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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Uso simultaneo de comprobantes
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15 años 7 meses antes #68853
por congresista
Uso simultaneo de comprobantes Publicado por congresista
dice textualmente la regla:
I.2.11.8 TERCERA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010 y sus anexos 1 y 1-A.
Para los efectos del artículo 42, fracción II del Reglamento del CFF y Décimo, fracción II de las Disposiciones Transitorias del CFF, del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes del Impuesto sobre la Renta, del Impuesto a los Depósitos en Efectivo y del Impuesto al Valor ...
los contribuyentes que hubieran optado por emitir CFD podrán seguir utilizando los comprobantes impresos en establecimientos autorizados y emitirlos simultáneamente, sin que sea necesario que dictaminen sus estados financieros, siempre que incluyan en el reporte mensual que establece la regla II.2.23.4.1., fracción IV los datos de los comprobantes fiscales impresos siguientes:
en el caso de que no imprimió comprobantes en establecimiento autorizados (IMPRENTA AUTORIZADAS) en 2010 porque inicio operaciones en diciembre del 2010 y al mismo tiempo optó por expedir CFD, en este año se ve en la necesidad de expedir comprobantes con CBB lo puede hacer? la regla dice: podrá seguir utilizando comprobantes impresos en establecimiento autorizados ( hubiese añadido; asi como los comprobantes con CBB)
sus comentarios al respecto; gracias.
saludos
congresista
I.2.11.8 TERCERA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010 y sus anexos 1 y 1-A.
Para los efectos del artículo 42, fracción II del Reglamento del CFF y Décimo, fracción II de las Disposiciones Transitorias del CFF, del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes del Impuesto sobre la Renta, del Impuesto a los Depósitos en Efectivo y del Impuesto al Valor ...
los contribuyentes que hubieran optado por emitir CFD podrán seguir utilizando los comprobantes impresos en establecimientos autorizados y emitirlos simultáneamente, sin que sea necesario que dictaminen sus estados financieros, siempre que incluyan en el reporte mensual que establece la regla II.2.23.4.1., fracción IV los datos de los comprobantes fiscales impresos siguientes:
en el caso de que no imprimió comprobantes en establecimiento autorizados (IMPRENTA AUTORIZADAS) en 2010 porque inicio operaciones en diciembre del 2010 y al mismo tiempo optó por expedir CFD, en este año se ve en la necesidad de expedir comprobantes con CBB lo puede hacer? la regla dice: podrá seguir utilizando comprobantes impresos en establecimiento autorizados ( hubiese añadido; asi como los comprobantes con CBB)
sus comentarios al respecto; gracias.
saludos
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15 años 7 meses antes #68867
por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: Uso simultaneo de comprobantes
congresista, el tercer párrafo siguiente a la fracción VII del artículo 29 del CFF autoriza lo que preguntas, ya que dá la opción de que quien emita facturación electrónica puede emitir simultáneamente papel por importe menor de $2,000, o sea con el ya bautizado código bipolar y siempre que no le agregue al imprimirlos el folio, sello digital y certificado de sello digital que se mencionan en las fracciones II y IX del artículo 29-A del mismo CFF. No olvidar que en abril se deberá proporcionar el primer reporte trimestral respecto al uso de éste tipo de comprobantes. Saludos.
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15 años 7 meses antes #68923
por congresista
Respuesta de congresista sobre el tema Re: Uso simultaneo de comprobantes
en el caso de contribuyentes que optaron por emitir CFD sin que hayan estado en la situación de ser obligatorio por el monto de sus ingresos en el ejercicio fiscal 2009, toda vez que iniciaron operaciones en el ejercicio fiscal 2010 y se estima que sus ingresos no rebasará de $4,000,000.00 anuales; estos contribuyentes podrá expedir comprobantes con CBB por un monto mayor a lo establecido en el CFF que cita:
Tratándose de operaciones cuyo monto no exceda de $2,000.00, los contribuyentes podrán emitir sus comprobantes fiscales en forma impresa por medios propios o a través de terceros, siempre y cuando reúnan los requisitos que se precisan en el artículo 29-A de este Código, con excepción del previsto en las fracciones II y IX del citado precepto.
fundamento legal efectivamente tal como lo señaló el compañero editor20 el tercer párrafo siguiente a la fracción VII del artículo 29 del CFF ; gracias por el comentario editor20.
espero sus comentarios al respecto
saludos y buen día
congresista
Tratándose de operaciones cuyo monto no exceda de $2,000.00, los contribuyentes podrán emitir sus comprobantes fiscales en forma impresa por medios propios o a través de terceros, siempre y cuando reúnan los requisitos que se precisan en el artículo 29-A de este Código, con excepción del previsto en las fracciones II y IX del citado precepto.
fundamento legal efectivamente tal como lo señaló el compañero editor20 el tercer párrafo siguiente a la fracción VII del artículo 29 del CFF ; gracias por el comentario editor20.
espero sus comentarios al respecto
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15 años 7 meses antes #68967
por congresista
Respuesta de congresista sobre el tema Re: Uso simultaneo de comprobantes
PRIMERA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010 y su anexo 1-A.
QUINTO. Para los efectos de la regla I.2.23.2.2., durante los meses de enero a marzo de 2011, los contribuyentes obligados a expedir comprobantes por las actividades que realicen podrán expedirlos en forma impresa, aun y cuando sus ingresos acumulables del ejercicio inmediato anterior hubieran excedido de $4,000,000.00.
podrá expedirce comprobantes con CBB sin importar que monto durante los primeros tres mesese de este año.
saludos
QUINTO. Para los efectos de la regla I.2.23.2.2., durante los meses de enero a marzo de 2011, los contribuyentes obligados a expedir comprobantes por las actividades que realicen podrán expedirlos en forma impresa, aun y cuando sus ingresos acumulables del ejercicio inmediato anterior hubieran excedido de $4,000,000.00.
podrá expedirce comprobantes con CBB sin importar que monto durante los primeros tres mesese de este año.
saludos
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