO VII
De las obligaciones de los contribuyentes
Artículo 32.- Los obligados al pago de este impuesto y las personas que realicen los actos o actividades a que se refiere el artículo 2o.-A tienen, además de las obligaciones señaladas en otros artículos de esta Ley, las siguientes:

FRACCIÓN III
Párrafo quinto
Cuando se trate de actos o actividades que se realicen con el público en general, el impuesto se incluirá en el precio en el que los bienes y servicios se ofrezcan, así como en la documentación que se expida. .....

Párrafo séptimo
En todo caso, los contribuyentes estarán obligados a trasladar el impuesto en forma expresa y por separado en la documentación a que se refiere esta fracción, cuando el adquirente, el prestatario del servicio o quien use o goce temporalmente el bien, así lo solicite. Lo dispuesto en este párrafo no se aplicará tratándose de los contribuyentes a que se refiere el artículo 2o.-A de esta Ley.

REGLAMENTO DE LIVA
Artículo 72. De conformidad a lo establecido en el artículo 32, fracción III, quinto párrafo de la Ley, se entenderá que se realizan actos o actividades con el público en general cuando se trate de operaciones efectuadas por contribuyentes dedicados a actividades comerciales, en los términos del artículo 16, fracción I del Código Fiscal de la Federación, excepto cuando se trate de mayoristas, medio mayoristas o envasadores.

Tratándose de la prestación de servicios, en todo caso se considerará que los actos o actividades se realizan con el público en general.

En los servicios de teléfono, energía eléctrica, hotelería incluyendo los servicios complementarios, restaurantes, suministro de gas y aerotransporte, así como en el arrendamiento de vehículos, invariablemente el impuesto se incluirá en el precio en el que los bienes y servicios se ofrezcan, pero en el comprobante que se expida con motivo de estas operaciones el contribuyente podrá trasladar el impuesto en forma expresa y por separado, inclusive en servicios que preste al público en general.

El precio que se cobre al cliente deberá ser siempre el mismo, independientemente de que el impuesto se traslade dentro del precio o en forma expresa y por separado de él.

Los contribuyentes que realizan actos o actividades con el público en general que deban trasladar el impuesto, para determinar el valor de la contraprestación pactada dividirán el precio incluyendo el impuesto, entre 1.10 ó 1.15, según se trate de operaciones afectas a la tasa del 10% ó 15%, el cociente que se obtenga de esta división deberá calcularse hasta el centésimo. El resultado obtenido se restará al monto total de la operación y la diferencia será el impuesto. Esta misma operación se asentará en los libros de contabilidad.

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