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duda,recicladora + autofactura
- ernye
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15 años 9 meses antes #66714
por ernye
duda,recicladora + autofactura Publicado por ernye
muy buenas mi duda es la sig.
si alguien me podria orientar de como exactamente se maneja la autofacturacion en una empresa recicladora la cual le compra cobre,bronce,aluminio,radiadores,soldadura. al publio en general. (la persona trae unas autofacturas las cuales traen el 5%de retencion de iva ese se aplica para cualquier persona y monto.)
de antemano muchas gracias espero su aportaciones.
si alguien me podria orientar de como exactamente se maneja la autofacturacion en una empresa recicladora la cual le compra cobre,bronce,aluminio,radiadores,soldadura. al publio en general. (la persona trae unas autofacturas las cuales traen el 5%de retencion de iva ese se aplica para cualquier persona y monto.)
de antemano muchas gracias espero su aportaciones.
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- contadorg
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15 años 9 meses antes #66723
por contadorg
Respuesta de contadorg sobre el tema Re: duda,recicladora + autofactura
ernye:
Estoy adecuando, para tu caso, una respuesta otorgada con anterioridad a una pregunta similar a la tuya.
Mediante la publicación de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la RMF para 2008, quedó derogada la figura de autofacturación a que se referían los capítulos I.2.5. y II.2.5.
Entonces, sí actualmente la están aplicando, las adquisiciones que realicen podrá considerarlas no deducibles la autoridad fiscal sin que exista defensa para el contribuyente.
En sustitución de la autofacturación se adicionaron los capítulos I.2.22. -“Expedición de comprobantes fiscales digitales por las ventas realizadas y servicios prestados por personas físicas”- y II.2.28. -Requisitos de expedición de comprobantes fiscales digitales por las ventas realizadas y servicios prestados por personas físicas- señalándose los procedimientos aplicables para la inscripción ante el RFC de los enajenantes así como respecto de la emisión de comprobantes fiscales que deben emitir las personas físicas a las que les resultaba aplicable la figura comentada.
Sin embargo, la figura en comento no resulta aplicable para desperdicios industrializables como sucedía respecto de la autofactura puesto que en el esquema actual fue omitido lo concerniente a la adquisición de los mismos.
Por lo tanto, considero que se debe hacer consulta personal ante la autoridad fiscal pretendiendo obtener una resolución particular para la aplicación de la figura de “Expedición de comprobantes fiscales digitales por las ventas realizadas y servicios prestados por personas físicas” considerando que, generalmente, los enajenantes de los desperdicios pertenecen a un sector –de pepenadores- que no se encuentra inscrito ante el RFC.
Además te recomiendo el estudio de las normas que menciono así como de la sección I.2.23.5. De los Esquemas Aplicables a Comprobantes Fiscales Digitales, en especial las reglas I.2.23.5.1 a I.2.23.5.3 -del capítulo I.2.23. adicionado en la Primera resolución de modificaciones a la RMF 2010 publicada el 14 de Septiembre de este año.
Estoy adecuando, para tu caso, una respuesta otorgada con anterioridad a una pregunta similar a la tuya.
Mediante la publicación de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la RMF para 2008, quedó derogada la figura de autofacturación a que se referían los capítulos I.2.5. y II.2.5.
Entonces, sí actualmente la están aplicando, las adquisiciones que realicen podrá considerarlas no deducibles la autoridad fiscal sin que exista defensa para el contribuyente.
En sustitución de la autofacturación se adicionaron los capítulos I.2.22. -“Expedición de comprobantes fiscales digitales por las ventas realizadas y servicios prestados por personas físicas”- y II.2.28. -Requisitos de expedición de comprobantes fiscales digitales por las ventas realizadas y servicios prestados por personas físicas- señalándose los procedimientos aplicables para la inscripción ante el RFC de los enajenantes así como respecto de la emisión de comprobantes fiscales que deben emitir las personas físicas a las que les resultaba aplicable la figura comentada.
Sin embargo, la figura en comento no resulta aplicable para desperdicios industrializables como sucedía respecto de la autofactura puesto que en el esquema actual fue omitido lo concerniente a la adquisición de los mismos.
Por lo tanto, considero que se debe hacer consulta personal ante la autoridad fiscal pretendiendo obtener una resolución particular para la aplicación de la figura de “Expedición de comprobantes fiscales digitales por las ventas realizadas y servicios prestados por personas físicas” considerando que, generalmente, los enajenantes de los desperdicios pertenecen a un sector –de pepenadores- que no se encuentra inscrito ante el RFC.
Además te recomiendo el estudio de las normas que menciono así como de la sección I.2.23.5. De los Esquemas Aplicables a Comprobantes Fiscales Digitales, en especial las reglas I.2.23.5.1 a I.2.23.5.3 -del capítulo I.2.23. adicionado en la Primera resolución de modificaciones a la RMF 2010 publicada el 14 de Septiembre de este año.
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15 años 9 meses antes #66907
por ernye
Respuesta de ernye sobre el tema Re: duda,recicladora + autofactura
muchas gracias por tu respuesta quedan aclaradas mis dudas.
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