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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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me llego un corro de una pagina que me suscrivi recordando sobre el reparto de utilidades i hiso que me surgiera una duda esta es la pagina www.fiscalito.com/quienes-no-estan-oblig...-a-repartir-ptu.html como ven en el punto 4 del articulo es asi o algo anda mal.en cuanto a los 300,000
por sus aportaciones gracias
Hola...
Punto 4 o 5 ??
Creo que es el 5.
Es un resumen de la LFT lo que comenta, que aqui la cito:
Artículo 126.- Quedan exceptuadas de la obligación de repartir utilidades:
I. Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento;
II. Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento. La determinación de la novedad del producto se ajustará a lo que dispongan las leyes para fomento de industrias nuevas;
III. Las empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración;
IV. Las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios;
V. El Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia; y
VI. Las empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Industria y Comercio. La resolución podrá revisarse total o parcialmente, cuando existan circunstancias económicas importantes que lo justifiquen.
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