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PAGO ANUAL IETU Y NO REALICE NINGÚN PAGO PROVISIÓN

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15 años 2 meses antes #72347 por Mike Bucanero
Buenos días mis estimados:

Me podrían ayudar con una duda que tengo? este es mi caso:

Un persona física dedicada a ser comisionista en el ejercicio de 2008 no realizo ni presento ningún pago provisional de IETU y en su declaración anual 2008 tuvo un impuesto a cargo de 4.823 pesos el cual lo realizo, que debo de hacer con los pagos provisionales? los presento en cero? debo de pagarlos? si es así existirá alguna forma de ya no pagar esos pagos provisionales? :(

Espero me puedan ayudar y quedo en espera de sus comentarios.

Saludos

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15 años 2 meses antes #72349 por trujillogj
Lo mas conveniente es que se presenten, pero en caso de no presentar dichos pagos provisionales... te recomiendo los determintes en papeles de trabajo calcules sus actulizaciones y recargos y los pagues conjuntamente con el impuesto anual, que segun mencinas es por 4,823.

Espero esto te halla servido

Jorge T.G.

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15 años 2 meses antes #72355 por bandido
DEBES de PRESENTARLOS y PAGARLOS

hacerla de manera distinta a lo que marca el CFF te podría acarrear una multa de 8500 pesos

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15 años 2 meses antes #72356 por trujillogj
He tenido revisiones de escritorio y no se han presentado problemas con el SAT, de momento no tengo el fundamento pero existe como tal, no le veo caso de que pagues el principal y sus accesorios en su mes para que desp. te los acredites en el anual... en dictamenes fiscales de igual forma te lo estan tomando como bueno el criterio prudencial que yo mencione originalmente.. Insisto existe fundamento,el SAT no lo ve mal, y auditoria externa te da por bueno.
Pero de igual forma yo respeto la opinion de cada colega y aun más la determinacion que tome Mike Bucanero.

Saludos

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15 años 2 meses antes #72360 por editor20
trujillogj, ¿serías tan amable de subir el fundamento a que te refieres? "Insisto existe fundamento". Gracias.

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15 años 2 meses antes #72369 por CPHugoocejo
Mike, puedes revisar el numeral 31 CPEUM., despues a las letes subsecuentes, ISR, IVA, IETU....


Conclusión, debes enterar tus PP.


saludos

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