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Perdida derecho acredit Credito Fiscal IETU

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15 años 5 meses antes #70561 por cghr65
Hola compañeros, espero que alguien me pueda ayudar con esta duda, me explico:
En el 2008 tuve un excedente de deducciones contra los ingresos en el IETU.
1,720,099 deducciones que exceden a los ingresos
16.50% tasa IETU 2008
283,816 credito fiscal x deducir ejerc posteriores

En 2009 tengo un impuesto causado de IETU en el ejercico y llene la declaracion Anual de la siguiente manera:

226,370 Impuesto causado
Credito fiscal x deducc mayores a los ingresos
(NO PUSE NADA EN ESTE RENGLON)
211,604 acreditamiento por sueldos y salarios gravados
14,766 acreditamiento por aportaciones de seguridad social

0 Impuesto a cargo del ejercicio

Mi duda es ¿YA PERDI EL DERECHO A ACREDITARME ESTE CREDITO?
Cabe señalar que en los pagos provisionales tambien los llene de la misma manera, es decir no puse
nada en el renglon de credito fiscal por deducciones mayores a los ingresos Y EN 2010 ME QUEDA A PAGAR EL IETU
DE ANTEMANO LES AGRADEZCO LA ATENCION.
SALUDOS Y FELICITACIONES A TODOS LOS COLABORADORES.

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15 años 5 meses antes #70565 por bandido
art 11 6to párrafo LIETU

pierdes elderecho hasta por el monto que pudiste haberlo aplicado en la anual 2009

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15 años 5 meses antes #70566 por bandido
pero analzando el caso.... no lo utilizaste, porque no lo necesitaste....

esperemos mas comentarios, sobre lo primero que se debe de acreditar...

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15 años 5 meses antes #70567 por editor20
cghr65, los artículos 8 y 10 de LIETU te especifica el orden en que debes ir aplicando las disminuciones o acreditamientos que están permitidos. Como puedes ver, en primer lugar está el crédito por el que preguntas pero tu castigo es perder SOLAMENTE la parte que pudiste haber acreditado y no lo hiciste, es decir, si tu crédito es de 500 y tu impuesto a pagar es de 100, seguirás teniendo 500 en tus papeles de trabajo pero ya solo podrás utilizar 400 para otros ejercicios, porque no acreditaste 100 pudiéndo haberlo hecho. Saludos.

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15 años 5 meses antes #70569 por bandido
gracias editor20, bueno, amigo forista, ni te perjudicó ni te benefició, sino todo lo contrario,

aunque lo hayas acreditado el 2009, el resultado hubiera sido igual, y al igual, te hubiera disminuído el credito por deducciones en exceso...

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15 años 5 meses antes #70570 por editor20
Así es bandido, porque si hubiera utilizado el crédito del artículo 11 entonces hubiera perdido el crédito de los salarios y aportaciones de seguridad social, quedándole el mismo efecto. Saludos.

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