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Deduccion Inmediata de AF.
- ernye
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15 años 3 meses antes #72148
por ernye
Deduccion Inmediata de AF. Publicado por ernye
muy buenas tardes.
Aqui con un nuevo tema duda.
Una persona fisica adquirio un activo fijo, el cual es una maquinaria para realizar trabajos de torno. como le da mucho isr a pagar quisiera optar por la deduccion inmediata del ART 220 de la LISRS.la cual cita Los contribuyentes del Título II y del Capítulo II del Título IV de esta Ley, podrán optar por efectuar la deducción inmediata de la inversión de bienes nuevos de activo fijo, en lugar de lasprevistas en los artículos 37 y 43 de la Ley, deduciendo en el ejercicio en el que se efectúe la inversión de los bienes nuevos de activo fijo, en el que se inicie su utilización o en el ejercicio siguiente, la cantidad que resulte de aplicar, al monto original de la inversión, únicamente los por cientos que se establecen en este artículo. La parte de dicho monto que exceda de la cantidad que resulte de aplicar al mismo el por ciento que se autoriza en este artículo, será deducible únicamente en los términos del artículo 221 deesta Ley.
mi duda es (ya busque en el foro pero habia una pregunta diferente.)
el costo es de 220,000.00 el % el el 69% si se adquiere en el mes de mayo empezaria apartir de junio; 220,000 x 69% = 151,800.00 ¿ estos 151,800 los tengo que dividir entre 12 meses y empezar a partir de junio ó se divide entre 7 meses? osea 12,650 mensuales apartir de junio-dic. ó 21,685 jun-dic.
espero me haya dado a enterder y gracias de antemano
Aqui con un nuevo tema duda.
Una persona fisica adquirio un activo fijo, el cual es una maquinaria para realizar trabajos de torno. como le da mucho isr a pagar quisiera optar por la deduccion inmediata del ART 220 de la LISRS.la cual cita Los contribuyentes del Título II y del Capítulo II del Título IV de esta Ley, podrán optar por efectuar la deducción inmediata de la inversión de bienes nuevos de activo fijo, en lugar de lasprevistas en los artículos 37 y 43 de la Ley, deduciendo en el ejercicio en el que se efectúe la inversión de los bienes nuevos de activo fijo, en el que se inicie su utilización o en el ejercicio siguiente, la cantidad que resulte de aplicar, al monto original de la inversión, únicamente los por cientos que se establecen en este artículo. La parte de dicho monto que exceda de la cantidad que resulte de aplicar al mismo el por ciento que se autoriza en este artículo, será deducible únicamente en los términos del artículo 221 deesta Ley.
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el costo es de 220,000.00 el % el el 69% si se adquiere en el mes de mayo empezaria apartir de junio; 220,000 x 69% = 151,800.00 ¿ estos 151,800 los tengo que dividir entre 12 meses y empezar a partir de junio ó se divide entre 7 meses? osea 12,650 mensuales apartir de junio-dic. ó 21,685 jun-dic.
espero me haya dado a enterder y gracias de antemano
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- Alexgdl
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15 años 3 meses antes #72157
por Alexgdl
Respuesta de Alexgdl sobre el tema Re: Deduccion Inmediata de AF.
Ernie, la deduccion inmediata puedes aplicarla en el mismo mes, pero recuerda que lo que deduscas para ISR y IETU sera la misma proporcion para IVA, espero comentarios de los colegas, saludos
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- ernye
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15 años 3 meses antes #72220
por ernye
Respuesta de ernye sobre el tema Re: Deduccion Inmediata de AF.
gracias por tu respuesta; pero por que seria la misma proporcion para IETU e IVa. creo que pasaria al igual que con el arrendamiendo cuando aplico la deduccion ciega, para ietu aplico los gastos al 100% al igual que para iva. la erogacion esta echa y pagada con cheque solo que para isr estoy aplicando la facilidad de deducirlo de inmediato.
o deplano ando muy perdido.
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