Radio Aportaciones
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

Grava Iva Transportes de Personal?

Más
15 años 5 meses antes #70493 por congresista
Una constructora hace convenio con una Persona Moral que su actividad es Servicio Publico de Urbano, por lo que transporta personas en general excento de IVA, se le evio una factura sin iva a la contructora y este le pide que vaya el comprobante con el IVA correspondiente; cual es su opinion al respecto.

congresista

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
15 años 5 meses antes - 15 años 5 meses antes #70494 por bandido
Respuesta de bandido sobre el tema Re: Grava Iva Transportes de Personal?
90/2007/IVA Transporte público terrestre de personas, excepto el de
ferrocarril.
La Ley del Impuesto al Valor Agregado en su artículo 15, fracción V,
establece que no se pagará dicho impuesto por la prestación del servicio
de transporte público terrestre de personas, excepto de ferrocarril.
Encuadran en este supuesto los servicios de transporte terrestre de
personas, prestados al amparo de los permisos o concesiones vigentes,
que sean definidos por las disposiciones de la materia como transporte
público o que no sean definidas como transporte privado.
Así, a nivel federal, se ubican en el supuesto del artículo 15, fracción V
de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, quienes cuenten con permiso
vigente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para prestar
los servicios de autotransporte de pasajeros y de turismo, en cualquiera
de sus variantes, expedidos de conformidad con la Ley de Caminos,
Puentes y Autotransporte Federal y sus disposiciones reglamentarias,
exclusivamente por los servicios que, al amparo de dichos permisos,
presten a personas. Este tratamiento, de conformidad con el Artículo
Sexto Transitorio de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte
Federal, sería extensivo a aquellos contribuyentes que tengan
concesiones o permisos equivalentes, expedidos conforme a la Ley de
Vías Generales de Comunicación y las disposiciones reglamentarias
correspondientes.
Igualmente, estarían exentos del pago del impuesto al valor agregado
los servicios de transporte público de personas realizados al amparo de
concesiones o permisos otorgados por las autoridades estatales de
conformidad con las leyes u ordenamientos correspondientes.
Cabe señalar que la exención sólo es aplicable al servicio de transporte
público de personas y no al servicio de paquetería que pudieren prestar
los mismos contribuyentes, el cual estará gravado a la tasa general.



Es claro el criterio del SAT en diferenciar TRASPORTE PUBLICO y TRASPORTE PRIVADO
Última Edición: 15 años 5 meses antes por bandido.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
15 años 5 meses antes #70498 por congresista
se puede deducir que en este caso no se debe expedir comprobantes con iva, ya que la persona moral cuenten con permiso vigente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para prestar los servicios de autotransporte de pasajeros y de turismo.

gracias Bandido

saludos

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
15 años 5 meses antes #70555 por bandido
Respuesta de bandido sobre el tema Re: Grava Iva Transportes de Personal?
bueno.. ese no es mi criterio.., mi criterio es que si la operación es para servicio público SÍ está exento., pero en este caso es para servicio privado, independietemente que la empresa tenga un convenio para el transporte público

La empresa que recibe ese servicio NO podrá deducir el gasto si se refiere a un servicio público, sólo lo podrá deducir si se refiere a un transporte privado, que en este caso DEBE de tener IVA desglozado para especificar que fué un servicio de transporte privado

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
15 años 5 meses antes #70558 por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: Grava Iva Transportes de Personal?
Buena tarde:

El artículo 15 Fracción V de la LIVA, establece que no se pagará IVA por el transporte público terrestre de personas… más no se refiere al transporte privado de personas, por lo tanto, se concluye que el servicio de transporte privado de pasajeros se encuentra obligado a aplicar la tasa general del 16% del IVA.

Saludos

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
15 años 5 meses antes #70576 por CPHugoocejo
En efecto mi estimado Abraham.....¿ Existe una prestación de servicios???????.....numeral 1...claro que GRAVA......


saludos

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.375 segundos
Gracias a Foro Kunena