- Mensajes: 188
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
revision del 2008
- cesar4
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Gold Boarder
-
Menos
Más
15 años 4 meses antes #70991
por cesar4
revision del 2008 Publicado por cesar4
buenos dias compañeros del foro,
tengo la siguiente duda, ojala me pudieran apoyar con sus valiosas aportaciones, hay un contribuyente que hace 15 dias le llego una invitación para presentar la informacion del ejercicio 2008, donde solicitan pagos provisionales de ISR, IVA Y IETU, las retenciones de isr e iva, declaracion informativa de sueldos y salarios, es decir, le estan pidiendo todo, ahora los problemas que tiene es; en las retenciones que le hizo a sus trabajadores fueron menores, y los pagos provisionales de ISR se calcularon por coeficiente de utilidad y la tasa como si fuera persona moral, mis dudas son las siguientes:
1. en las retenciones por salarios, ¿puedo realizar una declaracion complementaria en diciembre pagando las diferencias o tendre que presentar complementaria por mes?
2. Los papeles de trabajo para efectos de ISR manejando el flujo de efectivo, tuvo que pagar cantidades menores a las pagadas, ¿ahi que se podria hacer?
agradezco de antemano, cada una de sus valiosas aportaciones, que tengan un buen fin de semana y vacaciones
saludos
tengo la siguiente duda, ojala me pudieran apoyar con sus valiosas aportaciones, hay un contribuyente que hace 15 dias le llego una invitación para presentar la informacion del ejercicio 2008, donde solicitan pagos provisionales de ISR, IVA Y IETU, las retenciones de isr e iva, declaracion informativa de sueldos y salarios, es decir, le estan pidiendo todo, ahora los problemas que tiene es; en las retenciones que le hizo a sus trabajadores fueron menores, y los pagos provisionales de ISR se calcularon por coeficiente de utilidad y la tasa como si fuera persona moral, mis dudas son las siguientes:
1. en las retenciones por salarios, ¿puedo realizar una declaracion complementaria en diciembre pagando las diferencias o tendre que presentar complementaria por mes?
2. Los papeles de trabajo para efectos de ISR manejando el flujo de efectivo, tuvo que pagar cantidades menores a las pagadas, ¿ahi que se podria hacer?
agradezco de antemano, cada una de sus valiosas aportaciones, que tengan un buen fin de semana y vacaciones
saludos
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- g.contadores
- Fuera de línea
- Expert Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 149
- Gracias recibidas: 0
15 años 4 meses antes #70993
por g.contadores
Respuesta de g.contadores sobre el tema Re: revision del 2008
Buen dìa Cèsar, voy a enummerar por casos.
1. Para el caso de las retenciones de salarios, lo màs pràctico es presentar una declaraciòn complementaria pagando la diferencia. Pero què riesgos corres? Primera, ante la revisiòn de la autoridad van a detectar que no lo hiciste en tiempo, por lo que los recargos y actualizaciones van a tener diferencias, por lo que lo mas recomendable a mi modo de ver es meter complementarias de todo el perìodo.
2. Entiendo que es una persona fìsica que cuando el ISR se le debiò de haber calculado bajo el esquema de flujo de efectivo, se le calculò de manera incorrecta por factor de utilidad (si estoy mal me corriges). Ahora, entiendo que el ISR calculado de manera correcta es menor al pagado realmente. Lo correcto es presentar declaraciones complementarias, determinando un saldo a favor por pago de lo indebido. Este saldo a favor por pago de lo indebido, lo puedes aprovechar compensàndolo contra la diferencia que vas a tener a cargo por las retenciones de salario que se calcularon de menos.Claro que vas a tener que presentar avisos de compensaciòn, etc... Asì que mide tu tiempo que vas a necesitar para hacer todo el procedimiento, sobre el tiempo que tienes para presentar la informaciòn....
1. Para el caso de las retenciones de salarios, lo màs pràctico es presentar una declaraciòn complementaria pagando la diferencia. Pero què riesgos corres? Primera, ante la revisiòn de la autoridad van a detectar que no lo hiciste en tiempo, por lo que los recargos y actualizaciones van a tener diferencias, por lo que lo mas recomendable a mi modo de ver es meter complementarias de todo el perìodo.
2. Entiendo que es una persona fìsica que cuando el ISR se le debiò de haber calculado bajo el esquema de flujo de efectivo, se le calculò de manera incorrecta por factor de utilidad (si estoy mal me corriges). Ahora, entiendo que el ISR calculado de manera correcta es menor al pagado realmente. Lo correcto es presentar declaraciones complementarias, determinando un saldo a favor por pago de lo indebido. Este saldo a favor por pago de lo indebido, lo puedes aprovechar compensàndolo contra la diferencia que vas a tener a cargo por las retenciones de salario que se calcularon de menos.Claro que vas a tener que presentar avisos de compensaciòn, etc... Asì que mide tu tiempo que vas a necesitar para hacer todo el procedimiento, sobre el tiempo que tienes para presentar la informaciòn....
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- bandido
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 1066
- Gracias recibidas: 0
15 años 4 meses antes - 15 años 4 meses antes #70995
por bandido
Respuesta de bandido sobre el tema Re: revision del 2008
invitación.... no es inicio de auditoría, si corrijes y el sat decide auditarte, te beneficiarias con la no multa por lo que te corregiste,..
si no te corrijes, el sat te va a determinar una diferencia y esa Sí tendría multa
Si no es una invitación, si es una auditoría... pues... ya toda corrección es considerada como detectada por el SAT con su respectiva multa
Sugiero, si REALMENTE es una INVITACION... te corrijes de YA,. y presentar los documentos que ellos piden, de una o de otra manera es MUY PROBABLE LA AUDITORIA, así que de todos los males, es recomendable que antes de que se los entregues estén los impuestos bien pagados,
del punto 1, debe de ser mes por mes, los pagos de retencines de trabajadores son definitivos
del punto 2, corrige mes por mes., existe también multa por no haber hecho los pp como marca el cff
si no te corrijes, el sat te va a determinar una diferencia y esa Sí tendría multa
Si no es una invitación, si es una auditoría... pues... ya toda corrección es considerada como detectada por el SAT con su respectiva multa
Sugiero, si REALMENTE es una INVITACION... te corrijes de YA,. y presentar los documentos que ellos piden, de una o de otra manera es MUY PROBABLE LA AUDITORIA, así que de todos los males, es recomendable que antes de que se los entregues estén los impuestos bien pagados,
del punto 1, debe de ser mes por mes, los pagos de retencines de trabajadores son definitivos
del punto 2, corrige mes por mes., existe también multa por no haber hecho los pp como marca el cff
Última Edición: 15 años 4 meses antes por bandido.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
Tiempo de carga de la página: 0.271 segundos