Radio Aportaciones NO PUEDO CONTRA ESTE SENTIMIENTO
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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DEDUCCION INMEDIATA DE ACTIVO FIJO

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15 años 4 meses antes #71181 por MIRIAM7508
ESPERO ME PUEDAN AUXILIAR POR FA PORQUE ESTOY CONFUNDIDA.
¿ES POSIBLE QUE SI EN 2010 ADQUIRI UN AUTOMOVIL LO PUEDA DEDUCIR INMEDIATAMENTE? O FORZOSAMENTE DEBE DE SER POR MEDIO DE LA DEPRECIACION? HAGO MENCION QUE ESTOY BAJO EL REGIMEN DE HONORARIOS Y SALARIOS.
¿QUE CASOS SE PUEDEN DAR PARA QUE LOS ACTIVOS SE DEDUZCAN INMEDIATAMENTE?
MUCHAS GRACIAS

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15 años 4 meses antes #71182 por sosgtorreon
Existe lo que coloquialmente se da en llamar Deduccion Inmediata o Acelerada de Inversiones, para mayor conocimiento del tema te sugiero la lectura de los articulos 220, 221 y 221-A de LISR, pero te comento que lamentablemente no aplica para el tipo de bien que tu pretendes.

Forzosamente en tu caso ha de ser mediante la aplicacion de los porcentajes maximos de Ley, ver la Seccion II del Capitulo II del Titulo II (inicia en el articulo 37) de LISR.

Un caso extremo para poder deducir en forma inmediata un automovil lo es la eventualidad de un robo o accidente con perdida total.

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