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INGRESOS ROBADOS

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15 años 8 meses antes #67967 por antonio60m
Hace unos dias un cliente sufrio un asalto en sus oficinas, en la cual se concentra todo la operacion del negocio, incluyendo el efectivo (este tipo de negocio es un restaurante) y los depositos en efectivo se realizan al dia siguiente. La pregunta es ¿Tengo que pagar impuestos por lo que nos robaron? ¿De que manera o forma demuestro que dichos ingresos obtenidos no los tengo?
Gracias de antemano por sus comentarios y paciencia.

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15 años 8 meses antes - 15 años 8 meses antes #67978 por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: INGRESOS ROBADOS
Buena noche:

Me permito transcribir criterio normativo del SAT, que señala lo siguiente:

54/2009/ISR Deducción de pérdidas por caso fortuito y fuerza mayor.

A. Una pérdida de dinero en efectivo derivada de un robo o fraude podrá ser deducida en los términos del artículo 29, fracción VI de la Ley del Impuesto sobre la Renta como caso de fuerza mayor, siempre que se reúnan los siguientes requisitos:

1. Que las cantidades perdidas, cuya deducción se pretenda, se hubieren acumulado para los efectos del impuesto sobre la renta.

2. Que se acrediten los elementos del cuerpo del delito. Para ello, el contribuyente deberá de denunciar el delito y contar con copia certificada del auto de cabeza de proceso o de radicación, emitido por el juez competente. Dicha copia certificada deberá exhibirse a requerimiento de la autoridad fiscal.

Las cantidades que se recuperen se acumularán de conformidad con el artículo 20, fracción VII de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Igualmente, el contribuyente volverá a acumular las cantidades deducidas conforme al presente criterio en caso de que la autoridad competente emita conclusiones no acusatorias, confirmadas, en virtud de que las investigaciones efectuadas hubieran indicado que los elementos del tipo no estuvieren acreditados, y el juez hubiere sobreseído el juicio correspondiente.

En relación con el párrafo anterior, en los casos de que no se acredite la pérdida de dinero en efectivo o la que se derive por robo o fraude, la cantidad manifestada por el contribuyente como pérdida, deberá acumularse previa actualización de conformidad con el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación, desde el día en que se efectuó la deducción hasta la fecha en que se acumule.

B. En caso de que la pérdida de bienes a que se refiere el artículo 43 de la Ley del Impuesto sobre la Renta derive de la comisión de un delito, el contribuyente para realizar la deducción correspondiente deberá cumplir con el requisito a que se refiere el numeral 2 del rubro anterior.

Conclusión: el contribuyente deberá acumular lo robado, tanto para ISR como para IETU, así como pagar el IVA correspondiente. Para deducir el importe robado en términos del artículo 29 fracción VI de la LISR, con lo indica el critero normativo del SAT, deberá denunciar el delito y contar con copia certificada del auto de cabeza de proceso o de radicación, emitido por el juez competente.

Espero haberte ayudado.
Última Edición: 15 años 8 meses antes por a_cano.

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15 años 8 meses antes #67981 por antonio60m
Respuesta de antonio60m sobre el tema Re: INGRESOS ROBADOS
Te agradezco la orientacion, me ha sido de mucha utilidad.

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15 años 8 meses antes #67991 por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: INGRESOS ROBADOS
¿Persona fisica?, ¿Persona Moral?

El criterio a seguir ya ha sido aportado, el efecto practico va a depender del tipo de contribuyente.

De ser persona moral se vera lesionada de manera inmediata en el pago de IVA e ISR, no ha asi en el del IETU. De ser persona fisica su agravio lo resentira directamente en el pago de IVA.

La cuestion es simple, el ingreso ya lo obtuvo y debe acumular, si es ISR al ser persona moral paga en funcion de un coeficiente de utilidad, es decir, no impacta las deducciones, por lo que en provisionales de nada le sirve la deduccion... En materia de IVA se ve igualmente afectado por el hecho de que la deduccion no le va a generar IVA acreditable alguno.

Ello deja un escenario tentativo o tentador segun se vea, si el grueso de la venta fue en efectivo, si no expidio facturas... ¿Como podria alguien darse cuenta de cuanto debio acumular?

saludos

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15 años 8 meses antes #68002 por antonio60m
Respuesta de antonio60m sobre el tema Re: INGRESOS ROBADOS
Agradezco la aclaracion y el comentario al respecto; te comento que se expiden notas de venta mediante un sistema de punto de venta que permite general los comprobantes fiscales. Cuando el cliente pide la factura se le genera en ese momento; pero en el caso de publico en general dicha factura se general al final de cada turno.

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