- Mensajes: 8
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
FUNDAMENTO LEGAL PARA DEDUCIR GASTOS DE LUZ A NOMB
- GERONIMO
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Fresh Boarder
-
Menos
Más
15 años 7 meses antes #67951
por GERONIMO
FUNDAMENTO LEGAL PARA DEDUCIR GASTOS DE LUZ A NOMB Publicado por GERONIMO
Buenas tardes a todos
Espero que alguien pueda ayudarme con esta duda, que necesito resolver:
En la empresa se están pagando los servicios de energía electrica, sin embargo, dichos comprobantes están a nombre d eun tercero, puesto que la empresa renta el establecimiento, alguién conoce el fundamento legal para poder deducir estos gastos.
De antemano agardezco su apoyo, saludos.
Espero que alguien pueda ayudarme con esta duda, que necesito resolver:
En la empresa se están pagando los servicios de energía electrica, sin embargo, dichos comprobantes están a nombre d eun tercero, puesto que la empresa renta el establecimiento, alguién conoce el fundamento legal para poder deducir estos gastos.
De antemano agardezco su apoyo, saludos.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- CP_ABB
- Fuera de línea
- Gold Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 221
- Gracias recibidas: 0
15 años 7 meses antes #67956
por CP_ABB
Respuesta de CP_ABB sobre el tema Re: FUNDAMENTO LEGAL PARA DEDUCIR GASTOS DE LUZ A NOMB
No existe, probablemente tu lo estes confundiendo con uno que dice "gastos pagados por un tercero", pero es algo completamente diferente a lo que preguntas. Yo te recomiendo que cambies el contrato, y lo pongas a nombre de quien paga. Esa es mi opinion, a menos que alguno de los colegas tenga un as bajo la manga y lo comparta.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- GERONIMO
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Fresh Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 8
- Gracias recibidas: 0
15 años 7 meses antes #67957
por GERONIMO
Respuesta de GERONIMO sobre el tema Re: FUNDAMENTO LEGAL PARA DEDUCIR GASTOS DE LUZ A NOMB
Te agradezco mucho, sin embargo, no estoy confundido, para que se entienda mejor cambiaré la redacción:
En la empresa se están pagando los servicios de energía electrica, sin embargo, dichos comprobantes están a nombre de la persona que nos renta el local y no a nombre de mi empresa, puesto que rentamos el establecimiento, alguién conoce el fundamento legal para poder deducir estos gastos.
Muchas garcias
En la empresa se están pagando los servicios de energía electrica, sin embargo, dichos comprobantes están a nombre de la persona que nos renta el local y no a nombre de mi empresa, puesto que rentamos el establecimiento, alguién conoce el fundamento legal para poder deducir estos gastos.
Muchas garcias
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- congresista
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 513
- Gracias recibidas: 0
15 años 7 meses antes #67962
por congresista
Respuesta de congresista sobre el tema Re: FUNDAMENTO LEGAL PARA DEDUCIR GASTOS DE LUZ A NOMB
No es deducible;
debe contener los datos de la empresa la facturacion de Energía.
saludos
congresista
debe contener los datos de la empresa la facturacion de Energía.
saludos
congresista
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- JRVALLES
- Fuera de línea
- Expert Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 91
- Gracias recibidas: 0
15 años 7 meses antes #67968
por JRVALLES
Respuesta de JRVALLES sobre el tema Re: FUNDAMENTO LEGAL PARA DEDUCIR GASTOS DE LUZ A NOMB
Que tal??
Siempre hay que buscar alternativas y no cerrarse.
Que pasa si lo pagas por medios electronicos y lo deduces con el estado de cuenta, esto segun el articulo 29-c del CFF
"En las transacciones de adquisiciones de bienes, del uso o goce temporal de bienes, o de la prestación de servicios en que se realice el pago mediante cheque nominativo para abono en cuenta del beneficiario, mediante traspasos de cuenta en instituciones de crédito o casas de bolsa, tarjeta de crédito, débito o monedero electrónico, podrá utilizar como medio de comprobación para los efectos de las deducciones o acreditamientos autorizados en las Leyes fiscales, el original del estado de cuenta de quien realice el pago citado, siempre que se cumpla lo siguiente:"
Es decir, tu pagas electronicamente el servicio y haces tu deduccion con el estado de cuenta bancario, el cual sustituye al recibo.
Que te parece?
Saludos
Siempre hay que buscar alternativas y no cerrarse.
Que pasa si lo pagas por medios electronicos y lo deduces con el estado de cuenta, esto segun el articulo 29-c del CFF
"En las transacciones de adquisiciones de bienes, del uso o goce temporal de bienes, o de la prestación de servicios en que se realice el pago mediante cheque nominativo para abono en cuenta del beneficiario, mediante traspasos de cuenta en instituciones de crédito o casas de bolsa, tarjeta de crédito, débito o monedero electrónico, podrá utilizar como medio de comprobación para los efectos de las deducciones o acreditamientos autorizados en las Leyes fiscales, el original del estado de cuenta de quien realice el pago citado, siempre que se cumpla lo siguiente:"
Es decir, tu pagas electronicamente el servicio y haces tu deduccion con el estado de cuenta bancario, el cual sustituye al recibo.
Que te parece?
Saludos
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- GERONIMO
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Fresh Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 8
- Gracias recibidas: 0
15 años 7 meses antes #67971
por GERONIMO
Respuesta de GERONIMO sobre el tema Re: FUNDAMENTO LEGAL PARA DEDUCIR GASTOS DE LUZ A NOMB
Me parace una muy beuna opción, pero no quiero dejar de hacer deducible los pagos que ya se hicieron en 2010, gracias por tu valiosa ayuda.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
Tiempo de carga de la página: 0.697 segundos