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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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no puede ser... bueno si...

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15 años 5 meses antes #70043 por ezcorpion
Buenas tardes:

Tenía entendido que las deducciones de una PM debían estar debidamente pagadas a mas tardar a la presentación de la declaración anual para que fueran deducibles.

Pero revisando el Art.31 Fracc IX y 39 RISR aplicaría solo a Personas físicas.

Esto debido a que quiero deducir compras de 2010 de una PersonA Moral en ese mismo ejercicio que se pagarán con cheque hasta despues de la declaración anual, entonces SI Puedo deducirlas. cierto colegas??

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15 años 5 meses antes #70047 por mikecoz81
Respuesta de mikecoz81 sobre el tema Re: no puede ser... bueno si...
Buenas noches.

Para ISR si se puede deducir, pero no asi para IETU.

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15 años 5 meses antes #70055 por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: no puede ser... bueno si...
ezcorpion, no dices de qué tipo de PM es tu caso, pero así como lo pones, las compras no se deducen en una PM sino a travéz del costo de ventas, el cual debes de construír considerando la deducibilidad o no de cada partida que lo integren. La fracción IX del artículo 31 a la que te refieres dice que si las compras se las hiciste a una PF las podrás deducir hasta que las pagues. Saludos.

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15 años 5 meses antes #70062 por ezcorpion
Respuesta de ezcorpion sobre el tema Re: no puede ser... bueno si...
Muchas Gracias Mikecos81 y Editor20,
creanme que aprendí algo nuevo, pues lo tenía aprendido erróneamente.

Gracias

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