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TABLA DE ISR SEMANAL ELEVADA PARA PAGOS DE 14X14

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15 años 6 meses antes #69625 por novelo39
Buenos Dias,
compañeros de aportaciones fiscales,

Tengo una duda sobre la forma en que en mi empresa se estan calculando el impuesto de los salarios,

Espero contar con su apoyo para proplema que ya me dio lata.
ejeje

bueno el duda es la siguiente.


la empresa se dedica al mantenimiento de plataformas petroleras y tenemos pagos de 14x14 28x14 28x28 y hasta 42x42. es decir en la de 14x14 se pagan 14 dias de trabajos por 14 de descansos, solo que se paga todo el periodo al finalizar los primeros 14 dias.



como las tablas que se publican en el sat solo hay diaria, semanal, quincenal y mensual.

nosotros elevamos la tabla semanal a pa periodicidad de pago, es decir el pago de 28 dias (14x14) aplicamos la semanal elevada a 4, y asi sucecivamente con los demas tipos de pago.


sin embargo no cuento con un fundameto del por que elevo la tabla. para dichos pagos.

los asesores me dicen que debo usar el procedimiento del 148, sin embargo no me parece ya que no es por razones no imputables al trabajador. ya que es su salario.

espero me puedan apoyar con este tema que ya no se que hacer.

De ante mano les agradezco sus comentarios que como siempre son muy acertados.

Saludos Cordiales,

LAE. Jesus Vidal Novelo

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15 años 6 meses antes #69649 por Contribuyente
Buenas noches.

La forma como la autoridad fiscal deteermina las tablas "proporcionales", devienen de la tabla anual.

Si revisas la tabla mensual, cada cantidad equivale a la doceava parte de la anual, sin tomar en cuenta los meses de 28, 30 ó 31 días. Por consiguiente, siempre resultará un ajuste a las retenciones que sobre la tabla mensual se realizaron,pues al aplicar la tabla anual (La "básica")se deja de lado al menos 1 día y hasta se batalla para aplicarla, pues nos encontramos conque el descuento de la primera y de la última semanas del año no siempre se realizan dentro del propio ejercicio. Sobre todo en los pagos "semanales", "decenales", "docenales" y "catorcenales".

A mi modo de entender estos descuentos, sería más correcto tomar los importes de la Tarifa anual, dividirlos entre 365 y elevarlos al número de días que se están pagando, lo que considero resultaría justo para el trabajador.

Si hacemos cualquier otro cálculo, como dividir entre 12, ó 24 ó 52... etc, estamos siendo "justos" (?) con la autoridad. Como eso es lo que a la citada le interesa, eso es lo que recomienda (ordena).

Hasta luego.

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15 años 6 meses antes #69668 por novelo39
gracias por el comentario,

lo comentare con los asesores haber como quedamos.

Saludos Compañero

LAE. Jesus Vidal Novelo

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