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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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DUDA FACTURACION ELECTRONICA
- lupita_paz
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- Fresh Boarder
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PODRA FACTURAR CON CFBB O YA ESTA OBLIGADO A CFDI?
LES AGRADEZCO LA AYUDA Y DISCULPEN LA MOLESTIA
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- sosgtorreon
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- Al opinar no soy objetivo, xq soy sujeto no objeto
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Segundo, comentar me permiti "mover" tu mensaje al foro de fiscal por considerar es en el que mejor se acomada por la tematica que expones y que en dicho foro tendras oportunidad de recibir mas y mejores respuestas o comentarios.
Tercero, ahora si a lo que es de tu interes y preocupacion.
La facturacion bajo la modalidad de bipolares o lo que es lo mismo, Codigo de Barras Bidimensional, inicia en 2011, la facilidad que refiere a que si los ingresos del contribuyente son menores a 4,000,000.00, es referente a los obtenidos en 2010. Por lo que en base a tu comentario no debes tener problemas para facturar con bipolares en 2011.
Concluyendo -de mi parte- en 2011 puedes, si quieres, emitir comprobantes con Codigo de Barras Bidimensional, vulgo bipolares. Eludiendo los CFDI. Aprovecho para comentar, en el foro de Herramientas Computacionales se encuentra un mensaje en el que se aporto un archivo en excel que sirve como auxiliar para emitir comprobantes con dicha modalidad, igualmente hay un mensaje en el que se promueve un software -Facturacion CBB- a un costo realmente simbolico, cosa de que valores lo que te resulte conveniente a tus necesidades.
Esperemos mejores comentarios.
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- lupita_paz
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Entiéndase “último ejercicio” el del 2009 ya que la reglamentación salió en 2010, por lo tanto si en 2009 los ingresos fueron superiores a $4 MDP deberá ingresar al esquema de CFDI aunque en años posteriores haya disminuido su ingreso acumulado.
Espero que le haya servido.
Factura electrónica
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- elvin
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Entiéndase “último ejercicio” el del 2009 ya que la reglamentación salió en 2010, por lo tanto si en 2009 los ingresos fueron superiores a $4 MDP deberá ingresar al esquema de CFDI aunque en años posteriores haya disminuido su ingreso acumulado.
El compañero SOS esta en lo correcto, fundamento:
Transitorios
Unico. La presente Resolución entrará en vigor el 1 de enero de 2011, excepto los artículos Tercero y Cuarto Resolutivos que entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.
Si bien la regla se publico en el 2010, peru su vigencia esta condicionada.
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- CP_ABB
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